A poco más de un mes para la finalización del ejercicio, no está de más ir pensando en cómo ahorrar impuestos en la próxima Declaración de Renta (a presentar entre mayo y junio de 2010).
La mayoría de inversores conoce dos formas de ganar dinero con las acciones, los ETF’s y/o los fondos de inversión:
1) Por la apreciación de la cotización de los activos
y/o
2) Por el cobro de dividendos.
Pero hay una tercera forma, menos conocida: la realización de pérdidas patrimoniales.
Supongamos que invertimos 3.000€ en acciones de BBVA y, pasado un tiempo, su valor cae hasta los 2.000€. Cuando la acción recupere el valor inicial, nos habremos quedado igual que al principio y no habremos ganado nada, salvo los dividendos.
En cambio, si hubiésemos vendido con pérdidas nuestras acciones del BBVA e, inmediatamente, las hubiésemos recomprado, tendríamos una minisvalía de 1.000€ que podríamos usar para compensar plusvalías en nuestra Declaración de Renta. Desgraciadamente, en este caso, la Agencia Tributaria no permite la recompra hasta dos meses después de efectuada la venta con pérdidas, para evitar operaciones de “lavado”. Tiempo durante el cual la cotización del valor podría haberse recuperado y nos hubiésemos perdido la remontada.
Sin embargo, hay otro camino. Podríamos haber vendido BBVA, realizando los 1.000€ de pérdida patrimonial e, inmediatamente, haber reinvertido los 2.000€ obtenidos en comprar acciones de otra compañía de similar tamaño y del mismo grupo o sector (por ejemplo, Banco Santander). Actuando de este modo, al hacer efectiva la pérdida de 1.000€ de nuestro ejemplo, sí que ahorraríamos impuestos sobre nuestras plusvalías, al poder compensar unas con otras en nuestra Declaración del I.R.P.F. y, por otro lado, continuaríamos poseyendo 2.000€ en acciones de un activo similar al vendido, que se va a comportar de forma idéntica ante un eventual rally del mercado.