Hacienda y pagos con tarjeta: ¿hay que declarar si superas los 25.000 €?
Hacienda y pagos con tarjeta: ¿hay que declarar si superas los 25.000 €?
Desde 2026, Hacienda recibe datos de pagos con tarjeta que superen 25.000 € anuales, pero no tienes que declararlos tú: lo hacen los bancos. Solo sirve para control fiscal y cruce de datos, no implica sanción automática.
El uso de tarjetas de débito y crédito sigue creciendo de manera imparable. Cada vez somos más los que preferimos pagar con tarjeta por comodidad y porque el uso del efectivo ha disminuido considerablemente en los últimos años. A raíz de este aumento, el Gobierno español ha decidido reforzar el control sobre las transacciones electrónicas mediante un nuevo decreto que incrementa las obligaciones de información para las entidades financieras.
Pero, ¿qué significa esto realmente? 🤔 ¿Hay que declarar los pagos con tarjeta? ¿Afecta a todos los usuarios o solo a ciertos perfiles? No tienes que declarar tus pagos con tarjeta. Son los bancos quienes informan a Hacienda si se superan ciertos límites.
A continuación, te explicamos de forma clara qué cambia en 2026 y cómo puede influir en tu día a día.
Nuevo control de Hacienda sobre pagos con tarjeta
Pagos con tarjeta y Hacienda: qué cambia en 2026
Desde el 1 de enero de 2026 entra en vigor una nueva obligación informativa para las entidades que emiten tarjetas (crédito, débito, prepago, virtuales y dinero electrónico).
No es el usuario quien declara nada, sino que son los emisores de tarjetas quienes deben enviar información a la Agencia Tributaria (AEAT). Con carácter anual, las entidades financieras reportarán datos agregados de cada tarjeta cuando (superen los 25.000 €):
El total anual de cargos
Y el total anual de abonos
Las tarjetas que no superen ese umbral en ambos conceptos quedan excluidas del reporte. El Real Decreto 253/2025, de 1 de abril, ha modificado el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria (RGAT) e incorpora el artículo 38 ter, que crea esta nueva declaración informativa anual.
Umbral: se excluyen tarjetas con cargos y abonos inferiores a 25.000 € anuales
Periodicidad: declaración anual
Primer ejercicio: 2026 (se presentará en 2027, según modelo que apruebe Orden Ministerial)
El objetivo es reforzar el control fiscal, mejorar la trazabilidad de los pagos electrónicos y prevenir el fraude fiscal y el blanqueo de capitales.
¿Quién informa a Hacienda de los pagos con tarjeta?
Son los bancos, emisores de tarjetas y entidades de dinero electrónico quienes:
Recopilan la información
La agregan por tarjeta
Y la envían a la AEAT
Esto incluye tanto bancos tradicionales como plataformas digitales y fintech. Además:
La información se reporta por cada tarjeta individual, no por titular
Hacienda utiliza estos datos para cruzarlos con tus ingresos declarados
¿Qué pagos con tarjeta se reportan a Hacienda?
Todos los movimientos realizados con tarjeta pueden ser objeto de control, pero solo se reportan automáticamente aquellos que superan los 25.000 € anuales por tarjeta.
Este bloque se refiere a la tipología de movimientos, no a una obligación del usuario. Estos incluyen: pagos en comercios físicos y online, suscripciones, operaciones asociadas a la tarjeta y devoluciones (abonos).
La clave es entender que no tienes que declarar estos pagos, ya que la entidad informa si se supera cierto volumen de movimientos. Si utilizas varias tarjetas y ninguna supera ese importe por separado, no se reportarán.
¿Hay que declarar las tarjetas prepago a Hacienda?
Las tarjetas prepago también están incluidas en esta normativa. Esto significa que Hacienda puede recibir información sobre tarjetas prepago si superan el umbral. No obstante, el funcionamiento es el mismo.
¿Puede Hacienda controlar todos tus pagos con tarjeta?
