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Participaciones del usuario Xphoenix

Xphoenix 19/09/19 10:01
Ha respondido al tema Parte 5 : la administracion cocursal no sabe sumar
Gracias por responder .un nuevo  debate se abre que antes no se habia mencionado  a favor de los afectados y que puede ser motivo de  reivindicacion , sobre el trabajo de los concursales y por ende  sobre todo el proceso de la intervencion .¡que menos!, ... ¡que menos!  ,que a la hora de tasar la filatelia de existencias hubieran hecho una investigación de mercado,para contrastarlo  con sus  resultados , dado que estaban en sus manos los ahorros de 500.000 personas y que sus honorarios por administrador/año , en el concurso supera el millón de euros , se descubrio que adoptaron el criterio minorista para la valoracion de los  sellos , en un mercado ya inexistente ,vacio   de demanda, no amortiguaron el decrecimiento del valor , al contrario  potenciaron su debilidad   . Así como la influencia nefasta en una comercialización ulterior  que podrían crear en el mercado tras la dacion en pago.  Yo  me he apercibido de ello  con una ligera consulta  de un libro que saque de la biblioteca ,uno de tantos sobre el analisis de mercados :titulo :investigación de mercados . Biblioteca IESE de  gestión de empresas . universidad de Navarra.P.Agell.J.A.Segarra . Editorial folio.Lo ruego encarecidamente  para futuras liquidaciones vergonzantes en un estado ( si , en minusculas) que supuestamente se precia de ser de derecho, en concursos ya sea voluntario o "necesarios" como es el caso. Pagina 13 - 14 :El objetivo básico de la investigación de mercados es obtener información  sobre los deseos y necesidades de los clientes activos y potenciales , para poder contribuir  de una manera eficaz  a mejorar las decisiones de comercialización en la empresa. La información generada por la investigación de mercados debe dar respuesta cuantitativa y cualitativa  a preguntas del tipo siguiente ( pongo las mas relevantes que influyen en  la investigacion del valor final de los lotes filatélicos , de acuerdo a la ley de la oferta y la demanda) :-  ¿ por que se compra? .¿Para que se compra ? .-¿cual será la demanda el próximo año?.-¿cual será la cuota de mercado de la empresa ?¿Y la de la competencia?-¿Y por producto?.¿Y por zona ?.¿Y por tipo de punto de venta?.¿y por cliente?-¿mejoran o empeoran nuestras ventas?¿Y  las de sector?¿Y  la de nuestros competidores?pagina 19:selección de fuentes de información :Esta información puede encontrarse en la propia organización - fuentes internas-- , y su análisis puede ser ser extraordinariamente útil .los informes comerciales   confeccionados por red de ventas, y las estadísticas comerciales generadas a partir de los pedidos o de la facturación  , son un excelente medio de respuestas a interrogantes de actividad y resultados comerciales.pagina 80 :Estudio de imagen :en el análisis de los comportamientos ahorradores  de las familias  , la imagen de la que disfruta cada entidad es una variable de primer orden. En las decisiones de en que entidad depositar los ahorros y que asignación de fondos realizar juegan realidades objetivas que afectan a las ofertas presentadas de dichas empresas. Pero el papel protagonista esta reservado a las percepciones  que de estas realidades tienen los clientes. La percepción  se da en relación  a múltiples facetas de la oferta .Facetas tangibles - intereses de activo y pasivo , comisiones- o facetas intangibles-seguridad , solvencia- Es preciso reconocer  los atributos relevantes  que conforman la percepción de la  imagen.y que tiene que ver esto ,lo siguiente con el criterio minorista .Solo esta relaccionado con la demanda existente en aquellos años : Problema #2. En la ecuación de Demanda:Determinar:a) La cantidad, si el precio es $ 0,5b) El precio, para una cantidad de 65 unidades.Solución:a) Partiendo de la ecuación:Y reemplazando el precio $ 0,5b) Partiendo de la ecuación:Y despejando “P” 
Xphoenix 16/09/19 13:41
Ha respondido al tema Parte 4 : los administradores concursales : omitiendo datos
 Xphoenix16/09/19 10:07Para Eduardo que es la unica cabeza sensata que hay en el foro:finalmente , en virtud de Auto de 14 de julio de 2006 se deja sin efecto la Administración Judicial de AFINSA BIENES TANGIBLES S.A., nombrada el 12 de mayo de 2006, y por Auto de 16 de mayo, consecuentemente, el cese del Administrador Judicial, D. JAVIER GRÁVALOS OLIVELLA y del Interventor Judicial, D. RAFAEL NOGUERO GALILEA,El informe presentado por Javier Grávalos Olivella había valorado los 150 millones de sellos en 2.129 millones de euros. Según esa tasación, el déficit patrimonial que se apreció en la empresa en un primer momento, y que ascendía a 1.710 millones de euros, sería inexistente  también por parte del Juzgado Central de Instrucción nº 1 de la Audiencia Nacional se acordó, por una parte, la medida de bloqueo de las cuentas de AFINSA BIENES TANGIBLES, S.A., de tal manera que tan sólo se permitiera hacer pago con las mismas de los sueldos y salarios de los trabajadores, no autorizándose pues los pagos consecuencia de los contratos suscritos.  