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Albacea

Un albacea es una persona designada en un testamento para gestionar los bienes y cumplir las últimas voluntades del fallecido. Es una figura común en el ámbito del derecho sucesorio y testamentario.

El albacea es nombrado por el testador y puede ser una persona física o una entidad jurídica. Su función principal es llevar a cabo la voluntad del fallecido, asegurándose de que se cumplan sus disposiciones testamentarias de manera adecuada y responsable.

Para designar a un albacea, lo ideal es buscar a una persona de confianza que no tenga un conflicto de interés. Es decir, preferentemente no debería ser ninguno de los herederos o beneficiarios (pero no hay ninguna prohibición en la ley española al respecto).

Otro punto a tener en cuenta es que el cargo de albacea, en principio, es voluntario, y no se retribuye. Esto, al menos que se indique lo contrario en el testamento.

Dado que es un cargo voluntario, el albacea debe aceptarlo. Además, no puede transferir ni delegar sus funciones, salvo que dicha posibilidad queda estipulada en el testamento.

En el código civil español se define lo siguiente:

“El albaceazgo es cargo voluntario, y se entenderá aceptado por el nombrado para desempeñarlo si no se excusa dentro de los seis días siguientes a aquel en que tenga noticia de su nombramiento, o, si este le era ya conocido, dentro de los seis días siguientes al (día) en que supo la muerte del testador.”

¿Se puede asignar a más de un albacea?


Vale mencionar que puede designarse a más de un albacea. Estos pueden ejercer el cargo de tres formas:

  • Mancomunada: Se deben tomar decisiones conjuntamente, es decir, todos se ponen de acuerdo o, en su defecto, se acepta la decisión de la mayoría.
  • Solidaria: Cada uno puede actuar sin contar con el otro albacea, es decir, el cargo se ejerce de forma simultánea.
  • Sucesivos: Se nombra a más de un albacea para que cada uno ejerza el cargo en caso de remoción del albacea anterior en orden de sucesión. Es decir, se nombra a varios albaceas para que uno pueda ser sustituido por otro.

Si no se estipula expresamente la solidaridad de los albaceas, se sobreentiende que son mancomunados.

¿Cuáles son las funciones de un albacea?


Entre las funciones del albacea, se encuentran principalmente:

  • Organizar el entierro y funeral según las costumbres o siguiendo las indicaciones del testador.
  • Confirmar que el testamento sea válido.
  • Identificar los bienes y activos del fallecido y tomar posesión de ellos (el inventario debe efectuarse con la presencia de los herederos).
  • Pagar las deudas y cargas que tenga la herencia.
  • Distribuir los bienes de acuerdo con lo dispuesto en el testamento.
  • Realizar todas las gestiones necesarias para cumplir con las disposiciones testamentarias del fallecido.
  • Preservar y velar por la seguridad de los bienes de la herencia.

Obligaciones del albacea


Es importante tener en cuenta que el albacea está sujeto a ciertas obligaciones y responsabilidades legales, y que debe actuar siempre en beneficio de los herederos y de acuerdo con las disposiciones del testamento.

En ese sentido, el código civil español, en el artículo 907, establece lo siguiente:

“Los albaceas deberán dar cuenta de su encargo a los herederos. Si hubieren sido nombrados, no para entregar los bienes a herederos determinados, sino para darles la inversión o distribución que el testador hubiese dispuesto en los casos permitidos por derecho, rendirán sus cuentas al Juez”.

Es decir, el albacea debe rendir cuentas a los herederos. Pero si el encargo no fuera entregar bienes a herederos específicos, sin invertir o distribuir activos, se debe rendir cuentas a un juez.

Por esta razón, es importante que la persona designada como albacea tenga la capacidad y los conocimientos necesarios para llevar a cabo su función de manera efectiva.

¿Cuánto tiempo dura la función del albacea?


El testador puede dejar establecido por cuánto tiempo el albacea tendrá que ejercer su función. Caso contrario, el código civil español dispone que el mandato se debe cumplir dentro de un año desde que es aceptado.

Sin embargo, pueden surgir inconvenientes, como procesos judiciales o reclamaciones. Por ello, es factible que el albacea solicite una prórroga para continuar con el encargo.

Tipos de albacea


Un albacea puede ser:

  • Universal: Si está autorizado para el cumplimiento del testamento en su totalidad. 
  • Particular: Cuando se le asignan funciones específicas o ninguna en particular, con lo que solo se seguirán aquellas tareas contempladas en la ley.

La función del albacea es importante, sobre todo, si nos referimos a herencias de grandes montos, siendo una forma del testador de asegurarse de que se cumplirá su última voluntad. Además, otro fin es prevenir que surjan conflictos entre los herederos. Cada país en su marco legal delimita los deberes y tareas del albacea.

*Artículo escrito en colaboración con @miguel-arias.

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Albacea, GuillermoWestreicher, 23 de febrero del '24, Rankia.com
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