Hacienda no ve cada pago individual en tiempo real, pero sí dispone de mecanismos para controlar la información financiera. Puede:
Recibir datos agregados de entidades financieras
Cruzarlos con tus ingresos declarados
Detectar incoherencias o patrones sospechosos
Este control permite:
Identificar ingresos no declarados
Detectar actividad económica oculta
Activar comprobaciones o inspecciones
Especialmente relevante cuando hay un volumen elevado de movimientos o incoherencias fiscales.
¿Cómo afecta esta medida a empresarios y autónomos?
Además, el real decreto modifica el artículo 38 bis RGAT. Desde 2026:
Los cobros de empresarios y profesionales mediante tarjeta o sistemas como Bizum
Se reportarán mensualmente
Sin umbral mínimo (se elimina el límite anterior de 3.000 €)
¿Cómo declarar los pagos con tarjetas en la Renta 2025?
No tienes que hacer nada específico en tu declaración. Aunque superes los 25.000 €:
No hay nuevas casillas
No hay obligación adicional para el contribuyente
Sin embargo, si Hacienda detecta discrepancias, puede solicitar justificantes o iniciar una comprobación. Por ello, es recomendable guardar comprobantes y justificar el origen de los ingresos.
Consejos para evitar problemas con Hacienda en pagos con tarjeta.
Para evitar incidencias:
Revisa periódicamente tus movimientos
Asegúrate de que tus ingresos coinciden con lo declarado
Guarda justificantes de operaciones relevantes
Lleva un control ordenado si tienes actividad económica
La clave no está en cuánto gastas, sino en la coherencia fiscal de tus datos.
Preguntas frecuentes sobre pagos con tarjeta y Hacienda
Puedes consultarlo en la app o banca online de tu entidad revisando el total anual de cada tarjeta o solicitando la información al banco.
Para particulares no, porque no son tarjetas, y para negocios sí, los cobros vía Bizum se reportan mensualmente.
No. Superar el umbral no conlleva sanción. Es solo un criterio de información para Hacienda.
No. Es una obligación informativa de las entidades, no del contribuyente.
Es por tarjeta individual. Si tienes varias, el umbral se aplica a cada una.
Sí. Están incluidas en la normativa y pueden ser reportadas si superan el umbral.
Interesante. Desconocía la información. Muchas gracias
#6
18/03/25 22:45
Ese espionaje colectivo a todos, tomando a todos por presuntos delincuentes, es claramente abusivo y contrario a derecho, y hasta ilegal. Como tantas veces, hacienda actúa como el matón de barrio en plan “soy el más fuerte y hago lo me da la gana, no me importa la ley”. Hacienda constantemente impone leyes y sanciones abusivas y/o ilegales, incluso con prevaricación (como cuando Montoro impuso su céntimo sanitario a pesar de tener informes jurídicos que le decían que era ilegal). A veces estas reglas ilegales que impone hacienda son declaradas ilegales por la justicia muchos años después, tarde y mal, pero siempre con consecuencias 0 e impunidad total para los delincuentes, ni siquiera inhabilitación o devolución de oficio íntegra de lo estafado (por ejemplo, en el céntimo sanitario, solo devolvían los 5 últimos años y solo si lo solicitaba el perjudicado adjuntando facturas y más papeles = solo devolvieron quizás un 5%-8% de lo robado).
Varios ejemplos, entre muchos otros:
El caso llamado “CÉNTIMO SANITARIO” (no era 1ct por Litro de combustible, llego a ser 8ct) fue gravísimo. Con la ley en la mano merecían cárcel e inhabilitación permanente: no solo hubo una clara PREVARICACIÓN (Montoro tenía informes jurídicos que le decían que era ilegal), también MALVERSACIÓN (porque el objetivo declarado de esa confiscación declarada ilegal, y publicado en el Boe, era su destino a la sanidad pública, pero el 90-95% de lo estafado lo dedicaron a otros asuntos).
El caso del MODELO 720 y sus SANCIONES DESPROPORCIONADAS es otro grave donde también una clara prevaricación, porque Bruxellas lleva diciendo desde 2013 que es ilegal (p.e. contrario a la libre circulación de capitales), y ha abierto varios expedientes. Pero no pasa nada, cuando el delincuente es el estado y los perjudicados sus siervos, ambas “justicias” nacional y europea son tan lentas como ineficaces.
