Clausulado sobre comisiones en contrato bancario
Con el fin de crear un sano debate y de que alguien con conocimientos legales reales y suficientes me/nos aclare si una vez firmado un contrato con las siguientes clausulas este va a misa o es denunciable (de denunciar un contrato no de denunciar a la policia) copio LITERALMENTE
"El establecimiento de nuevas comisiones o la modificación de las señaladas se publicará en el tablón de anuncios de la sucursal donde esté abierta la cuenta con 2 meses de antelación a su puesta en vigor. El cliente renuncia, expresamente, a un plazo de aviso distinto al señalado"
"La entidad XXX se reserva en este contrato el derecho a modificar los tipos de interés indicados en las condiciones particulares antes citadas, tanto en lo que se refiere en los tipos de interés nominales de los saldos acreedores como a los aplicados a los saldos en descubierto y sus comisiones" avisando en el mismo plazo que antes he expuesto.
¿Está esto en los contratos de los foreros que se quejan que les empiezan a cobrar comisiones por la cara? ¿Quien se ha leido completo el clausulado de sus cuentas? que levante la mano, por favor.
¿Esto es legal?
Saludos y no dispareis al pianista