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Resumiendo, que es gerundio.

2 respuestas
Resumiendo, que es gerundio.
Resumiendo, que es gerundio.
#1

Resumiendo, que es gerundio.

(Gracias Luis, por tu reflexión)

Tras la lectura de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, del mes de marzo pasado, y de la que no hemos tenido ABSOLUTAMENTE ninguna noticia hasta que no han transcurrido mas de SIETE MESES ( seguro que a alguien no le interesaba su publicacion y puesta en conocimiento del público en general), creo que, sin fanatismos y de una manera moderada, es hora de que analicemos en qué situación se encuentran las acusaciones llevadas a cabo por los fiscales de la Audiencia Nacional, tras las cuales se produjo la intervención de Afinsa y la paralización "cautelar" de su actividad.

Acusación tras acusación :

1.- BLANQUEO DE CAPITALES.- Nada se ha podido demostrar y todas las comisiones rogatorias realizadas a través de la Audiencia Nacional, han dado resultado negativo. Es decir, ningún país ha informado que Afinsa tuviera dinero negro, blanco, o amarillo en paraísos fiscales. Por lo tanto, ésta acusación carece de fuerza probatoria.

2.- ADMINISTRACION DESLEAL .- Según todas las sentencias dictadas hasta la fecha, Afinsa contabilizaba y realizaba sus operaciones conforme a lo dispuesto por la Ley, y, por pura lógica, su contabilidad era el fiél reflejo de su situación patrimonial. Por lo tanto, y salvo que se pretenda insistir en que las operaciones que Afinsa realizaba eran financieras, en contraposición de todas y cada unas de la sentencias que dicen lo contrario, es decir, que sus operaciones eran mercantiles, ésta acusación carece de fuerza probatoria.

3.- CAPTACION DE AHORRO MASIVO.- Nuevamente me remito a las todas las sentencias, las cuales afirman nítidamente que la actividad que Afinsa desarrollaba no era la de captación de ahorro, si no la de operaciones mercantiles de compra-venta de filatelia u otros objetos de colección. Al igual que las anteriores, ésta acusación también carece de fuerza probatoria.

4.- ESTAFA.- Esta acusación, parte de la base de que Afinsa vendía a sus clientes (es curioso, "vendía") lotes filatélicos súmamente sobrevalorados.
Un bien, tiene el valor que una persona esté dispuesta a pagar líbremente por él y, en todo caso, para realizar una comparación o análisis del mercado para poder determinar cual es el valor de una cosa en dicho mercado, tenemos que recurrir a los llamados "USOS Y COSTUMBRES", es decir, tenemos que preguntar al mercado cuál es el sistema, o la fórmula, que éste utiliza para poder determinar el valor cualquier bien. En nuestro caso y conforme a dichos usos y costumbres, la fórmula para poder valorar la filatelia, no es otra que la utilización de catálogos, amén del precio que uno esté dispuesto a pagar. Por lo tanto, si los clientes de Afinsa adquirieron un bien y pagaron por él el precio que ambas partes acordaron líbremente, la acusación de estafa también carece de fuerza probatoria.

5.- INSOLVENCIA PUNIBLE.- Se llama insolvencia "punible", a la insolvencia provocada por el/los administradores de una empresa, o sociedad, de manera intencionada y con el fin de causar daño a terceros siendo consciente de ello.
Esta acusación parte de la primicia de que Afinsa contabilizaba sus operaciones cual cualquier otra empresa con una actividad mercantil, debiendo haber contabilizado las mismas como si se trataran de operaciones financieras.
Nuevamente, las recientes setencias desmienten ésta acusación y se reafirman en el hecho cierto de que Afinsa tenía una actividad mercantil, y no financiera, debiendo contabilizar su operaciones tal como lo venía haciendo regularmente, es decir, bajo la óptica de una empresa NO FINANCIERA. Dicho lo cual, la acusación de insolvencia punible también carece de fuerza probatoria.

DELITO CONTRA LA HACIENDA PÚBLICA.- Esta acusación parte de la primicia de que Afinsa realizaba operaciones de captación de ahorro público y, por "ende", operaciones financieras, ocultando la realidad de las operaciones que realizaban los clientes, los cuales deberían haber declarado fiscalmente los rendimientos obtenidos como rendimientos del capital mobiliario, y nó como incremento patrimonial. Esta acusación también se cae por su propio peso si tenemos en cuenta las sentencias anteriormente citadas y en las que se dice que Afinsa vendía sellos y que su actividad era mercantil y no financiera. Por lo tanto, no hay prueba alguna que pueda justificar ésta acusaciòn.

AFINSA MATÓ A ISLERO ( el toro que mató a Manolete ).- La corrida de toros se celebró en la ciudad de Linares ( Jaén) el día 28 de Agosto de 1.947, fecha en la que muriò tras ser corneado Manolete y posteriormente Islero. En esa fecha, el Presidente de Afinsa, D. Juan Antonio Cano, aún no había nacido.- Por lo tanto, ésta acusación también carece de fuerza probatoria.

LA ÚNICA REALIDAD .

AFINSA FUÉ INTERVENIDA JUDICIALMENTE Y SU ACTIVIDAD PARALIZADA, POR ÓRDEN DE UN GOBIERNO CRUÉL Y DESPIADADO LLAMADO PSOE. QUE NOS HA LLEVADO A TODOS A LA RUÍNA, CONTANDO PARA ELLO CON LA INESTIMABLE AYUDA DE UNA INSPECTORA DE HACIENDA LLAMADA MARIA TERESA YABAR STERLING

#2

Re: Resumiendo, que es gerundio.

Amén

#3

Re: Resumiendo, que es gerundio.

Sabe alguien cuando esta previsto que se pronuncie la A.Provincial, y si habrá posivillidades reales favorables para nuestro caso. Por favor esto es un sinvivir,gracias

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