O.C.U.parse de obtener la información y conocimientos necesarios para escribir un artículo, tanto a nivel profesional como amateaur, debería ser imprescindible para algunos escritores de pacotilla.
La revista OCU Dinero y Derechos en su número de noviembre nº 121, en uno de sus articulos invita a que se prescinda del Corredor de Seguros porque cobra comisiones y así la prima es más baja, además indica que los consumidores se guíen por las tablas comparativas en seguros que la misma revista publica.
Manipular la información, sin un estudio concienzudo, da lugar a lo que Vds. miserablemente han heco: Desprestigar la valiosa figura del Corredor de Seguros; Vds. han manipula la información dirigiendo al lector-consumidor a sentir rechazo por nuestra mediación.
Lo que más me llama la atención es que no sepan que existen otros mediadores en base a la Ley 26/2006, como el agente exclusivo, el agente vinculado, el auxiliar de seguros, la bancaseguros.... y por cierto ¿estos viven del viento o cobran comisiones?
¡Ay! queridos ignorantes.... porque alguien que no sabe algo porque lo demuestra en sus palabras o en sus letras es un ignorante. Que sepan Vds. que el precio en "ventanilla" de una sucursal de compañía como mínimo es el mismo precio que le pueda ofertar cualquiera de sus mediadores. No obstante, yo me juego un café descafeinado (para que haga juego con vuestro artículo) que de 10 proyectos que me presenteis de 10 sucursales de diferente compañías, yo os mejoro la prima y casi seguro las coberturas a 7 de esos proyectos. ¿Apostais?
Otra cosa, ante un artículo tan escandaloso y que quiere hundir al Corredor de Seguros, ¿dónde está la prueba física? Si... señores, ¿por qué no han presentado en el mismo artículo un proyecto de seguro de una sucursal bancaria y otra de un corredor ? Así me hubieran callado la boca no?
Y lo peor de todo, que ESTAIS TIRANDO PIEDRAS SOBRE VUESTRO TEJADO !!, EL ÚNICO MEDIADOR CUYA PRIORIDAD ES EL CLIENTE ES EL CORREDOR DE SEGUROS!! El cliente es nuestro, y no de la compañías (POR LAS CUALES NO DEBEMOS TENER AFECCION,SEGUN LA LEY) , por lo que mi prioridad absoluta es su la felicidad de mi cliente, que esté contento conmigo para lo que yo tengo que esforzarme en ofrecerle el mejor de los servicios. O sea que haciendo una similitud con la idea de vuestra revista DEFENDEMOS LOS INTERESES DE NUESTROS ASEGURADOS-CLIENTES.
Ya que no habeis hecho los deberes os indico NUESTRO VALOR AÑADIDO:
1-INDEPENDENCIA RESPECTO A LAS ASEGURADORES
2-EL CLIENTE ES NUESTRO, POR LO QUE SOMOS RESPONSABLES DIRECTOS DE NUESTROS ACTOS PROFESIONALES: De ahí que como mínimos tengamos un seguro de R.Civil de 1.800.000 euros.
3-REALIZAMOS UN ANALISIS OBJETIVO POR LEY COMO MÍNIMO EN 3 ASEGURADORAS: O sea que estudiamos las necesidades del cliente y como mínimo se lo vamos a enfocar por 3 compañías
4-FORMACION OBLIGATORIA PARA EMPLEADOS Y AUXILIARES.: RECLICLAJE CONTINUO
5-TRANSPARENCIA: PRESENTACION ANTE LA DIRECCION GENERAL DE SEGURO de nuestra Documentación Estadístico Contable de momento una vez al año, pero estamos pendientes de que a lo mejor sea cada 6 meses !!!!
6-Obligados a tener un SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE
7-CONTROL A RAJATABLA DE LA LEY DE PROTECCION DE DATOS
8-CONTROL DEL BLANQUEO DE CAPITALES, CON PRESENTACION AL BANCO DE ESPAÑA DE LOS INFORMES OPORTUNOS.
Considero que es de sabios rectificar y que PUBLIQUEN OTRO ARTICULO RETRACTANDOSE DE LO INFORMADO EN SU REVISTA 121 SOBRE EL CORREDOR DE SEGUROS.
Tranquilo que esto no queda aquí, por favor lean la segunda parte....