En nuestra vida cotidiana hay numerosas situaciones de las cuales se pueden derivar daños a terceros con posibles daños tanto personales como materiales, situaciones fortuitas que pueden derivarse de hechos como, por ejemplo:
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Un paseo en bicicleta y por descuido se atropella a una persona que se golpea y se producen daños personales y materiales
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Un descuido en el comercio y tras un pequeño traspiés se cae un objeto de elevado valor que se rompe en mil añicos.
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Un momento de descanso en la vivienda y una persona asomada a la ventana tropieza con la mano en una maceta de la repisa y se cae a la calle desde un quinto piso que rompe la luna de un coche.
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Un perro inofensivo de nuestra propiedad que lo paseamos por la calle con la correa y sujeto de la cuerda pero se enreda con una persona mayor con la que nos cruzamos y se cae rompiéndose una cadera
Son situaciones que, sin ser graves, producirán daños de los cuales debamos responder. Ante esto es bueno saber que el seguro de hogar incluye la cobertura de responsabilidad civil familiar y con el contenido generalmente ya lo tenemos incluido. Además del titular del seguro también se incluye a los miembros de la familia que conviven con él, el cónyuge y los hijos. Sin embargo los hijos en muchos seguros dejan de estar incluidos cuando alcanza una cierta edad, 21 o 25 años.
Por ello, según las circunstancias de cada persona, es necesario saber cómo estamos cubiertos y cuando dejamos de estarlo para formalizar en lo necesario un seguro independiente que permita continuar con la cobertura ante daños que produzcamos a terceros y de los que debamos responder con nuestro propio patrimonio.
Fuente: La Biblioteca Aseguradora
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