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Vinculo

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Vinculo 04/06/24 17:30
Ha respondido al tema Venta Vivienda Habitual / Domicilio Fiscal - IRPF
Gracias leopol. Ya dije antes en el hilo que la venta de la vivienda ha generado una pérdida patrimonial,  y que paga los impuestos en el país donde reside. Ha sido una cuestión de dejación,  no tengo la menor duda de que no pretende aprovecharse de ninguna situación. Pero efectivamente la solución adecuada es regularizar presentando los últimos IRNR.
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Vinculo 04/06/24 17:23
Ha respondido al tema Venta Vivienda Habitual / Domicilio Fiscal - IRPF
Exacto. Como dije antes se trata de una persona que se fue a otro país con previsión de estar unos meses y no dijo nada, ni aquí ni allí, sin más. No tuvo asesoramiento y de ahí su situación completamente irregular. No ha presentado declarción irpf  en todo este tiempo. La solución es esa, IRNR de los ejercicios no prescritos y comunicación de su domicilio actual. Gracias por la ayuda. 
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Vinculo 04/06/24 16:37
Ha respondido al tema Venta Vivienda Habitual / Domicilio Fiscal - IRPF
Creo que te equivocas. Mi cliente no ha hecho uso de los servicios públicos en España más que lo hubiera hecho un alemán. Y a tu pregunta...a cambio de que? Pues quizá a cambio de 25 años cotizados con anterioridad,  aunque como te digo, no ha sido así. Por cierto,  tienen derecho a la sanidad pública los residentes en España,  aun estando en situación irregular. Y ya creo que te equivocas del todo cuando hablas de falsedades. Aquí nadie pretende engañar a nadie.  Se da una situación irregular y pregunto si alguien sabe la mejor forma de regularizarla desde el punto de vista fiscal, que es de lo que trata este foro. Veo que haces prejuicios sobre la justicia social,  el bien y el mal...Creo que o no me he explicado bien o me has entendido mal. Siento las molestias y las ofensas,  que parece que las ha habido.Gracias. 
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Vinculo 04/06/24 12:58
Ha respondido al tema Venta Vivienda Habitual / Domicilio Fiscal - IRPF
No, no es imposible responderme. De hecho lo haces y me resulta interesante lo que opinas.Sin embargo, creo que las cosas no son blancas o negras (topico).La persona que ha vendido su vivienda, hace 10 años que se fue a Belgica.No comunicó cambio de domicilio en España ni tampoco comunicó nuevo domicilio en Bélgica, simplemente empezó a trabajar y a pagar impuestos allí; dejando de presentar declaraciones de IRPF aqui en España y tributando en el nuevo pais de residencia.Según el artículo 9 de la LIRPF,  el hecho de no residir "efectivamente" más de 183 dias la convierte en no residente.En consecuencia creo que, a pesar de no comunicar su cambio de domicilio y salida del pais a otro de la UE, está claro que es residente en Belgica y no en España.Esto se puede demostrar documentalmente ante cualquier administración. Existen contratos laborales, contratos de alquiler, etc....Por eso creo que, si uno puedo realmente demostrar que no ha residido en España durante un periodo de tiempo (en este caso un largo periodo) lo convierte en no residente, y por lo tanto no estará obligado a presentar el Modelo 100 (existe jurisprudencia en este sentido). Otra cosa es que pasa con los rendimientos obtenidos en España durante ese periodo: En este caso han sido CERO. Tambien hay que ver las obligaciones formales incumplidas (no comunicar cambio de domicilio sancion leve 100 €).Y  la cuestión, llegados a este punto y considerando todo lo anterior, creo que existen 3 opciones con respecto a declarar o no la perdida patrimonial.- No declararla, no presentar IRPF- Presentar Modelo 100 incluyendo UNICAMENTE la perdida patrimonial de uno 3k € y estableciendo un nuevo domicilio fiscal en España (vivienda alquiler).- Presentar Modelo 210 modificando y comunicando el nuevo domicilio en el otro Estado.Ya se que es complejo, pero.... por eso estoy aqui ;)
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Vinculo 02/06/24 21:19
Ha respondido al tema Venta Vivienda Habitual / Domicilio Fiscal - IRPF
Gracias por tu respuesta. Es cierto,  pero entiendo que dependiendo de la repercusión económica que tenga para el fisco desde el punto de la recaudación,  las consecuencias serían unas otras.Aquí nadie ha dejado de recaudar los impuestos correspondes y es justificable documentalmente.Que es una situación irregular es indudable.Consecuencias impredecibles seguramente,  pero creo que en cualquier caso no serían muy gravosas.
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Vinculo 02/06/24 19:00
Ha respondido al tema Comunicación de Datos a la Seguridad Social Autónomos Societarios - Seguridad Social
Gracias por tu respuesta Amicus.La cuestión es que accedo con Certificado Electronico vía SEDESS  "Empresario Colectivvo. Identificación de Empresa.Asignación de CCC Inicial" y efectivamente entro en una especie de herramienta donde puedes introducir los datos (aún no lo he hecho porque ni tenía la escritura de constitución y modificaciones posteriores, y porque tampoco estaba seguro de si tenía que hacerlo o no).Una vez ahí, me llama la atención que solamente accedo a una de las empresas donde el Autónomo Societario tiene participaciones sociales, la única empresa activa.Sin embargo tiene participaciones en otras dos Sociedades Limitadas inactivas que no aparecen (no se si cuando se rellenen los datos de la SL activa aparecerán las otras dos).Mis dudas son:¿La gente en realidad rellena este formulario online, informando de algo que ellos saben de sobre?Una compañera ha presentado un Escrito via Registro diciendo exactamente eso, que esa información está en poder de la Administraciones Públicas.La otra es ¿que consecuencias tiene no rellenar el formulario que solicitan?Gracias de nuevo  saludos.
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Vinculo 11/03/24 11:48
Ha respondido al tema Consulta sobre la DAR - Subsidio
Yo presenté mi DAR hace unas semanas telematicamente con certificado digital y todo fue bien .La verdad no se si se pueden adjuntar archivos, en ese momento,  pero al dia siguiente recibí una llamada de un amable funcionario del SEPE pidiéndome  que le llevase urgentemente la declaración del IRPF del ejercicio 2022, porque "estaban cerrando la nómina ", palabras texruales. Yo creía que no era necesario adjuntarlo la declaración del IRFP.  Primero porque refleja rentas del ejercicio 2022, y segundo porque es sabido que el SEPE obtiene información directamente de la AEAT. Pues bien, si no hubiese aportado la declaración de IRPF de 2022 me hubiesen suspendido el subsidio. Supongo que no en todas las oficinas del SEPE te llaman para que sin cita aportes documentación que requieren.
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