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  1. Nuevo
    #140
    15/07/13 23:03

    Hola saludos mi consulta es relativa a la devolución de la declaración de renta 2012,en mi caso mi declaración es muy sencilla somos un matrimonio con 2 hijos y solo trabajo yo los últimos años nuestra declaración ha sido conjunta con los ingresos de mi trabajo , el préstamo hipotecario y las deducciones de mi comunidad sin mas, hacienda me enviaba el borrador y pedíamos cita en la oficina de hacienda de nuestra localidad y allí lo confirmaban y en unos meses nos devolvían, este año mi mujer estuvo de alta como autónomo durante 2 meses todas las declaraciones e iva están realizadas y presentadas con saldo cero pues no funciono la actividad también tramitamos la baja, en el mes de abril hacienda me envía una comunicación de que este año no pueden realizar el borrador porque mi mujer ha tenido actividades empresariales, y me envían los datos fiscales que ellos tienen de los 2, acudimos a una gestoria y con esos datos nos han realizado con el programa padre la declaración, sale a devolver y como siempre solicitamos la devolución a nuestra cuenta del banco, la declaración la presentamos en nuestro banco firmada por los 2, se que hacienda tiene todo el año 2013 para efectuar la devolución pero lo que me inquieta y preocupa es que intento ver el estado de mi declaración en la web de la agencia tributaria tal y como explicais ademas tengo certificado digital y tambien con mis datos y rellenando la casilla 620 de mi declaración y me dice que no hay nada presentado que debo hacer esperar mas tiempo por si no la han tramitado aun o dirigirme a una oficina con mi copia de la renta sellada por el banco, perdón por extenderme tanto pero quería que quedara bien explicado, muchas gracias.

  2. en respuesta a Anónimo 686804
    -
    Top 100
    #139
    01/07/13 13:51

    No conozco ningún servicio de asesor fiscal gratuito en Madrid / Málaga. En Madrid conozco este asesor fiscal: Ciro Consulting que tiene tarifas asequibles; échale un vistazo. Un saludo.

  3. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #138
    Anónimo 686804
    01/07/13 12:07

    Muchas gracias por tu pronta respuesta.

    ¿Sabes si hay algun servicio gratuito de asesor fiscal en Madrid o en Malaga? Creo haber visto que hay un servicio de Abogados gratuito en la comunidad de Madrid, ¿hay algo parecido para asesor fiscal? Es que sino, la consulta le puede salir a 20 euros por 10 minutos.

    Gracias.

  4. en respuesta a Anónimo 686804
    -
    Top 100
    #137
    01/07/13 10:33

    Buenos días,

    Si que se puede hacer, si por la venta del piso nuevo va a tener pérdidas y quiere vender el piso más viejo para tener ganancias patrimoniales y que le compensen es posible. Comentarte que las pérdidas las podrá compensar en los próximos 4 ejercicios, por lo que puede esperar a hacer la venta de la otra propiedad.
    De todos modos, creo que un asesor fiscal es quién mejor puede asesorarle de la situación.

    Un saludo.

  5. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #136
    Anónimo 686804
    01/07/13 10:21

    Buenos dias Amparo,

    Un amigo compró un piso en 2007 (en pleno esplendor inmobiliario) y ahora quiere venderlo para comprarse uno mejor. Por supuesto va a tener perdidas. Le he dicho que venda otro que tiene para compensar la perdida de este nuevo por la ganancia de uno que tiene en propiedad muy viejo. ¿Esto se puede hacer, igual que pasa con las acciones? Muchas gracias.

  6. en respuesta a Elpajaroloko
    -
    Top 100
    #135
    01/07/13 09:42

    Buenos días,

    Respecto a la fiscalidad de los CFDs, habrás leído el artículo: Fiscalidad de los CFDs como se dice, las ganancias / pérdidas patrimoniales por operaciones en CFDs independiente que a 31/12/12 el contrato de CFDs esté cerrado o abierto; se deberá de tributar por el importe correspondiente a la acumulación de liquidaciones diarias hasta esa fecha. En los futuros es diferente, y hasta que no se cierre la operación no se tributa por ellas.

    En la nueva fiscalidad a aplicar a las variaciones patrimoniales en 2013, ¿Cómo tributarán en 2013 las plusvalías generadas en menos de un año?, los CFDs siempre serán ganancias o pérdidas patrimoniales con período de generación inferior al año (al menos así lo entiendo yo, pero al ser una normativa tan reciente no se si harán alguna otra modificación).

