Acceder

Milita ha escrito...... "El saqueo de Afinsa"

13 respuestas
Milita ha escrito...... "El saqueo de Afinsa"
Milita ha escrito...... "El saqueo de Afinsa"
Página
2 / 2
#9

Re: Mila ha escrito...... "El saqueo de Afinsa"

Corsario: yo del juicio espero muy poco, no creo en la justicia española, no creo en la democracia española, no creo en la independencia judicial, y ojala me equivoque.

a lo unico que espero es a los tribunales europeos, en el supuesto que sean independientes, lo cual tambien pongo en dudas en fin que se me puede llamar EL INCREDULO, un saludo

#10

Re: Mila ha escrito...... "El saqueo de Afinsa"

Bueno yo tampoco confío demasiado en la justicia, sobre todo porque es lenta, muy lenta, y aunque acaben aclarando como se pudo perpetrar toda la "presunta" estafa si se hace tarde ya ni es justicia ni es nada, pero hay que esperar a ver que pasa, no se puede dar por supuesto que lo hagan mal.

De los que no se puede esperar mucho es de esos tribunales europeos que dices, de momento cada pais de la UE es soberano, y esos tribunales solo pueden meterse en las formas o en las violaciones de derechos humanos, pero para nada en el fondo de la cuestión. Así es que si lo nuestro no lo arregla "nuestra justicia", la europea nos va a arreglar nada de nada.

#11

Re: Mila ha escrito...... "El saqueo de Afinsa"

Corsario: en este momento sabemos que la AN descartó la RPE basandose en la Disposición Adicional 4ª de la ley 35/2003, ya que esta establecia que la Compra-Venta de Bienes Tangibles es una actividad mercantil, y lo que se ha solicitado a la AN que consulte a la Justicia Europea si tal D.A.4ª se ajusta a la Jurisprudencia Europea, organo superior, ya que si no se ajusta quedaría demostrado que la actividad es financiera y de ello se podría deducir la RPE, es probable que la AN responda que no procede llevar a cabo dicha consulta y entonces creo que habría que trasladarla al TC ó directamente a Europa, pero la verdad es que es para largo, para mi la unica esperanza es lo que diga Europa, ya que se trata de que diga que tal disposicion no es legal.

#12

Re: Mila ha escrito...... "El saqueo de Afinsa"

Con el debido respeto, esa petición de consulta al Tribunal Europeo sobre la legalidad o ilegalidad de la Disposición Adicional 4ª es una solemne majadería de algún Letrado ocurrente que lo que busca es publicidad para su despacho. Es lógico, que tal peropuesta , por extravagante e impertinente, sea rechazada por el Tribunal Españo. La cuestión no es sino esa Disposición es o no legal. Naturalmente que si las empresas de bienes tangibles hubieran realizado habitualmente una actividad de compraventa de sellos y arte en los mercados abiertos - como publicitaban -tales compraventas sin duda habrían sido operaciones mercantiles. LA CUESTION ES QUE EXISTE UNA MONTAÑA DE PRUEBAS QUE DEMUESTRAN QUE LOS SELLOS Y OBRAS DE ARTE NO ERAN OBJETO DE COMPRAVENTA ALGUNA EN LOS MERCADOS ABIERTOS -AQUELLOS EN LOS QUE SE FORMAN LIBREMENTE LOS PRECIOS POR CRUCE DE OFERTA Y DEMANDA - sino que basta leer los contratos (eliminando el farrago o envoltura terminologica que empleaban las empresas elaboradoras de los contratos de adhesión, para comprobar que la única obligación del cliente consistía en entregar a las empresas una cantidad determinada, y que como contrapartida, las empresas SE OBLIGABAN A :
a) ABONAR AL CLIENTE UNA RENTABILIDAD, RENDIMIENTO, GANANCIA, INTERÉS - el nombre dado por la empresa unilateralmente es irrelevante, pues lo importante es que era una remuneración al capital recibido del cliente -,y ese rendimiento era fijo y preestablecido a priori en el contrato.

