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Consulta de Lunares

9 respuestas
Consulta de Lunares
Consulta de Lunares
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#1

Consulta de Lunares

Lunares es un usuario de Rankia que durante estas vacaciones nos remitía esta consulta en un e-mail interno:

"La promotora me ofrece subrogarme a una entidad que me ofrece las siguientes condiciones:
Euribor+0.80
Comisión de subrogación 0.5%
Comisión de cancelación parcial del 1%
Comisión de cancelación total del 1%
Otra entidad me ofrece las siguientes condiciones:
Euribor+0.45
Sin comisiones de cancelación parcial ni total ni de apertura.
Lo que quisiera saber es que es mas rentable quedarme en esa entidad que me ofrece la promotora, subrogarme con la entidad que me ofrece la promotora y despues cambiarme a la otra entidad o hacerlo directamente con la otra entidad, teniendo en cuenta que si no me subrogo con la entidad que me ofrece la promotora solo tengo que cambiar los gastos registrales.
Quisiera saber los gastos de subrogación, aproximadamente, a la entidad que me ofrece la promotora y después cambiarme a otra entidad, los gastos de apertura de una hipoteca nueva con otra entidad diferente a la que me ofrece la promotora teniendo en cuenta que la hipoteca que vamos a solicitar es de 96000 euros, y que la otra entidad no tiene ningun tipo de comisión de apertura ni de cancelación."

¿Qué os parece?

#2

Re: Consulta de Lunares

Lunares tendria que haberse leido un pelin mas el foro, pues creo que se explica repetidas veces. Pero bueno, reconozco que es algo complejo.

Asi mismo Lunares no explica cual es el tipo de arranque de una y otra ofreta ni cuanto tiempo se mantiene. Entiendo que estamos yablando en ambos caso de un año y entiendo que le aplicaran que no tiene por que ser a si el primer año el mismo diferencial

Para dar una respuesta exacta habria que saber el lugar donde radica la finca, pues el impuesto de actos juridicos puede variar. Vaya por delante lo que NO tiene que hacer y es quedarse al final con esa hipoteca al euribor +0,80% que le han ofrecido.

Una cosa que me mosquea es porque Lunares no expone su planteamiento directamente en el Foro. pero bueno, el sabra....

Por cierto, que alguien le diga que hay una burbuja inmobiliaria muuuuuuuuuuuuuuuu malita.

A grandes rasgos se plantean tres alternativas:

1. Me quedo con la hipoteca del promotor:

Me ahorro la tasacion, asi como una escritura y una inscripcion en elr egistro, ya que se hace toda en una. Eso ent total pueden ser unos 500 eur. Pero el ahorro fundamental es el AJD. Este impuesto se grira sobre la responsabilidad hipotecaria y oscila ligeramente entre Bancos, aunque podemos utilizar de referncia un 160% del nominal del prestamo. En algunas comunidades autonomas el tipo del impuesto es el 0,5 y en otras el 1%. Por tanto, para 96000 euros estamos hablando que se ahorra un impuesto de entre 1536 y 768 euros mas los 800 indicados.

2. la segunda altrenativa es hacerlo con otra entidad. Ciertamente tuienes que empezar soltando esa diferencia que te ahorrabas en el punto 1, pero para empezar hay una comision de apertura 0% con lo cual ya hay un ahorro de 480 euros. A eso habria que sumar el diferencial de tipos en el primer año, un 0,35. Pongamos que eso supone cerca de otros 300 euros. por tanto el primer año el diferencial ya se ha recortado cerca de 800 euros. Pongamos que cada año, durante los primeros años venga ahorrase por el efecto de tipos cerca de esos 300 euros. Tardaria 5 años en amortizarlo frente a la opcion A en el peor de los casos(AJD 1%) cerca de 2 en el mejor(AJD 0,5%).

3. La ultima opcion es mas complicada. la hago con el promotor y luego lanzo una oferta de subrogacion de otro banco. Partiendo de un AJD del 1% estamos hablando de un ahorro de cerca del 2300 euros, pero le van a cascar una comison del 0,5 de apertura, con lo que el ahorro por subrogarse se queda en 2000 euros. Luego debere cancelar a traves de la subrogacion. Segun la ley eso es un 0,5 . Otros 336 a la mierda. Mas algo más de 600 euros que se van por el sumidero por las escrituras de subrogacion. En total se producen unos gastos de cerca de 1200 euros o algo mas. mas sumale por la nueva gestoria otros 200 euros minimo

A falta de perfilar un poquito con las notarias sus gastos, asi como con las gestorias., creo que si el AJD es del 1% es mejor opcion la 3. Si es del 0,5% la 2.

En todo caso, salvo que vaya a vender muy rapido el piso que no se acabe quedando con la hipoteca del promotor.

#3

Re: Consulta de Lunares

Jeje no sé pero me suena la operación, bueno echevarri lo ha dicho todo, aunke yo que estoy haciendo la misma operacion pero por mas capital 132000 euros le recomiendo la 3º, otra opcion es que apriete al de la promotora para que le baje el diferencial hasta el 0,6 donde creo que le saldria mas rentable(opcion 1).

Echevarri encontraste donde dice que es 0,5% la cancelacion pos subroacion de otra entidad bancaria, me darias un alegron.

Lunares que banco/caja te da un 0,45, es un diferencial muy bueno, no te meten un monton de productos?