los clientes de AFINSA que tenían derecho a percibir cantidades generadas por los contratos con ella suscritos, dejan de recibir dichos abonos, motivo por el cual, se alega por uno de dichos acreedores, representado por el Procurador de los Tribunales D. Evencio Conde de Gregorio en representación de D. ALBERTO GRANDE BLAZQUEZ, de Dª JIMENA GRANDE ROCA, y de los menores de edad D. ÁLVARO GRANDE ROCA, y D. GONZALO GRANDE ROC , la existencia de insolvencia actual, por lo cual, se presenta el día 10 de mayo de 2006 escrito solicitando la declaración de concurso de acreedores de AFINSA BIENES TANGIBLES, S.A.------------------------La insolvencia punible no fue resultado de una actividad piramidal a punto de colapsar como se pretendió hacer creer a la ciudadanía morbosa , sino que tras bloquear las cuentas ,  no puede realizarse el abono de cuotas , momentos que fue aprovechado por unos  acreedores creados artificialmente ,por no se sabe quien  , para engrosar el espectro de cargos delictivos contra la deudora (Afinsa ).. Y tener una extensa  "coleccion" de cargos que presentar contra la Sociedad.-------------------------------------------------------------La “Fundación Albertino de Figueiredo para la Filatelia” ha servido para canalizar múltiples actividades, organizando y patrocinando seminarios y cursos sobre filatelia e historia postal impartidos por diversos especialistas en la materia; concedía becas y financiaba tesis doctorales  sobre la filatelia, en cualquiera de sus aspectos históricos, técnicos, comerciales o financieros; convocaba anualmente los Premios de Investigación Universitaria destinados al reconocimiento de las mejores tesis doctorales relacionadas con Historia Postal y Filatélica, y a cuanto aspectos económicos guardaran relación con los bienes tangibles, en especial la filatelia; Colaboraba en la formación impartida por el Instituto de Estudios Filatélicos. Entregaba anualmente los “Premios a la Excelencia Filatélica” a personalidades o instituciones internacionales por su dedicación y promoción de los valores culturales, sociales y económicos de la filatelia.extraido del informe de la propia administracion  concursal.---------------------------este acercamiento a la cultura internacional de la filatelia a través de actividades choca con los prejuicios asimilados de tasaciones arbitrarias propia de kiosco de cromos , para la administracion concursal solo cabe la propaganda . -----------------------------------------------------valor de las existencias seguna la administracion cocursal.PNG 67.33 KBpara Afinsa  a dia 14-7-2006 las existencias de los clientes era de 1.927.691.853,55 € y para los administradores concursales  226.855.342,00 € . El informe presentado por Javier Grávalos Olivella había valorado los 150 millones de sellos en 2.129 millones de euros. Según esa tasación, el déficit patrimonial que se apreció en la empresa en un primer momento, y que ascendía a 1.710 millones de euros, sería inexistente.  leyendo y leo : " la Administración concursal ha considerado procedente recabar una opinión técnica cualificada para la valoración de la masa filatélica en posesión de la concursada, y tanto si se trata de la denominada por ella "filatelia propia", como de aquella otra vinculada a los contratos de inversión suscritos con los clientes de AFINSA.  el valor resultante del proceso pericial se ha obtenido aplicando técnicas de muestreo estadístico, de las que en definitiva se obtiene como resultado final un valor  comparable con el importe propuesto por la deudora"-----------------------------------------------------Si es muy comparable :1.927.691.853,55 €  con :226.855.342,00 € ------------------------------------------------------", lo relevante a los fines que se pretende es determinar el porcentaje de tasación, o de corrección sugerido por la representación procesal de AFINSA, para ajustarlo a lo que sería su valor de mercado a juicio de los peritos, quienes, ante la falta de un mercado bien definido de filatelia, se ha procedido a estimar 3 valores: el valor para mayoristas, el valor para minoristas y el valor a efectos liquidativos. En el presente Informe se utiliza el valor minorista,tanto para la denominada filatelia propia, como para la vinculada a los referidos contratos suscritos con sus clientes"--------------------------------------------------Yo deduzco que aplicaron la estadistica y viendo que no habia mucha diferencia buscaron el enrrevesamiento aplicando criterios comerciales., error grave , no puedes aplicar el criterio ni mayorista , ni minorista , ni de liquidacion , por que el universo de mercado ha cambiado , la oferta y la demanda ya no son la misma