¿Conoces la diferencia hay entre una S.L. y una S.A.? A la hora de crear un negocio hay que tener en cuenta la forma jurídica de las diferentes sociedades para elegir aquella que mejor se adecue a las necesidades de dicho negocio. Para ello vamos a describir las características de la Sociedad Limitada y la Sociedad Anónima, sus ventajas e inconvenientes.
Diferencias entre una S.L. y una S.A.: Características de la Sociedad Limitada
La Sociedad Limitada es el tipo de sociedad más utilizada en España, y vamos a presentar sus características básicas:
- El número mínimo de socios es 1 y no tiene límite máximo
- No puede cotizar en el mercado de valores, así como emitir acciones u obligaciones
- La responsabilidad de los socios se limita al capital aportado a la sociedad y no responden de las deudas de la misma con el patrimonio personal
- El capital mínimo es de 3.000€ totalmente desembolsados y que se divide en participaciones sociales
- Las aportaciones de los socios pueden ser monetarias (dinero) o en especie
- Las aportaciones no dinerarias no tienen que ser valoradas por un experto independiente
- El cargo de administrador puede tener una duración indefinida
La Sociedad Limitada presenta una serie de ventajas que debemos considerar:
- Los trámites para la creación y el mantenimiento de la sociedad son relativamente sencillos, así como los costes de constitución.
- La responsabilidad de los socios se limita al capital y bienes que tenga la empresa y no responden con su patrimonio particular.
- El capital social mínimo es muy bajo en comparación con el resto de sociedades mercantiles.
- El número de socios puede ser uno y tratarse de una sociedad limitada unipersonal.
Tampoco nos debemos olvidar de algunos inconvenientes:
- Las participaciones sociales en las que se divide la Sociedad Limitada no son fácilmente transmisibles.
- Hay veces que para obtener financiación, la entidad financiera pide "garantías personales", y si aceptáramos, la responsabilidad limitada que ostentamos que "iría por la ventana" y pasaríamos a responder con nuestros bienes personales.
Capital Mínimo | Responsabilidad | Nº mínimo de socios | Tipo de socios | % Capital un socio | Cotizar Mercado de Valores | |
Sociedad Limitada | 3.000€ | Lo aportado a la sociedad | 1 | Capitalista y Trabajadores | Sin Límite | No |
Sociedad Anónima | 60.000€ | Lo aportado a la sociedad | 1 | Capitalista y Trabajadores | Sin Límite | Sí |

Diferencias entre una S.L. y una S.A.: Características de la Sociedad Anónima
La Sociedad Anónima está pensada para las grandes empresas con muchos accionistas y no para empresas familiares o unipersonales, de ahí que no estén tan extendidas como la Sociedad Limitada. Las características de una Sociedad Anónima:
- El número mínimo de socios es 1.
- Pueden cotizar en el mercado de valores y están supervisadas por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
- La responsabilidad es solidario entre los socios y se limita al capital aportado.
- El capital mínimo es de 60.000€ y debe estar desembolsado el 25%.
- Un experto independiente debe valorar las aportaciones no dinerarias.
Las ventajas que presenta la Sociedad Anónima son las siguientes:
- Las acciones en las que se divide la sociedad son fácilmente transmisibles.
- Se pueden incorporar tantos socios inversores como desee la sociedad.
- La responsabilidad de los socios se limita al capital y bienes que tenga la empresa y no responden con su patrimonio personal.
También presenta algún inconveniente que debemos tener en cuenta:
- Los trámites para la constitución y mantenimiento de la sociedad son más complejos y costosos que los de la Sociedad Limitada.
- El capital social mínimo es más elevado que la Sociedad Límitada, pues exige 60.000€, aunque sólo 15.000€ en el momento de crear la sociedad.
Ambas sociedades tienen la obligación fiscal de presentar el Impuesto de Sociedades y el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
Sociedad Limitada o Sociedad Anónima...¿Cuál preferís??