    Las pérdidas patrimoniales a compensar de ejercicios anteriores (2009, 2010, 2011 y 2012), solo se podrán compensar en 2013 con ganancias patrimoniales generadas en un período superior al año. Las pérdidas patrimoniales que se generen en 2013 se podrán compensar con entre sí en la base imponible general; y cuando el saldo sea negativo, se podrán compensar con las rentas generales, con el límite del 10% de éstas y los posibles excesos se podrán compensar en los 4 ejercicios siguientes.

    Un saludo.

  7. en respuesta a Carlosff
    -
    Top 100
    #134
    01/07/13 09:31

    Buenos días Carlos,

    Por lo que comentas, no estás obligado a hacer la Declaración de la Renta 2012. Un saludo.

  8. #133
    28/06/13 17:56

    Buenas tardes,Amparo
    leo y releo diversos posts e información y no estoy seguro de formarme una idea coherente.

    1)Fiscalidad IRPF de CFD;ejercicio 2012
    supongamos que abro una posicion de compra de CFD el 20 de diciembre de 2011 y la vendo el 2 de enero de 2013
    ¿se suman las ganancias y pérdidas de 1 de enero de 2012 a 31 de diciembre,independientemente de si a 31 de diciembre hay posiciones abiertas?

    2)Fiscalidad IRPF de los futuros;ejercicio 2012
    Aqui entiendo que es distinto,aunque te hagan liquidaciones diarias.Si por ejemplo abro una posicion larga el 20 de diciembre de 2012 y la cierro el 2 de enero de 2013,debo considerar la plusvalia/minusvalie en el cierre.o sea,no se considera en el 2012
    ¿Es correcto?

    3)Nueva fiscalidad
    Por ejemplo si compro un CFD el 20 de diciembre de 2011,y lo vendo el 20 de diciembre de 2013?,
    que pasa con las ganancias y pérdidas generadas desde el 1 de enero de 2013? se consideran de periodo superior a un año? de plazo un día? ¿estan sometidas a algun regimen transitorio por haberlas comprado antes del cambio de la norma?

    4)Compensacion con nueva fiscalidad
    ¿Las pérdidas de ejercicios anteriores,me ayudan a compensar hipotéticas ganancias en el año 2013? ¿en todos los casos? ¿solo las ganancias superiores a un año?¿ las pérdidas generadas en plazos inferiores inferiores a un año que obtenga en 2013 las puedo compensar con pérdidas de ejercicios anteriores obtenidas en plazo inferior a un año?

    Muchas gracias por tu atencion y un saludo

  9. Nuevo
    #132
    24/06/13 16:52

    Con una perdida de - 250€ y mas 1000€ de base imponible, pero no llegar al limite para declara por lo ganado en trabajo y capital inmobiliario y dándome a pagar 190€. ¿Es obligatorio hacer la declaración o no es necesario?

  10. en respuesta a Elsa Cardozo
    -
    Top 100
    #131
    20/06/13 16:18

    Buenos días,

    Entiendo que te estarán solicitando el importe de la suma de la base imponible general (casilla 455) y la del ahorro (casilla 465); en las bases legales estará especificado cuáles son.

    Un saludo.

  11. en respuesta a Victoriaglez
    -
    Top 100
    #130
    20/06/13 16:09

    Buenas tardes Victoria,

    Te comento, puedes presentar una nueva Declaración de la Renta donde pongas todos los datos correctamente, y tendrá validez la que presentes con última fecha. Recuerda las fechas límites para presentar la Declaración de la Renta: Plazos para presentar la Declaración de la Renta 2012

    Un saludo.

  12. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #129
    19/06/13 19:51

    Buenas tardes Sra/Sisternes, he cometido un error al hacer la declaración de la renta y ya la he enviado telemáticamente, me he dado cuenta a posteriori. Estoy llamando por teléfono para ver si puedo solventarlo de alguna manera, ya que me tendría que salir el doble de canidad a devolver según mis cálculos (hay unas retenciones que no se me han contabilizado). ¿Como puedo hacer para modificar lo que ya he enviado?
    Gracias de nuevo por su ayuda.

  13. Nuevo
    #128
    18/06/13 13:27

    hola : para rellenar la inscripcion del instituto de mi hijo me piden que ponga para la solicitud de los libros de texto, la renta total, donde miro eso en mi declaracion????
    gracias
    saludos
    Elsa

  14. #127
    18/06/13 11:58

    Hola buenos días,
    Tengo una duda con el cobro por su totalidad de un unit linked de la empresa en la que trabajaba.
    El inicio de este plan data de principios del año 2000 y me gustaria saber que descuentos me puedo aplicar y en que partes de la declaración de renta tengo que incluir la información.
    Gracias de antemano por vuestra ayuda.
    Un saludo.