antes que despues de la intervencion ,la demanda sea cual sea la intencionalidad (coleccion o inversion )es inferior y esta es la base  que sostiene la conspiracion de la estafa. Aunque el mercado sea microregional  como si lo quieres extrapolar al resto del mundo . Y por otro lado me da mas credivilidad alguien que convocaba anualmente  Premios de Investigación Universitaria destinados al reconocimiento de las mejores tesis doctorales relacionadas con Historia Postal y Filatélica, y a cuanto aspectos económicos guardaran relación con los bienes tangibles que alguien que aplica criterios minoristas en la  comercializacion .Fijaros a coninuacion en el juego de palabras que con base logica se desmonta el trabalenguas:" al consagrar el fondo económico real de las operaciones financieras llevadas a cabo por AFINSA sobre la forma instrumental de mostrarlas en los contratos de inversión suscritos con sus clientes, el resultado sería que la filatelia adjudicada a los clientes sólo habría servido como soporte o garantía de las cantidades entregadas por los inversores, sin que realmente se hubiera producido un traslado de la propiedad de los sellos desde AFINSA a esos inversores, procede en consecuencia considerar que dicha filatelia es parte integrante del activo de la concursada .las obligaciones contraídas por AFINSA con sus inversores constituyen un incuestionable pasivo exigible a ésta y que, consecuentemente, procede que sea declarada en concurso ante la evidente inminencia de su incapacidad para afrontar el pago de todas esas obligaciones al cesar su actividad a causa de la intervención decretada por la Audiencia Nacional"---------------------Osea que  lo que  motivo el supuesto concurso "necesario"  era que los inversores no tenian los sellos en sus casas, si este pasivo exigible esta materealizado en las camaras , era por que la Sociedad era vector comecial entre comprador y vendedor , Mas si en la actualidad mas reciente , la propia administracion concursal , en la famosa opion B de la  carta concursal (dacion en pago de los sellos )no esta aplicando el mismo criterio financiero por lo que se asegura lo anterior .espero tu analisis 
Xphoenix 16/09/19 10:07
Ha publicado el tema Parte 5 : la administracion cocursal no sabe sumar
Xphoenix 05/09/19 10:34
Ha respondido al tema Parte 4 : los administradores concursales : omitiendo datos
  El  Tribunal supremo puede emitir la sentencia que estime oportuna para no responsabilizar al Estado , que es, el que en definitiva depende, pero que es  falso que la compañia  falseo las cuentas anuales, en la sentencia a la que hace usted referencia y esto lo sabemos por los requisitos exigidos por :  la legislación mercantil, el registro oficial de auditores de cuentas ,  acta notarial para otorgar validez a un contrato.  El artículo 198 del Decreto 2 junio 1944, por el que se aprueba con carácter definitivo el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, regula las actas notariales. Un acta notarial es elaborada a instancia de parte y sirve para consignar hechos y circunstancias que los notarios presencien o les consten y “que por su naturaleza no sean materia de contrato.” y tres mil barreras mas . o ¿me vas a decir tambien que los lotes filatelicos con el precio incluido en la ultima hoja , no se lo miraron durante 27 años . ¿Que submundo me has creado para no decir nada?, que si tiempo ocioso que si “ocupaciones empresariales de alto nivel”. No hagas luz de gas. Y tu sabes que esto es el resultado de la decisicon de uno o varios sicopatas ,, que se da mucho en politica
Xphoenix 28/08/19 17:31
Ha respondido al tema Parte 4 : los administradores concursales : omitiendo datos
¿que podemos hacer con todo este material? y ¿donde presentarlo?.En el tribunal supremo.En el tribunal de Estrasburgo (que ya tiene la consigna de los estamentos españoles ) , que tramita para la no ruptura y conciliacion  de la comunidad europea En la television donde se anestesia a la gente con tonterias,   El principal motivo de intervencion fue la insuficiencia de fodo de provisiones para compromisos futuros.¿Pero acaso el activo de la venta de mercaderias no es en si un haber?.¿Las existencias no acumula por si mismo un valor ?,si la operativa de la empresa es retener los valores filatelicos hasta encontar nuevos clientes , en  si en esto se basaba el pacto de recompra.La incertidumbre de los compromisos es incierto pero el volumen de ventas cada vez era mayor  ,es decir que ls existencias es liquidez facilmente realizable, y por otro lado ¿donde se impone  un fondo de reserva obligatorio como el FRO de las cooperativas para acreedores  a corto o largo plazo?, donde se exige un 20% del resultado cooperativo  , por que Afinsa no era una cooperativa . Deberia haber salido una sentencia faborable por que  por el tiempo invertido en la resolucion del caso bien podria  ser considerado como un vacio legal.    
