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Al Juzgado - ¿Agravio comparativo?

Buenas noches a tod@s,

 

Voy a colgar aquí un segundo modelo de escrito que presentaré mañana en el Juzgado número 1 de lo Mercantil de Madrid.

Hace referencia sobre todo al posible agravio comparativo con el tratamiento dado a los fondos de inversión hasta ahora depositados en Banco Madrid, los cuáles pasan a ser gestionados por Renta4 y despositados en Cecabank.

Adjunto comunicado de hoy de la CNMV Comunicado CNMV 31 de Marzo de 2015

Si bien es pronto para lanzar las campanas al vuelo, parece que seguramente en próximas fechas se normalice la situación de fondos y fondistas, pudiendo dichos fondistas reembolsar/traspasar sus participaciones.

Al menos se da un primer paso para sacar estos activos fuera de Banco Madrid.

Igualmente lo que viene a solicitar el escrito nuevamente es la posibilidad de que Interdín pueda también sacar la cuenta omnibus de clientes fuera de Banco Madrid, argumentando que la propiedad de los fondos depositados es de los clientes conforme a la Ley del Mercado de Valores.

Adjunto el modelo de escrito que recuerdo se puede presentar en Madrid en la calle Capitán Haya, 66, planta baja, puerta de Registro, en la ventanilla de Registro de Particulares.

Es tan solo un modelo que lógicamente cada uno puede modificar.

En ventanilla se quedan con una copia y la otra la devuelven sellada.

 

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Número de Procedimiento:  203/15 / Número de concurso 203/2015

 

Al Juzgado n. 1 de lo Mercantil de Madrid,

Por el presente escrito SUPLICO se sirvan tomar las medidas pertinentes para permitir la continuidad de Interdín como empresa de intermediación en los mercados de derivados.

Entre ellas permitir que Interdín pueda trasladar la cuenta omnibus, que al final es dinero de los clientes de Interdín, desde Banco Madrid a otra entidad financiera.

Según la Ley del Mercado de Valores, el dinero depositado en las cuentas omnibus de clientes es propiedad de los clientes de la agencia o sociedad de valores, en este caso propiedad de los clientes de Interdín.

 

Así en el artículo 70 ter.3 c) de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores en el que, de manera expresa, se reconoce a los clientes de las empresas de servicios de inversión el derecho de propiedad sobre los fondos entregados a tales entidades, incluso cuando éstos se materialicen en activos a nombre de las entidades y por cuenta de clientes–

 

Por otro lado estimo que los clientes de Interdín empezaremos a sufrir cierto AGRAVIO COMPARATIVO en relación a los partícipes de fondos de inversión que desde ayer empiezan a ser gestionados por Renta4 y tienen Cecabank como entidad depositaria, traspasándose a Cecabank los fondos y activos hasta ayer depositados en Banco Madrid.

Adjunto comunicado de ayer de la CNMV que aparece en su web oficial www.cmnv.es

http://cnmv.es/portal/verDoc.axd?t={43ef7874-b537-4885-a869-cab69e4353d1}

De lo que se deduce que seguramente en próximas semanas el partícipe de fondos podrá traspasar/reembolsar sus participaciones normalizándose la situación de fondos y fondistas.

 

Ruego, Su Señoría, valore también que al final no sólo se perjudica a miles de clientes finales ajenos al delito del que se acusa a Banco Madrid, sino que hay también grandes profesionales en Interdín y ven amenazada la continuidad de sus puestos de trabajo

 

Finalmente a modo de clamor estas son distintas opiniones de los clientes de Interdín afectados que se pueden hallar en internet.

http://www.rankia.com/foros/bolsa/temas/2714073-interdin-asombrosa-historia-honradez-profesionalidad

http://www.rankia.com/foros/bolsa/temas/2710922-interdin-concurso-acreedores-banco-madrid

 

Por otro lado tenemos una petición solicitando la continuidad de la actividad de Interdín que ya alcanzó las 94 firmas

https://www.change.org/p/afectados-interd%C3%ADn-firmar?utm_medium=email&utm_source=notification&utm_campaign=new_petition_recruit#share

 

Es por ello que ruego a Su Señoría valore los daños que supondría llevar a liquidación el bróker español mejor valorado del país, de absoluta solvencia de no ser por el citado bloqueo, incluyendo el perjuicio para las familias de los trabajadores de Interdin por la pérdida de sus puestos de trabajos y, finalmente, para todos los españoles al tener que hacer frente al pago de sus indemnizaciones por desempleo, y en vista de todo ello autorice a la mayor celeridad posible la retirada de los fondos de los clientes de Interdin depositados en Banco de Madrid.

 

A efectos de notificaciones mi dirección postal es

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Es Justicia que pido en Madrid, a 1 de Abril de 2015

 

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