b) Al vencimiento del contrato - si el cliente no quería renovar el contrato por otro periodo -, la empresa se obligaba A REEMBOLSAR (RESTITUIR, DEVOLVER) AL CLIENTE EL CAPITAL INICIALMENTE ENTREGADO POR ESTE.
SE TRATABA, EN SUMA, DE UNA OPERACIÓN IDÉNTICA A LAS IMPOSICIONES A PLAZO FIJO Y GARWQANTIZADAS, TAN HABITUALES DE LOS bANCOS Y CAJAS DE AHORRO, ES DECIR, UNA "OPERACIÓN FINANCIERA TÍPICA" DE CAPTACIÓN DE AHORRO DEL PUBLICO A CAMBIO DE UNA REMUNERACIÓN O RENTA FIJA Y CON COMPROMISO DE DEVOLUCION DEL CAPITAL .

Por consiguiente, y como quiera que la D.A. 4. se refiere o contempla actividades de comercialización o compraventas A LAS QUE NO SE DEDICABAN FORUM, AFINSA y ARTE Y NATURALEZA,
ES OBVIO QUE DICHA DISPOSICION LEGAL, no era aplicable a la actividad financiera a que en realidad se dedicaban tales empresas.

Resulta chocante la poca preparación y petulancia de algunos Letrados que ¿defienden? a miles de afectados sin hacer otra cosa que dar "palos de ciego".

#13

Re: Mila ha escrito...... "El saqueo de Afinsa"

Yo la verdad es que no entiendo mucho de esto y he de fiarme de los abogados contratados para el caso, y los mios me explicaron algo similar a lo que comenta Lucanor, la disposición no parece que contradiga ninguna norma europea. De hecho como muchas veces se han encargado de airear los afinseros, en otros paises auropeos hay alguna empresa que se dedica a actividades mercantiles con bienes tangibles, y concretamente con sellos una en Italia y S.Gibbons en G.B. la diferencia es que esas empresas ofrecen material de calidad, LO VENDEN AL CLIENTE EN FIRME y luego se ofrecen para buscarle compradores cuando quiera venderlo o subastarlo, PERO NO LE GARANTIZAN, NI REVALORIZACIONES, NI INTERESES, NI GARANTIAS DE RECOMPRA.

Aquí el problema no es la norma, ni la DA 4ª, el problema es que los de Afinsa y Forum presuntamente actuaban al margen de las normas.
De hecho algo que se publicó al principio del caso cuando todo estaba caliente, y los periodistas aún se dedicaban a investigar porque el tema estaba en candelero, fué que habian intentado montar negocios similares al que tenian aquí en varios paises Y EN NINGUN PAIS SE LO AUTORIZARON.

#14

Re: Mila ha escrito...... "El saqueo de Afinsa"

Lo primero, Lucanor, es que los abogados que han decidido la demanda a Luxemburgo, SON LOS MIOS. De majaderia NADA y de PUBLICIDAD PARA SU DESPACHO TAMPOCO. A ver si dejamos ya las descalificaciones. Aqui hay que intentarlo todo para lograr recuperar nuestro dinero.

Resulta que este caso TIENE UN ANTECEDENTE con una empresa similar en Italia, por lo que contravenía la LEGISLACION EUROPEA, y el Estado fué condenado.

Informate bien antes de opinar de esa manera.

Poca preparacion? petulancia? La tuya. Y SÍ, MIS ABOGADOS ME DEFIENDEN Y A TODA LA ASOCIACION A LA QUE PERTENEZCO, asi que te exijo respeto.

Otra cosa será el resultado de la demanda. Puede que no consigamos nada, o que si. Y si lo conseguimos? Tu tambien te verias beneficiado, no?
Qué perdemos intentandolo?

Te puede interesar...

- No hay entradas a destacar -

- No hay entradas a destacar -