Xphoenix 20/08/19 09:47
Ha publicado el tema Parte 4 : los administradores concursales : omitiendo datos
Xphoenix 25/07/19 16:42
Ha respondido al tema A ver si vamos sacando algo en claro en Europa...
y tambien hace dudar mucho de que  el perfil filatelico no se ajustaba a los catalogos internacionales admitidos. Si hay inspeccion fiscal y se indica el nombre del catalogo , junto con el valor  del lote y nombre de la serie y el pais.Si esta bajo acta notarial. Una niña llena un vaso de agua - ABC TRIBUNALES La Fiscalía de Huelva investiga los precios del agua de la empresa pública Giahsa La  Fiscalía de  Huelva ha abierto  diligencias de investigación para determinar (o descartar) si la empresa pública de aguas  Giahsa y los responsables políticos de la Mancomunidad de Servicios de Huelva ( MAS) –de la que depende- han incurrido en algún delito en relación con el establecimiento de precios del servicio.
Xphoenix 18/07/19 10:05
Ha respondido al tema A ver si vamos sacando algo en claro en Europa...
en el informe de la administrcion concursal que se puede descargar en formto pdf : http://www.rdmf.es/wp-content/uploads/2007/04/informe-administracion-concursal-afinsa.pdf. en la pagina 189 dice sobre el analisis de AFINSA B.T con sus proveedores : " "El motivo de la sustitución de proveedor, según la concursada, es la detección de importantes irregularidades en las partidas de sellos vendidas por Guijarro, que se estaban poniendo de manifiesto durante l a inspección fiscal que se desarrollaba en la Compañía.". Si una empresa tiene avidez por captar nuevos clientes no potencia la creacion de contratos  de 25 meses sino de 12 meses,con objeto de tener mayor liquidez a corto plazo , como ocurrio en el 2006 (44%) que superaba  el de 25 meses(41%) sobre un año : -  los de 25  meses                   : 25-30-37-44 en porcentaje del volumen total de operaciones contratadas en 2003-2004-2005-2006 respectivamente -  los de 12  meses                   : 62-56-49-41 en porcentaje del volumen total de operaciones contratadas en 2003-2004-2005-2006   respectivamente. A ver si sale algo de esto en los telediarios y no tanto intento de cicatrizar las heridas con el olvido o con algun monotema  , como algun caso de violencia de genero  con perdon de la victima o poner en el punto de mira ridiculeces como el valor nutricional de los frutos secos.  por cuestiones personales tal vez ,familiares ,de cada uno .            
Xphoenix 11/07/19 09:47
Ha respondido al tema A ver si vamos sacando algo en claro en Europa...
" La falta de control institucional de las empresas y el anormal funcionamiento de la Justicia no pueden quedar impunes".: por lo que se desprende de la propia redaccion del informe de la administraacion concursal  ,no hubo falta de control. Vease parte 3 "La falta de liquidez de las empresas y escaso valor de los bienes filatélicos no deben repercutir en los clientes de las mismas".por lo que se desprende de la propia redaccion de la administrcion concursal:los  valores de los bienes filatelicos estaban controlados por inspecciones fiscales . Vease parte 3. La falta de liquidez si queremos numeros y no frases tan categoricas debes encontrarlos donde se encuentran.en las auditorias  de cuentas   si despues de 27 años  los contratos a 1 año representaban el 65 % y el de 25 meses representaaba el 25 % no prece muy indicativo de necesidad de liquidez para captar clientes a corto plazo .Si el volumen de operaciones iba aumentando al contrario de lo que se supone que es un negocio piramidal donde  en la fase final se estanca  para terminar ahogandose  tampoco parece indicativo de estafa piramidal
Xphoenix 01/07/19 09:39
Ha publicado el tema Parte III :