  15. #126
    17/06/13 22:31

    Buenas noches, tengo una duda sobre la movilidad geografíca y su consecuente reducción.

    Uno de los requisitos es que el día del comienzo del contrato laboral debo estar inscrito en la oficina del empleo.

    Mi problema es que al ser profesor interino, cumplo sustituciones en varias provincias andaluzas. La cuestión es que al pasar de una interinidad a otra solo tuve 1 día para poder sacar la tarjeta, tiempo fisicamente imposible porque del día X haciendo una sustitución en Huelva pasé a las 24 horas a estar en otra sustitución en Málaga, pasando antes por Cádiz que es mi residencia.

    Me comentaron los de Hacienda que al ser 1-2 días no habría problema por el requisito de la tarjeta de empleo pero no estoy seguro de ello.

    ¿Podría solicitar la movilidad geográfica? ¿Tendría que pedir en el Inem o en la Seguridad Social algún documento para ello?

    Un saludo.

  16. #125
    15/06/13 13:27

    Hola, buenos días,

    Son rendimientos irregulares del trabajo generados durante más de dos años la indemnización obtenida por la finalización de un contrato temporal que ha durado 5 años? En realidad no podían pagarme salarios atrasados y llegamos a un acuerdo para el despido. Después puse una demanda de cantidad para que me pague el fogasa por lo menos.

    o de otra forma:

    Se considera finalización de contrato de mutuo acuerdo en algún caso la resolución de dicho contrato fin de obra, que duró 5 años, a efectos de considerar la indemnización como rendimiento irregular?
    Así podría tributarse sólo sobre el 40% de la cantidad sin la retención?

    En todos los casos se aplica retención a dicha indemnización por finalización de contrato fin de obra?

    Cuando cobre del fogasa, en la complementaria que pongo? Me habrán pagado menos de lo que les consta que iba a cobrar! Me pedirán que lo demuestre? Cómo podré hacerlo?

    Un saludo

  17. #124
    13/06/13 23:51

    Buenas noches Amparo.
    Querría hacerte una consulta de cara al año que viene. He consultado el foro y alguna web externa y no me acaba de quedar claro.

    Teniendo este año rendimientos negativos en unos fondos sé que los puedo compensar con plusvalías de acciones por ejemplo dentro del apartado patrimonial. Sé que tengo 4 años o el 10% sobre los rendimientos del trabajo.
    Mi duda es si la compensación del 10% sobre rendimientos se efectúa al 4º año si no he logrado compensar con plusvalías los años anteriores. O soy yo el que decido cómo compensarlo o automáticamente se compensa con las plusvalías, ¿es así por tanto lo que ha ocurrido este año?.

    Por otro lado, si este año he logrado compensar parte de esas minusvalías, ¿para el año siguiente Hacienda tiene en cuenta lo compensado y me inserta por defecto, como este año, las minusvalías que me quedan o debo llevar yo el montante de esas minusvalías pendientes a compensar?

    Un saludo.

    Muchas gracias por vuestra labor.

  18. #123
    11/06/13 18:00

    Hola buenas tardes, la amortizacion de unos bonos de morgan stanley, con una minusvalia de 5600 euros, se debe reflejar en negativo en la casilla 26 de la declaracion? o en la 330?. Si es en la 26, como he tenido plusvalias por valor de 3100 euros este año, (en este apartado) solo deberia compensar por la misma cantidad de las plusvalias, y el resto en los proximos años?

    Gracias
    Un Saludo

  19. #122
    11/06/13 16:08

    yo tuve una pérdida en bolsa de 5000 euros en 2009. Con lo cual entiendo que en los ejercicios fiscales 2010,2011,2012 y 2013 piuedo compensar esas pérdidas con las ganancias que tuviera.

    Pues eso he hecho hasta ahora y me quedan por compensar 3400 euros.

    En 2012 gané 3000 euros en acciones compradas y vendidas en 2012, y mi duda es si por haber sido compradas y vendidas en menos de un año, puedo compensar esa ganancia con la pérdida acumulada que arrastro de la pérdida patrimonial de 2009.

  20. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #121
    10/06/13 21:38

    buenas noches.
    Que va no me deja omitir el dato, continuamente me solicita el nif del arrendador para continuar y seguire tu recomendacion.Gracias