Hola,
Vaya, vaya, pues para no defender a nadie, ni tomar partido no os tomáis muchas molestias para ocultar vuestras lealtades y evidentemente algunos le dedican mucho más tiempo del que parecería normal, es como una actividad a tiempo completo.
Os quejáis de rumores y rumores, y que es el 90% de lo que ofrecéis vosotros, alguien tiene pruebas irrefutables de la inocencia de AFINSA yo no las tengo de su culpabilidad y también espero que se clarifique en un juicio, pero creo que tengo el mismo derecho a dudar de la viabilidad del negocio de AFINSA, como vosotros de defenderlo. Por que vosotros más allá de defender vuestra actividad profesional en AFINSA lo que me parecería lógico, defendéis un modelo de negocio, un método de actuar sobre el cual yo y mucha más gente a día de hoy tenemos nuestras dudas.
Tampoco entiendo la incompatibilidad entre dudar de determinadas actuaciones y la de querer y desear que la gente recupere su/nuestro dinero, también me parece una indecencia el pensar, que malo el Estado que ha intervenido una empresa impidiendo que yo me siguiese llenando los bolsillos (y no me refiere a nadie en concreto), pero seguro que habrá alguien que piense así, claro a lo mejor habría que cerrar los ojos y hacer oidos sordos y si al final hubiese irregularidades a lo mejor dentro de uno o dos años hubiésemos tenido 100 Mil. ó 200 Mil. afectados más. Yo sin embargo opino que si AFINSA es culpable que pague y si el ESTADO lo es de algo que pague también, pero primero que se investigue al responsable “AFINSA”.
Que no entiendes “ese empeño en que sean culpables”, claro ni yo tampoco, y es que no hay empeño en que sean culpables, porque las personas/entidades son culpables/inocentes y se dilucida en un juicio, aunque en EE.UU. también existe la figura de “no culpable”, que indica que no hay pruebas suficientes para determinar su culpabilidad pero tampoco su inocencia, supongo que aquí habrá alguna figura parecida.
Sobre la teoría contable, que a ti te parece “buenísima”, yo expuse el link que contenía la teoría del despacho “IURE”, y veo que han aparecido vayas puyas tuyas que reclamaban una contestación, al principio creí que no iban dirigidas a mí pero parece ser que sí. Te diré que puse aquel link porque contenía esa y otra información que creí que podía ser interesante para alguien y ni siquiera la comenté ni puse ninguna observación.
Pero bueno creo que a pesar de no tener mucha idea de contabilidad, y ya que exiges una contestación, te la daré. Sobre los cálculos del caso “B” que ofrece dichos enlace y que tu corregiste, supongo que tendrás razón tú y no pienso entrar a discutirlos.
Sin embargo a mí lo que si me parece relevante son las conclusiones expresadas y con las que si estoy de acuerdo, más allá de los errores de cálculo, y el caso es que, el importe del compromiso de recompra si que debería aparecer en el pasivo de la empresa, ya que es una deuda reconocida, al menos hasta que se cumpla el plazo de la recompra, al final todas esta serie de movimientos contables solo podrían acabar de dos formas básicamente, o bien llega un momento en que un cliente renuncia al pacto de recompra de una filatelia con lo cual seguramente se generarían unas plusvalías, o por el contrario el propietario de la filatelia la vende en el mercado obteniendo plusvalías o minusvalías. La realidad es que mientras no se produce uno de esos dos supuestos la filatelia va pasando de cliente a cliente en un círculo vicioso y cada vez aumentando su valoración teórica y por supuesto el pasivo(deuda) de la Empresa, la única forma de saber la valoración de la filatelia y por lo tanto si hay perdidas o ganancias es sacarla de este círculo vicioso y venderla a quien le pueda interesar.
Ya te anticipo que considérate contestado y no voy a volver a seguir con este tema, aunque tu me repliques mientras no me contestes alguna barbaridad.
Por cierto y ya que parece que aquí parecemos abocados a pertenecer a un bando “los buenos/los malos”, los “a