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IRPF y seguros

8 respuestas
IRPF y seguros
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#1

IRPF y seguros

Me acaba de remitir lacaixa, los resumenes de las primas pagadas en el año 2008, son primas del seguro de hogar y del seguro de vida, contratadas con la hipoteca, esos datos sirven a la hora de hacer la declaracion de la renta? si es asi ya me servira la respuesta para el año que viene, puesto que el borrador de este año ya esta confirmado....muchas gracias

#2

Re: irpf y seguros

Por lo general no lo incluyen. Tampoco está de más que para este año lo compruebes y si te interesa corrijas esa presentación. Sobre este último tema hemos hablado en este hilo:

Corregir declaracion erronea

Saludos.

#3

Re: irpf y seguros

Y si lo supieras...en que casilla deberian aparecer esos conceptos...seguro de vida y seguro de hogar?

#4

Re: irpf y seguros

Debes de sumarlo en la base de deducción por inversión en vivienda habitual, junto con las cuotas pagadas de la hipoteca.

Saludos.

#5

Re: irpf y seguros

En la vivienda habitual ¿puedes sumar lo pagado del seguro de hogar y de vida como más deducción por inversión en vivienda habitual? Es así? Pues no lo sabía la verdad.
Y si tienes una vivienda de propiedad alquilada ¿puedes también sumar lo pagado del seguro de vida como gasto en los rendimientos del capital inmobiliario?
Saludos.

#6

Re: irpf y seguros

En cuanto a lo de la vivienda habitual no me enrollo, copio y pego del Informa de la AEAT:

TITULO: IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS, LEY 35/2006
CAPITULO: DEDUCCIÓN INVERSIÓN VIVIENDA HABITUAL

SUBCAPITULO: BASE DEDUCCIÓN

REFERENCIA: 126890-PRIMAS DE SEGUROS

PREGUNTA:
¿Son deducibles como adquisición de vivienda las cantidades abonadas anualmente como primas de seguros que habitualmente exigen los bancos cuando conceden hipotecas?

RESPUESTA:
Sí. Cuando exista derecho a aplicar la deducción por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual, esta se practicará sobre las cantidades satisfechas en el año para la adquisición o rehabilitación, incluídos los gastos originados que hayan corrido a cargo del adquirente y, en caso de financiación ajena, la amortización, los intereses y demás gastos derivados de dicha financiación, entre los cuales se encuentran las primas de los contratos de seguro de vida y de incendios que se acostumbra a incluir en las condiciones de los préstamos hipotecarios.

NORMATIVA: Artículo 68 .1.1º. A Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 .
INFORME de la D.G.T., de 17 de Marzo de 2000

En lo relativo a la vivienda alquilada, si la vivienda la has comprado mediante préstamo y el banco te obliga a contratar un seguro de vida, seguiría el mismo criterio que para la vivienda habitual y lo pondría como gasto deducible, dada su obligatoriedad.

Saludos.

#7

Re: irpf y seguros

Respecto a la desgravación de los seguros de hogar y vivienda en la vivienda habitual, he leído el artículo 68 de la ley 35/2006 del IRPF y dice:

“…La base máxima de esta deducción será de 9.015 euros anuales y estará constituida por las cantidades satisfechas para la adquisición o rehabilitación de la vivienda, incluidos los gastos originados que hayan corrido a cargo del adquirente y, en el caso de financiación ajena, la amortización, los intereses, el coste de los instrumentos de cobertura del riesgo de tipo de interés variable de los préstamos hipotecarios regulados en el artículo decimonoveno de la Ley 36/2003, de 11 de noviembre, de medidas de reforma económica, y demás gastos derivados de la misma. En caso de aplicación de los citados instrumentos de cobertura, los intereses satisfechos por el contribuyente se minorarán en las cantidades obtenidas por la aplicación del citado instrumento.”
Cuando habla de la “misma”, no se está refiriendo a la cobertura del riesgo pero para los tipos de interés en exclusiva y por tanto para los seguros no especifica nada en concreto para desgravarte en concepto de inversión en VH?
Sabes si esto del “Informa de la AEAT” es vinculante?
Perdona mi ignorancia en este tema pero es para agarrarse a alguna norma en caso de defensa como siempre ante Inspección, no sé si sería válido este “Informa” jeje. Gracias.

Respecto a la vivienda que alquilas como propietario, no he encontrado ni en “Informa” ni en la ley aclaración o referencia al respecto. Habrá que creer en un paralelismo a la inversión en VH no? Llamando a Hacienda te dicen que no en base a la lectura del artículo que cita gastos deducibles a modo de ejemplo:

“a) Primas de contratos de seguro, bien sea de responsabilidad civil, incendio, robo, rotura de cristales u otros de naturaleza análoga sobre los bienes o derechos productores de los rendimientos"

Saludos.

#8

Re: irpf y seguros

Cuando habla de la "misma", entiendo que habla de demás gastos derivados de la financiación, por tanto si los seguros tienen cierta obligatoriedad para poder acceder a esa financiación, hay que entendero como un gasto derivado de la financiación.

El Informa no es vinculante, pero es la interpretación que hace la Administración de la Ley. En caso de declarar según una interpretación razonada (y razonable) de la Ley, y más si es de la Administración, no estás actuando de mala fe, y en ningún caso podrán sancionarte.

Y respecto a la vivienda alquilada sigo el mismo criterio, si hay obligatoriedad para acceder a la financiación para la adquisición de dicha vivienda, es un gasto más de dicha financiación, por tanto deducible.

Saludos.