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Un tacón de zapato de señora, un suelo de parqué… y un juez

¡Quién lo iba a decir!. Todo Pudo empezar así: Una conversación en el rellano de las escaleras y unos propietarios que hablan con una amiga, orgullosos, del arreglo que han realizado en su vivienda, cambiando todo el entarimado con un nuevo parqué. Un suelo brillante y la vecina que encantada acepta la invitación para ir a visitar la reforma recién terminada.
Y… ¿Quién lo podría pensar?, la vecina entró en la vivienda y fue pasando por toda la vivienda, sin que ni ella ni los propietarios se percatasen que los zapatos de tacón con la tapa totalmente desgastada, estaba dejando dañado todo el entarimado del parqué porque las puntas del tacón, sin protección, estaban dejando las marcas.
Cuando se dieron cuenta, unos y otros, todo debió ser muy tarde y el daño, aunque involuntario, estaba hecho. Y presumiblemente debieron invitar a la causante del daño a que lo reparara pero ella que sin mala intención lo causó seguramente eludió su responsabilidad quizás al no poder asumir el coste de la reparación. Con lo cual finalmente se acudió por los perjudicados a los tribunales en defensa de sus intereses.
Resultado: El Juez condena a la vecina que originó los daños a indemnizar a los perjudicados. No es cuestión ahora de entrar a valorar lo justo o injusto, pero si queremos reseñar como este hecho involuntario puede o no tener cobertura dentro del seguro.
Al ser un daño a tercero  cometido involuntariamente el seguro se hará cargo a través de la Responsabilidad civil familiar dentro de un seguro de hogar, bien si es suscrito por la propia interesada o por su cónyuge. Normalmente esta cobertura existe con solo incluir el contenido dentro del seguro de hogar, y de no ser así disponiendo de un seguro específico de RC del cabeza de familia que abarque a toda la unidad familiar.
¿Qué problema puede existir?. Pues que los propietarios de viviendas normalmente suelen disponer de este seguro que incluya este concepto, pero cuando la persona es inquilina de la vivienda que ocupa no siempre se encuentra el seguro contratado porque se piensa que es un gasto del propietario. Es cierto que el propietario debe tener su seguro, pero el inquilino también, y estas situaciones estarían cubiertas por el seguro de RC con tan solo tener el seguro del contenido de la vivienda con la RC familiar incluida.
Moraleja: No se debe pensar que los seguros son innecesarios ni que todas las coberturas que se ofrecen son solo para cobrar más prima de seguro, es cierto que no siempre todo el mundo necesita todas las garantías, pero lo cierto es que es muy difícil estimar que algo tan imprevisible como esto señalado, no le pueda ocurrir a cualquiera.


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