Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder
Blog La Biblioteca Aseguradora
Blog La Biblioteca Aseguradora
Blog La Biblioteca Aseguradora

Robo, expoliación, hurto y atraco

Estas son las principales situaciones de riesgo a las que estamos expuestos, cuando pensamos a que alguien nos pueda sustraer nuestras pertenencias, tanto en relación a los bienes que se encuentran en nuestra vivienda, como cuando estamos realizando actividades cotidianas en cualquier lugar fuera de la misma.
Los distintos conceptos que pueden surgir: Robo, expoliación, hurto o atraco, aparentemente pensamos que significa lo mismo dado que al fin y al cabo supone una sustracción de nuestros bienes en contra de nuestra voluntad. Sin embargo cada una de estas situaciones significa un hecho diferente y el seguro, desde el punto de vista de protección lo puede contemplar de diferente manera:
Situación
Definición
Protección según tipo de seguro
Low cost
Normal
Premium
Robo
Sustracción de bienes con daños a las cosas.
Hasta 100%
Hasta 100%
Hasta 100%
Expoliación
Sustracción con intimidación a las personas que las custodian
Hasta 100%
Hasta 100%
Hasta 100%
Hurto
Sustracción sin daños a las cosas ni intimidación a las personas
Hasta 1.500 €
Hasta 100%
Hasta 100%
Atraco
Sustracción con fuerza o violencia sobre las cosas o personas que las llevan.
Hasta: 600 € 900€
Hasta 1.500 €
Hasta 1.500€
 El robo se produce por ejemplo cuando fuerzan una puerta o una ventana para acceder al interior. La expoliación cuando tras llamar a la puerta y al abrirla, nos sorprende alguien que bajo amenaza nos obliga a entrar y dejar que se lleve lo que desee. El Hurto se produce cuando alguien entra en el interior de la vivienda sin forzar ni hacer daño a las cosas. Y el atraco cuando en la calle fruto de un tirón o de amenazas nos obligan a entregar o se llevan por la fuerza: dinero  o alguna de nuestras pertenencias.
Como se ve en el cuadro superior, no todos los seguros cubren lo mismo en las diferentes situaciones, por lo que es necesario revisar como incide en el seguro ante el Hurto y el atraco fuera de la vivienda.
El Hurto aunque no parece fácil de producirse, lo cierto es que cada vez es más frecuente que las puertas previsiblemente más seguras permitan el acceso sin violencia ni daños sobre las mismas, o por acceso a través de una ventana… Si ocurre hay seguros que limitan la protección hasta una cuantía económica, que no suele superar los 1.500 o 3.000 € como mucho. En caso de que ocurra el daño sin embargo puede realmente ser muy superior.
El atraco fuera de la vivienda en ocasiones también existe un límite inferior de protección e incluso hay sub-límites en función del tipo de bien que nos hayan sustraído, es decir si existe un límite global de 1.200 € puede haber un sub-límite de 500 o 600 € para ropa, e igualmente para joyas u otras pertenencias. El dinero en efectivo como mucho se cubre en el atraco hasta 150 o 300 €.
OTROS TEMAS IMPORTANTES:
·         Para que el seguro se haga cargo de indemnizar lo sustraído, es necesario realizar una denuncia en la policía, y aquí es importante advertir que con frecuencia aún siendo un atraco es posible que para evitar una rueda de reconocimiento, o ser llamados como testigos en caso de que encuentren a alguien sospechoso de haber cometido nuestro atraco, se ponga hurto en lugar de atraco. Es importante para el seguro precisar cómo ocurrieron los hechos, y de no corresponderse con lo que realmente se garantiza, el seguro lo rechazará.

·         También es necesario advertir que en relación a las joyas y objetos de valor especial (pieles, tapices, cuadros…) normalmente están excluidos, pero cuando se da cobertura en ocasiones es hasta un % del contenido o una suma asegurada máxima de 3.000, 5.000 o 6.000 €. Lógicamente en caso de robo aunque estemos cubiertos hasta el 100% del contenido, para estos bienes afectará este sub-límite, por lo cual es importante tenerlo en cuenta dado que si deseamos estar cubiertos por todo el valor es necesario que se declare previamente y se pague una sobreprima que determinará cada Aseguradora.
2
¿Te ha gustado mi artículo?
Si quieres saber más y estar al día de mis reflexiones, suscríbete a mi blog y sé el primero en recibir las nuevas publicaciones en tu correo electrónico
  • Hurto
Lecturas relacionadas
Acreditación de conocimientos de intermediación de valores (ACIV)
Acreditación de conocimientos de intermediación de valores (ACIV)
Atrapados entre banqueros malos y bancos malos
Atrapados entre banqueros malos y bancos malos
  1. en respuesta a Andreu Jordi
    -
    #2
    11/12/15 00:12

    En el seguro de hogar se incluye al titular Asegurado así como los miembros de la unidad familiar que cohabitan en la vivienda. En cuanto al robo dentro de la vivienda o el atraco fuera de la vivienda, habría que demostrar que permanece en el núcleo familiar, por empadronamiento ya serviría.

    Aunque cada seguro puede tener sus propias limitaciones, pero en general el seguro abarca a la vivienda asegurada y las personas de la unidad familiar del titular que con él conviven.

  2. #1
    Andreu Jordi
    03/12/15 09:00

    Se cubren a todos los cohabitantes de la vivienda asegurada? A familiares de asegurado también? Hasta que edad?

Te puede interesar...
  1. La responsabilidad civil personal y familiar
  2. Robo, expoliación, hurto y atraco
  3. Un incendio fortuito ... ¿y con seguro?
  4. Para intentar evitar las contradicciones del seguro
  5. Mi perro ¿peligroso, o no?, y ¿qué seguro debo tener?
  1. Robo, expoliación, hurto y atraco
  2. Plan de pensiones individual vs Seguro PPA. Entidad Financiera vs Aseguradora. ¿Cómo elegir?
  3. La responsabilidad civil personal y familiar
  4. Mi perro ¿peligroso, o no?, y ¿qué seguro debo tener?
  5. El seguro y los fenómenos meteorológicos