Un caso más reciente: la DEVOLUCIÓN DE LOS EXCESOS DE RETENCIÓN EN ANTIGUAS MUTUALIDADES La anulación retroactiva e ilegal de las solitudes de devolución presentadas en 2024 por pensionistas de las antiguas mutualidades por los ejercicios 2019-20-21-22. 1º, Ilegal y abusivo por no permitir solicitar la devolución de los ejercicios anteriores, con la excusa de una supuesta caducidad fiscal de 5 años (falso). 2º Pero sobre todo porque el 31dic2024 inventaron una ley claramente contraria a derecho e ilegal anulando ¡retroactivamente! las solicitudes ya realizadas conforme al procedimiento legal existente, una clara PREVARICACIÓN. 3º Abusivo y PREVARICACIÓN porque aunque sabían que en derecho tenían que hacer esas devoluciones y diversos colectivos llevaban años reclamándolo a Hacienda, no dieron su brazo a torcer hasta que tras muchos años de demandas en juzgados los tribunales superiores lo dejaron claro en sentencias firmes (todo el proceso judicial llevado exclusivamente por asociaciones privadas como jubilados de banca, sin ninguna intervención p.e de Fiscalia del Estado, en otra demostración del incumplimiento del deber y corrupción de estos entes)
Otros ejemplos de medidas abusivas y hasta ilegales, tomando a todos por presuntos delincuentes: La LIMITACIÓN DE USAR DINERO EN EFECTIVO (contrario a la libertad de uso de medios de pago). O la absurda y maoísta LEY DE BLANQUEO DE CAPITALES, en especial los problemas y abusos a los pequeños particulares en su aplicación práctica mientras los auténticos blanqueadores tienen medios para saltársela .
En todos los casos, estos ejemplos y otros, siempre Impunidad total de los delincuentes responsables, ninguno fue encausado, ni siquiera inhabilitado, además no devolvieron la mayor parte de lo robado; y los procedimientos judiciales, muy lentos e ineficaces, han sido siempre instados y pagados por asociaciones privadas con la ausencia total de Fiscalía de Estado o defensor del pueblo. Esto demuestra por ejemplo que fiscalía del estado es en realidad fiscalía del gobierno, está claro desde siempre, no actúan en interés del estado y por interés público sino como perrillo faldero a las órdenes del gobierno. Ídem Defensor del Pueblos y otros entes que supuestamente defienden a los ciudadanos pero no es así Cree el ladrón que todos son de su condición. Eso es lo que pasa con la hacienda española: nos toma a todos por delincuentes, pero los delincuentes son ellos.
en respuesta a
Cafecafe
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#5
15/03/25 14:22
Totalmente de acuerdo, cada vez más control y ahora con unas exigencias que sin hacer nada malo te puedes llevar un palo...
en respuesta a
Leando
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#4
13/03/25 21:08
Quieren espiarnos para saber en qué gastamos para poder controlarnos y perjudicarnos hasta q nos arruinen con impuestos confiscatorios de forma q nadie pueda gastar 25.000 euros. Es una ley inconstitucional pq afecta a la intimidad y al honor. Espero q no se apruebe.
en respuesta a
Leando
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#3
24/02/25 12:24
Yo hago lo mismo: recargar Revolut con tarjetas de crédito y, en mi caso, dejar el dinero en la cuenta de ahorro hasta que toque devolverlo. Nada ilegal pero, como se me ocurra superar los 25.000 (que no es tan difícil a nada que tengas unas pocas tarjetas con un crédito aceptable), ya la tenemos montada y seguro que me buscarán las cosquillas.
#2
20/02/25 10:06
Cada vez más control... Es decir, recargo mucho dinero con la tarjeta de crédito a Revolut, dinero el cual lo transfiero a la cuenta donde se realizará el cargo de la tarjeta a final de mes. Todo para beneficiarme de los puntos de fidelización que me dan las tarjetas de crédito.
Leyendo esto, estaría ya en el radar de Hacienda... Y sin haber hecho nada ilegal.
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