Hola;
Si bien hoy pretendía hablar de otra cosa -vinculadas- es irresistible no hablar hoy del tema de las cuentas de Suiza. Por cierto yo ya os dije que mucho cuidado con Suiza y con Andorra no hace mucho, para asombro no de pocos. Prepararse que parece que hasta puede caer Gibraltar, ya que España está empezando a negociar un acuerdo de intercambio de información.
Os pongo en antecedentes con lo de Suiza: La Inspección ha enviado un requerimiento a los titulares de cuentas bancarias en Suiza en el banco HSBC para que se pongan al día con la Agencia Tributaria, a la que han ocultado más de 6.000 millones de euros. Las autoridades francesas han dado la voz de alarma a España, al remitirle información sobre contribuyentes con dinero en la filial suiza del HSBC. Los datos remitidos por Francia corresponden a clientes de la filial suiza de HSBC, aunque se desconoce de qué forma ha llegado la información a las autoridades galas. En marzo, la entidad fue víctima del “robo”, según la filial de banca privada de HSBC en Suiza, de datos de 15.000 clientes, motivo por el que contactaron con todos ellos para pedir disculpas por la “amenaza a su privacidad”.
Es muy relevante como han conseguido estos datos la Administración Francesa, si a través de un intercambio de información de los contemplados en los Convenios de Doble Imposición, o mediante un robo de información. Si es en el segundo caso estamos ante una información que violenta los principios constitucionales, ya que estaríamos ante una prueba obtenida con violación de los principios constitucionales, españoles en primer lugar, donde existe un derecho a la privacidad de los datos, y a las intervención de los mismos con una serie de procedimientos. Esto lo tenemos claro, y así lo esgrimiremos en caso de comprobar que la procedencia es esa. Debemos recordar que la AEAT nos debe dar acceso a todos los datos de nuestro caso incluso
Si los datos se obtienen mediante un intercambio de información entre España y Suiza, y se han cumplido los criterios de intercambio de información, y nos han cogido, lo que debemos hacer es claudicar, regularizar la situación lo que evitaría la vía penal.
Pero si ha sido Francia quién ha cedido graciosamente la información obtenida por ella. Eso me ofrece varías dudas, ya que las pruebas en el procedimiento tributario -esto es un procedimiento- deben cumplir con los principios legales y con las normas de procedimiento fijadas, en este caso en los CDI entre España y Suiza, aunque la información me la de Francia.
El CDI entre España y Suiza tiene un Protocolo de 29 de junio de 2006 que permite el intercambio de información "caso a caso" en supuesto de fraude fiscal, pero no permite un intercambio masivo de datos, por lo que está norma podría impedir que una cesión de datos de Suiza facilitado por Francia no cumpla los requisitos normativos fijados en la norma nacional, con lo que se podría considerar nulos de pleno derecho todos los elementos de prueba conseguidos de está forma, y por lo tanto viciar cualquier procedimiento (administrativo o penal). Digo podría porque por ahora no se sabe muy bien como ha obtenido Hacienda estos datos, y a la gente que les remite la carta no le ha dado acceso al procedimiento, ya que por ahora parece que no existe procedimiento.
Otra cosa que me ha llamado mucho la atención es la reacción de los Inspectores. Me parece que la opción de la AEAT ha sido bastante prudente, en un decir yo te aviso, tu regulariza y no va a pasar nada grave. Se cumple con el fin perseguido -recaudar y sostener las cargas públicas-, se cobra con recargos, y no tenemos temas de legalidad -como os apunto- por ahí danzando, que pueden frustrar el fin perseguido -recaudar-, y no entiendo el ataque frontal a esa postura ponderada, que además en el caso de que ese dinero este declarado permite justificarlo. Debo recordar que tener dinero en suiza no es delito, ni sancionable, salvo que la procedencia no se haya declarado y/o provenga de actividades ilegales. ¿Qué preferían encarcelar a 3000 personas? ¿Ir con la Policía Nacional y la Guardia Civil a sus casas, oficinas, etc a detenerlos? No creo ni que fuera ejemplarizante ni muy recomendable, ya que seguramente en más de uno, dos o tres casos será gente que tenga el dinero allí legítimamente, en otros casos el delito ya prescribió, y en otros simplemente no alcanzará la cifra de 120.000 euros.
Vosotros que opináis.