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Blog de Juan Carlos Burguera
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Prefentes: Catalunya Banc se allana

Catalunya Banc se allana ante una demanda por preferentes y es condenada a devolver los 104.000 euros con pago de intereses legales desde la compra , descontando los intereses, en sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 46 de Barcelona de 1 de julio de 2013.

 

 

 

¿En qué consiste el allanamiento?  El allanamiento consiste en aceptar las pretensiones del demandante. La cuestión más importante del allanamiento consiste en que cuando un demandado tiene la seguridad de que va a perder un juicio y le van a condenar por tanto al pago de las costas, puede allanarse y ahorrárselas.  Para evitar pagar las costas, el demandado que se allana, debe hacerlo antes de contestar la demanda.   

En el caso de que se hubiese requerido al demandado de manera fehaciente para el pago, o se le hubiese dirigido una demanda de conciliación, y no hubiese pagado,  se entenderá que hay mala fe y no podrá  librarse del pago de las costas, aunque en el juicio se allane.  Todo esto viene recogido en el artículo 395 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

 

¿Qué ha ocurrido en este caso de Barcelona?

 

Una clienta demandó a Catalunya Banc por 104.000 euros invertidos en preferentes.  Se admitió la demanda y se emplazó al banco a contestar. Éste, ni comparece ni contesta en plazo  y es declarado en rebeldía. Y posteriormente el banco comparece y presenta un escrito allanándose a las pretensiones de adverso. Pero como le había sido realizado un requerimiento fehaciente de pago antes de interponerse la demanda, esto es suficiente para apreciar mala fe, y condenan al banco al pago de las costas.

 

Sinceramente, no comprendo la estrategia del banco: si quiere ahorrarse las costas, tiene que allanarse antes de contestar la demanda. Pero si le han requerido fehacientemente al pago, no va a poder librarse de las costas.  Lo lógico hubiera sido haber intentado defender el caso.  Solamente entendería que  lo hubiesen visto tan perdido, que aun sabiendo que les van a condenar al pago de las costas,  diesen instrucciones a su abogado para allanarse, evitando el gasto de su propia defensa, que es el único que se han podido ahorrar.

 

Juan Carlos Burguera.    Abogado                            www.BurgueraAbogados.com

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