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Negocio Propio y Empleo por Cta.Ajena a la vez... se puede?

8 respuestas
Negocio Propio y Empleo por Cta.Ajena a la vez... se puede?
Negocio Propio y Empleo por Cta.Ajena a la vez... se puede?
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#1

Negocio Propio y Empleo por Cta.Ajena a la vez... se puede?

Estuve averiguando si era posible poner un negocio aqui en España (Toledo), para iniciar con negocios pequeños como lo recomienda el gran kiyo, y a la vez poder seguir laborando por cuenta ajena, y al parecer no permiten tener ambos estados a la vez, por el tema de la seguridad social y todo eso. Yo tengo aca recien 1 mes. Aqui les dejo unos link:
http://foro.canalempresa.com/foros/...read.php?t=2075
http://www.todoexpertos.com/categor...or-cuenta-ajena
Este tema seguro les interesa a muchos extranjeros y españoles inclusive, quienes, como yo, estoy en la posibilidad de contar con un dinero extra para poner negocios pequeños tipo prestamos personales, locutorios, cabinas, etc. pero si la ley europea no nos deja... que hacemos
Entonces la pregunta es si es posible hacer esto, o alguien esta teniendo su negocio y a la vez trabajando para otra empresa.
Gracias por sus experiencias. Saludos.

#2

Re: Negocio Propio y Empleo por Cta.Ajena a la vez... se puede?

Yo creo que si se puede, lo unico que vas a pagar a la Seguridad Social por 2 Regimenes ( General y Autonomos ) y en la Declaracion de la Renta por Trabajo y actividades economicas.

#3

Re: Negocio Propio y Empleo por Cta.Ajena a la vez... se puede?

Claro que si, lo que pasa es que debes pagar a la seguridad social por dos regimenes, empresario o autonomo y general
Ve a tu delegacion de la seguridad social y te informan bien. Aqui te dejo un enlace de la ley de la seguridad social española

http://www.seg-social.es/Internet_1/Normativa/NormasInscripAfiliacion/IANormasGenerales/095179?ssSourceNodeId=289

asi dice lo que te interesa:

Artículo 7.- El alta en los Regímenes del Sistema de la Seguridad Social.

1. Mediante el acto administrativo de alta, la Tesorería General de la Seguridad Social reconoce, a la persona, que inicia una actividad o se encuentra en una situación conexa con la misma, su condición de comprendida en el campo de aplicación del Régimen de la Seguridad Social que proceda en función de la naturaleza de dicha actividad o situación, con los derechos y obligaciones correspondientes.

2. El alta en alguno de los Regímenes de la Seguridad Social es obligatoria para las personas comprendidas en el Sistema de Seguridad Social en su modalidad contributiva.

3. El cumplimiento de la obligación de solicitar el alta o practicarla de oficio, determinando en todo caso el Régimen en que el interesado quedará encuadrado en razón de su actividad, corresponde a las personas, Entidades o Servicios que se determinan en los artículos 29 y siguientes de este Reglamento y se practicará en la forma y condiciones que en los mismos se establecen.

4. Cuando una persona ejerciere simultáneamente distintas actividades o la misma actividad pero en condiciones o en formas diversas que dieren lugar a su inclusión en diferentes Regímenes del Sistema de la Seguridad Social o en el mismo Régimen por cuenta de más de una persona, su encuadramiento será múltiple, constituyendo las situaciones de pluriactividad y de pluriempleo respectivamente.

1º. A efectos de lo previsto en este Reglamento, se considerará pluriactividad la situación del trabajador por cuenta propia y/o ajena cuyas actividades den lugar a su alta obligatoria en dos o más Regímenes distintos del Sistema de la Seguridad Social.

2º. A los mismos efectos, se entenderá por pluriempleo la situación del trabajador por cuenta ajena que preste sus servicios profesionales a dos o más empresas distintas y en actividades que den lugar a su alta en un mismo Régimen de la Seguridad Social.

5. Únicamente podrá optarse entre diversos Regímenes del Sistema de la Seguridad Social, para su alta en uno de ellos, en los casos en que se reconozca expresamente tal opción, con el alcance y en las condiciones fijadas en la norma que la establezca.

#4

Re: Negocio Propio y Empleo por Cta.Ajena a la vez... se puede?

Eso es, lo ha explicado muy bien Javivi, tú puedes tener un trabajo por cuenta ajena por ejemplo por las mañanas y un negocio propio (tipo tienda, locutorio, ciber o algo así) por las tardes para ganarte un extra. Sin problemas... Saludos.

#5

Re: Negocio Propio y Empleo por Cta.Ajena a la vez... se puede?

Pero la duda es, tienes que darte de alta obligatoriamente como autónomo en el segundo trabajo, hombre podrías darte de alta como empresario o administrador y contratar a alguien o en el caso de que echaras varias horas te obligaría.

No sé, creo que en los contratos mercantiles no es obligatorio estar dado de alta como autónomo, vaya lio

#6

Re: Negocio Propio y Empleo por Cta.Ajena a la vez... se puede?

Veamos, si tienes dos trabajos por cuenta ajena, pues cotizaras lo correspondiente por estas cuentas ajenas, normalmente en el régimen general.

Si tienes uno por cuenta ajena y otro por cuenta propia, cotizarás por cada lado por el régimen que corresponda. Por cuenta propia, normalmente cotizarás en el régimen de los trabajadores autónomos.

Ahora bien, en el caso de las empresas, que yo sepa los administradores deben cotizar obligatoriamente en el RETA, independientemente de si se lo paga la empresa o se lo pagan ellos. Los trabajadores de la empresa que tengan más de un tanto por cierto de las participaciones de la empresa (creo que más de un 30%), aunque sean asalariados de la empresa, también deben cotizar obligatoriamente en el RETA. Los que tengan menos de ese porcentaje de participaciones irían por el régimen general.

Eso en cuanto a la Seguridad Social, porque luego está el tema del IRPF. Si tienes más de un trabajo, en los trabajos por cuenta ajena normalmente sólo te retendrán lo que corresponda a las retribuciones por ese trabajo (y a veces ni siquiera eso lo hacen bien), pero a lo mejor por ingresos totales ya entras en otro tramo del IRPF con lo que te tendrían que haber retenido más. La diferencia entre lo que se ha retenido y lo que realmente tenías que haber tributado, se ajusta luego en la declaración de la renta. Eso es lo que en la ignorancia popular se conoce como "Hacienda te da el palo si tienes más de un trabajo".

De todas formas, como ya te han dicho, para más aclaraciones siempre puedes preguntar en la Seguridad Social, que para eso están, o si no, búscate un buen gestor administrativo, que normalmente conocen muy bien todos estos temas.

#7

Re: Negocio Propio y Empleo por Cta.Ajena a la vez... se puede?

Pero, tu pregunta inicial no es que quieres poner un negocio propio mientras estás empleado por cuenta ajena! Entonces, lo que tienes que hacer es seguir tributando a S.S. como empleado y darte de alta como autónomo.

Bienvenido! pero cotiza ...

#8

Re: Negocio Propio y Empleo por Cta.Ajena a la vez... se puede?

Muchas gracias por sus respuestas.
Lo que tengo claro ahora, es averiguar todo mucho mejor a la SS. Pero los links que me han brindado y las informaciones de uds. me ha servido de mucho.
Ahora enviare un post a www.migrar.org para que tambien tengan conocimiento de esto, pues, como les digo, no he encontrado mucha informacion al respecto.
PD: Disculpa por la demora en la rspta. me tome unos dias de vacas. Saludos. (y)