Willy Toledo y sus chicos pasan el cazo...
Impresionante. No me extraña la postura etica de algunos. De verdad dan gans de vomitar. Ahora le dicen a una empresa privada en que tiene que gastar la pasta de sus accionistas...
Y es que hay que ganar en los pasillos lo que no se gana en las taquillas...
http://www.eldiariomontanes.es/edicion/actualidad/cultura/200407/09/RC_cineespanostv.html
consejo de ministros
Aprobado el decreto que obliga a las televisiones a invertir el 5% de sus ingresos en el cine español
También se podrán financiar proyectos europeos y las series de televisión no están incluidas en la norma, algo que pedían las cadenas
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el real decreto que obliga a las televisiones a invertir el 5% de sus ingresos anuales en financiación de películas europeas y españolas, reservándose para estas últimas al menos el 60% de dicha inversión.
EFE / MADRID
La Vicepresidenta y ministra de la Presidencia, María Teresa Fernández de la Vega, tras el Consejo de Ministros de hoy. /Efe
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El Reglamento proporcionará la "seguridad jurídica necesaria para el cumplimiento de esta obligación establecida por ley", informó el Gobierno, quien explicó que el texto ha sido presentado como propuesta conjunta de los ministerios de Cultura y de Industria, Turismo y Comercio, después del Dictamen favorable del Consejo de Estado.
"Y ha sido ampliamente conocido por todos los interesados, que han podido formular sus observaciones a lo largo de las diversas fases de elaboración del mismo, muchas de las cuales han quedado finalmente recogidas en el documento", señala la nota emitida por el Gobierno tras el Consejo de Ministros.
El Reglamento realiza una interpretación "lo más flexible posible" de la Ley, con objeto de "facilitar el cumplimiento de la obligación por los operadores de televisión, sin que ello perjudique los intereses de la industria de contenidos audiovisuales, cuya defensa y promoción, como expresión de la diversidad cultural española y europea, era el objetivo del precepto legal".
Normas en diez artículos
A lo largo de diez artículos, el real decreto establece las normas para determinar los ingresos de los operadores de televisión que se han de computar para cumplir esta obligación, así como para establecer cuales son los gastos e inversiones que serán computables y los que se excluyen, para determinar la obligación de financiación, excluidas las ayudas recibidas.
También establece cómo se debe acreditar la financiación efectuada por los operadores de televisión, así como las informaciones que se deben suministrar, e identifica las obras audiovisuales -de ficción, documentales o de animación- que pueden ser objeto de cómputo para poder recibir financiación.
Computarán los largometrajes y cortometrajes cinematográficos, así como las películas para televisión, que no se vayan a explotar comercialmente en cine. Pero no computarán las series de televisión, por episodios, salvo las que sean de duración inferior a 150 minutos y se emitan en dos partes.
Informes obligatorios
Para verificar el cumplimiento de esta obligación, el Reglamento establece que los operadores de televisión deberán remitir un informe, antes del 1 de abril de cada año, en el que las televisiones privadas tendrán que acreditar sus ingresos a través de sus cuentas anuales, y TVE a través de un certificado emitido por el Director General del Ente Público RTVE. El Reglamento no cierra la puerta a posibles acuerdos entre productores y operadores de televisión, siempre que sean para cumplir mejor con la obligación legal.
Con la aprobación de este Reglamento, el Gobierno "asume la responsabilidad de cumplir con sus obligaciones frente a los ciudadanos cerrando un vacío jurídico", señala la nota del Consejo de Ministros. Para realizar el seguimiento del cumplimiento de este real decreto, se constituye una Comisión Interministerial de Seguimiento, formada por representantes del Ministerio de Cultu