Re: Una duda...
Creo que no estoy hablando de devolver nada de la revalorización generada (no intereses, ya que sólo podemos hablar de intereses en operaciones financieras), la naturaleza de estas operaciones hacen que con una compra se genere a posteriori una venta y por ello te puedes beneficiar de un incremento en tu patrimonio, es decir, como en la vivienda: en cuanto vendes tu vivienda por un precio superior al de adquisición genera un incremento de patrimonio del cual será gravado un 15% (a más de un año)siempre y cuando no reinviertas en una de precio superior.
En este caso no es una operación financiera (es decir un R.C.M.) pero sí una de incremento de patrimonio, pues bien, por el momento, el mercado de los tangibles funciona así.
Un saludo.