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Clausulado sobre comisiones en contrato bancario

3 respuestas
Clausulado sobre comisiones en contrato bancario
Clausulado sobre comisiones en contrato bancario
#1

Clausulado sobre comisiones en contrato bancario

Con el fin de crear un sano debate y de que alguien con conocimientos legales reales y suficientes me/nos aclare si una vez firmado un contrato con las siguientes clausulas este va a misa o es denunciable (de denunciar un contrato no de denunciar a la policia) copio LITERALMENTE

"El establecimiento de nuevas comisiones o la modificación de las señaladas se publicará en el tablón de anuncios de la sucursal donde esté abierta la cuenta con 2 meses de antelación a su puesta en vigor. El cliente renuncia, expresamente, a un plazo de aviso distinto al señalado"

"La entidad XXX se reserva en este contrato el derecho a modificar los tipos de interés indicados en las condiciones particulares antes citadas, tanto en lo que se refiere en los tipos de interés nominales de los saldos acreedores como a los aplicados a los saldos en descubierto y sus comisiones" avisando en el mismo plazo que antes he expuesto.

¿Está esto en los contratos de los foreros que se quejan que les empiezan a cobrar comisiones por la cara? ¿Quien se ha leido completo el clausulado de sus cuentas? que levante la mano, por favor.

¿Esto es legal?

Saludos y no dispareis al pianista

#2

Re: Clausulado sobre comisiones en contrato bancario

Eso es asi, otra cosa es que no la cobren. cuando firma el contrato de la cuenta corriente lo dice como indicas en la mayoria de los bancos. Nunca leemos ese tochon de papeles pero es legal el cobro de comisiones que envian al banco de españa.Eso siempre lo he tenido claro, y no me asusto del cobro de comisiones que toda la vida han cobrado. saludos

#3

Re: Clausulado sobre comisiones en contrato bancario

¿Que si está en los contratos? No creo que falte en uno solo.
¿Cuál es el propósito? Confundir al cliente (por no decir, tomarle el pelo). Entiendo que un contrato no pueda mantener las condiciones de por vida pero, al menos, sí garantizar periodos concretos. Y pasados estos periodos, revisar el contrato y proponer las nuevas cláusulas al cliente, y que éste las tenga que aprobar expresamente.
A mí me parece una mala práctica bancaria eso de que si pasados 15 días sin recibir su negativa a los cambios introducidos, se sobreentiende que el cliente las acepta.

NB: Este post podías haberlo ubicado en el que ayer tarde abrí sobre este mismo tema.

#4

Re: Clausulado sobre comisiones en contrato bancario

Soy de los que se leen el tocho de las condiciones, tanto cuando busco como cuando contrato. Ahora con la informática es más cómodo copiar, pegar y aumentar la fuente. Desde luego no voy a buscar el contenido de los artículos, leyes, apartados, etc... a que referencian, ni tengo ocnocimientos para entrar a discutir la legalidad o no de las condiciones, me quedo con la foto del paisaje general. Y sí, creo que todos los contratos están redactados en el sentido que tú y Almeza (en otro hilo) comentáis.

Salu2