Pero tengo que seguir poniendo que tengo un inmueble por el 25%? O al venderlo ya no?
Em el impuesto de sucesiones me aparece el total de la herencia(no solo el de esa casa) y la cuota de autoliquidación.
Donde aparece cada bien detallado y con precio es en la escritura de herencia. Digo yo que de ahí se saca el dato no?
La cuota de autoliquidación también se pone en gasto de adquisición no?
Muchas gracias oor la respuesta.
Entonces en gastos de transmisión tan solo la plusvalia municipal.
Y los: gastos notaria,impuesto de sucesiones,registro de propiedad se los sumo al valor de adquisición?
Es ok?
Debes seguir poniendo que tenías el 25% de ese inmueble en tus propiedades? Se vendío en diciembre, por lo que entiendo que sí.
El valor de adquisición es el que aparece en la escritura de herencia y la fecha transmisión es la fecha fallecimiento,verdad?
Dudas que me salen...
El valor de adquisición es el del la escritura de herencia no?
Si el valor de la casa es 140.000 pero hay 4 herederos... en valor de adquisición tengo que poner 140.000 o 35.000?
Que se pone en "Gastos adquisición" ? Los gastos de notarías, plusvalía municipal etc?
Y en el de "Amortizaciones"?
Y en Gastos de transmisión?
Por cierto los gastos decucibles son estos no?
Honorarios de la
Notaría
Honorarios del
Registro de la Propiedad
Impuesto de Sucesiones (la parte proporcional que corresponda al inmueble)
Honorarios profesionales, si intervino algún abogado o gestor (parte proporcional)
Plusvalía pagada al Ayuntamiento (Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana)
Debes seguir poniendo que tenías el 25% de ese inmueble en tus propiedades? Se vendío en diciembre, por lo que entiendo que sí.
Por cierto, viendo esto: http://www.enalquiler.com/guias/desgravar-alquiler#valencia
Se supone que no hay limite de edad no¿?
EDITO: Y el importe es tan simple como poner si pagas 400 euros al mes, y tienes octubre-noviembre-diciembre, pues pones 1200 y ya te lo calcula, no?