Mi pregunta es, si me voy de excedencia a un país fuera de Europa, como tendría que presentar la declaración de la renta el año próximo? Es decir, tendría que notificar algo en la agencia tributaria? Podría seguir deduciéndome mi vivienda habitual? (Entiendo que no, puesto que no estaría trabajando en España). Si me fuera por ejemplo después de julio(Ya he pasado los 6 meses de permanencia en España), ¿podría presentar declaración en España?
Me active sin link, por error. Para subsanar esto, me piden en transferwise e.mail de la persona que me recomendo. Alguien puede poner su e.mail con el que se activo en transferwise? Gracias