#4

Re: Consulta de Lunares

Hay que ver lo que sabes, Echevarri

No tendrás por ahí enlaces a recursos en internet (u otros medios) en donde uno pueda empaparse del "maravilloso" tema de las hipotecas.

Muchas gracias

#5

Re: Consulta de Lunares

Hola Echevarri,

No es la primera vez que tenemos que remitir al foro a personas que nos remiten preguntas por correo interno. Es más enriquecedor para todos que las preguntas se formulen en abierto, ya que la casuística en muchos casos es similar y la respuesta a una persona puede ayudar a otros. Sin embargo para muchas personas es más cómodo remitir un e-mail que enviar la consulta al foro.

Un saludo.

#6

Re: Consulta de Lunares

Gracias Panascanic, pero me temo que este es un mundo muy muy casuistico. Ayuda bastante estar metido en Notarias y Gestorias...

Oye JKeynes, conociendo mi natural desorden no se si encontrare la fotocopía de la hoja del Boe donde venía, pero buscando en el google ahi te van varias notas...alguna bastante concreta, fijate en el segundo link

Se limita al 0,5% las comisiones para cancelar hipotecas a tipo variable

El Gobierno ha limitado al 0,5% la comisión máxima que podrá cobrar una entidad financiera por la cancelación anticipada de las hipotecas a interés variable que realicen sus clientes.

http://www.google.es/search?q=cache:ZSn6dnyG0ycJ:www.finanzas.com/id.5434356/noticias/noticia.htm+reforma+espa%C3%B1a+subrogaci%C3%B3n+0,5&hl=es

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Diccionario de Economía y Finanzas

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Europa Press
25/04/2003 (15:35h.)
La iniciativa forma parte del paquete de medidas económicas aprobadas hoy por el Consejo de Ministros y será de aplicación en los préstamos que se constituyan a partir de la entrada en vigor de esta reforma.

La medida supone reducir a la mitad el límite del 1% establecido hasta ahora para cancelaciones anticipadas en los préstamos hipotecarios a interés variable que puedan ser objeto de subrogación o novación, según figura en la Ley 2/1994.

El Gobierno establece además una rebaja en los costes de notario y registro que soportan los usuarios al variar su préstamo, con el objetivo de reducir los costes de las operaciones de financiación de vivienda y mejorar la estabilidad en el esfuerzo hipotecario.

En concreto, los aranceles notariales y registrales se reducirán un 90% para todo cambio en las hipotecas que implique sustituir su tipo de interés variable a fijo.

En los casos de subrogación de hipoteca -cambio de entidad prestataria o de titular del préstamo- y en las novaciones -modificación de las condiciones del crédito- el coste de ambos servicios se reducirá en un 75%.

SE LIMITÁ LA COMISIÓN POR NOVACIÓN

Por otra parte, se limitará la comisión por novación motivada por ampliación del plazo al 0,1% del capital pendiente de amortizar.

Con la reforma se exige además a las entidades de crédito a proporcionar información sobre los instrumentos de cobertura del riesgo del tipo de interés que puedan utilizar, tanto para las hipotecas actuales como para las que se constituyan a partir de esta reforma.

La normativa precisa que la suscripción de dichos instrumentos de cobertura no podrán modificar las condiciones originales del préstamo hipotecario.

Por otra parte especifica que el coste de este préstamo se considera como gasto deducible por vivienda en el IRPF y que, además de las mejoras en el tipo de interés, se permitirá también pactar la ampliación del plazo del préstamo en las subrogaciones

http://www.google.es/search?q=cache:4E_HP5Zj4cAJ:civil.udg.es/normacivil/estatal/hip/l2-94.htm+reforma+espa%C3%B1a+subrogaci%C3%B3n+0,5+2003&hl=es
Según la disposición adicional primera de la Ley 36/2003, de 11 de noviembre, de medidas de reforma económica (BOE núm. 271, de 12-11-2003, pp. 39925-39942), " [e]n las subrogaciones que se produzcan en los préstamos hipotecarios a interés variable concertados a partir del 27 de abril de 2003, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.1 de la Ley 2/1994, de 30 de marzo, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios, y aunque no conste en los mismos la posibilidad de amortización anticipada, la cantidad a percibir por la entidad acreedora en concepto de comisión por la amortización anticipada de su crédito se calculará sobre el capital pendiente de amortizar, de conformidad con las siguientes reglas:
1ª. Cuando se haya pactado amortización anticipada sin fijar comisión, no habrá derecho a percibir cantidad alguna por este concepto.
2ª. Si se hubiese pactado una comisión de amortización a

#7

Re: Consulta de Lunares

Te iba a decir que te quiero, mientras leia el documento, pero al ver la conclusion final veo que me van a meter el 1% que cabrones, pues el prestamo es del 2002, bueno son 100.000 pelas, al final con todo lo que te meten los bancos/cajas en una operacion de estas, lo acabas asumiendo.

De todas formas mirare si hay alguna disposicion transitoria, que me ahorre esos gastos

Muchas gracias por la info, el lunes escrituro, si no pasa nada raro, a ver si luego hago un resumencillo con todo lo que me has enseñado.

#8

Re: Consulta de Lunares

Bueno, mientrsa tiu querer sea puro no pasa nada....

Entiendo que aunque te lo cobre, dado el importe quizas puedas irte a un juicio verbal, sin necesidad de abogado y conseguir en base a a una interpretacion finalista de la ley que te lo abonen..

pero bueno puedes quererme...

PD: me hiciste dudar de mi memoria cabronazo