#1
Importación en DDP y recargo de equivalencia
Voy a hacer una importación de productos de China con el incoterm en DDP. Estando en recargo de equivalencia he oido de todo:
- Que al ser DDP, los impuestos ya están pagados y no hay que hacer el 309
- Que aunque sea DDP, hay que hacer el 309 por el total y habrá que pagar el 21% + el recargo
- Que siendo DDP, si consigues que el DUA esté a tu nombre tienes que hacer el 309 pero sólo por el recargo...
Mi gestoría se limita a decirme que presente el 309... nada más.
Estoy bastante perdido con este tema. Alguien que sepa realmente cómo funciona esto?
Mil gracias!
- Que al ser DDP, los impuestos ya están pagados y no hay que hacer el 309
- Que aunque sea DDP, hay que hacer el 309 por el total y habrá que pagar el 21% + el recargo
- Que siendo DDP, si consigues que el DUA esté a tu nombre tienes que hacer el 309 pero sólo por el recargo...
Mi gestoría se limita a decirme que presente el 309... nada más.
Estoy bastante perdido con este tema. Alguien que sepa realmente cómo funciona esto?
Mil gracias!