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Hay algún Matemático o Economista en la Sala???

20 respuestas
Hay algún Matemático o Economista en la Sala???
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#9

Re: Malvado te voy a separar un poco más los importes...

ME GUSTARIA SABER DE DONDE SACAS QUE EL IVA ES EL 5% PORQUE ACTUALMENTE LOS POSIBLES IVAS SON 16 7 Y 4%. ES POSIBLE QUE EN 1995 FUESE EL 5 PERO TE ASEGURO QUE DESDE EL AÑO 2000 POR LO MENOS SON LOS QUE TE DIGO

#10

Re: Vale, no te prometo nada...

Ejemplo de un PIC de 720,00€ a diez años el cual se incrementa un 4% el pago (actualización inversión) de cada año y con una revalorización garantizada anual de un 8%:

720,00 685,71 1.234,29 1
748,80 713,14 1.226,61 2
778,75 741,67 1.216,34 3
809,90 771,34 1.203,28 4
842,30 802,19 1.187,24 5
875,99 834,28 1.167,99 6
911,03 867,65 1.145,29 7
947,47 902,35 1.118,92 8
985,37 938,45 1.088,60 9
1.024,7 975,99 1.054,06 10

(A) (A) IVA=(B) (B) + reval. total
8.644,40 8.232,76 11.642,61

(A) capital aportado
(B) capital aportado descontando IVA
La fórmula : Capital aportado (sin iva) (1+(i x nº años))

De donde 1er año : 720 ,00 x (1,05 Iva) = 685,71€
685,71 (1 + (0,08 x 10)) = 1.234,29€ (al 10º año)

#11

Re: Vale, no te prometo nada...el mensaje anterior

Es con los globales recalculados, ya que los anteriores que envié eran para los 7 años.

Disculpad el error.

Un saludo

#12

Re: Ejemplo PIC (Plan de ingresos Complementarios de Afinsa)

Sabrias decirme cual es el tipo de iva a aplicar? en hacienda me dicen que actualmente es el 16%

#13

Re: Malvado te voy a separar un poco más los importes...

Lo siento pero existen más IVAS.

En concreto el IVA de Afinsa no es fijo sino que se calcula en función del nivel de beneficio. Es algo muy complicado. En general la ley del IVA lo es.

#14

Re: Ejemplo PIC (Plan de ingresos Complementarios de Afinsa)

El IVA que se aplica en el contrato PIC es del 5%

#15

Re: Si es el 16% pero explícales...

Que en Afinsa se alica el IVA del 16% pero se acoge a la Directiva 94/5/CE del Consejo, de 14 de febrero de 1994 mediante la cual:

Régimen especial de los sujetos pasivos revendedores:

quedan reguladas por la directiva las entregas, efectuadas por un sujeto pasivo revendedor, de los bienes de este tipo que le hayan sido entregados, dentro de la Comunidad, por una persona que no sea sujeto pasivo, por otro sujeto pasivo sin derecho a deducción o por un sujeto pasivo revendedor;
la base imponible de las entregas de bienes estará constituida por el margen de beneficio obtenido por el sujeto pasivo revendedor, del que se habrá deducido la cuota del impuesto sobre el valor añadido correspondiente a dicho margen. Este margen es igual a la diferencia entre el precio de venta solicitado por el sujeto pasivo revendedor por el bien y el precio de compra.

http://europa.eu/scadplus/leg/es/lvb/l31007.htm

Algo complicado, ya que Afinsa debido a esta directiva europea aplica un TIPO DE IVA MEDIO debido a que de media (comparando a otros años) obtiene de media un 30% de margen de beneficio, así que si divides el margen de beneficio un vez descontado el IVA real (16%) aproximadamente sale un 5% (un 4,8%). Esta explicación quiero que la entienda como algo "grosso modo" ya que es algo más complicado de calcular de lo que parece.

Afinsa al final del año al aplicar este tipo de IVA obtiene una diferencia de lo ingresado por IVA que dependiendo de su actividad y sus resultados tiene que ajustar o no al primero aplicado.

Espero haberme explicado con claridad.

Un saludo

#16

Bien dicho Carsaran

No me dio tiempo antes a explicárselo, pero ya está la explicación dada.

Esta persona ha estado ojeando los tipos de IVA en España o es una aventajada en esta materia.

En Rankia hay que emplearse a fondo.

Un fuerte abrazo.

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