Hola, Os queria consultar sobre el tema de la tibutacion de las plusvalias o minusvalias de las Eroski.
He estado revisando este tema, y no son plusvalias propiamente dichas, sino que el canje de las eroskis tributarian como rendimientos de capital mobiliario positivo a pagar a Hacienda. Pero no se pueden compensar con las minusvalias producidas por la ventas de acciones o Fondos de Inversion, pues segun creo tributan y se compensan de otra forma.
Por lo que segun puedo apreciar si tienes rendimientos positivos despues de acudir al canje de las eroskis no se pueden compensar con las perdidas ocasionadas por la venta de acciones o fondos de Inversion. Esto es asi o me equivoco
Gracias. Un saludo
Error mio. Me he descuidado y no compre o vendí dos meses antes de final de año. Pense que se podrian mantener y que NO se tendria que declarar nada del canje hasta que no se vendiesen totalmente.
No me interesa que me carguen al enorme plusvalia que se acumula al realizarse el canje.
Un saludo
Hola . Bueno, pues vendidas a 41% . Asumo la perdida, como si fuera el caso de cuando compras en bolsa y en mas de alguna ocasión, la inversion es mala y tenemos una pequeña perdida.
Pero no deseo esperar a Diciembre o final de año por si hay que salir corriendo.
No me interesa declarar esas enormes plusvalias por el canje.
No creo que las vuelva a comprar despues de dos meses. Con este dinero miraré si hay algo mas interesante para invertir.
Un saludo y GRACIAS.
Hola, Desearía información sobre la forma de TRIBUTAR para el caso de los que acudimos al canje por las nuevas Eroskis en el mes de Febrero de 2016.
Pues mi caso es que todavia no he vendido y pensaba quedarmelas un tiempo mas: LA nuevas OS Eroski que me correspondieron al acudir al canje de las antiguas AFS de Eroski, por la cuales nos hicieron una quita del 30% del valor nominal y despues nos devolvieron en efectivo el otro 15% del valor nominal de la antiguas AFS Eroski.
Mi duda me viene para el año que viene para hacer la Declaracion Renta del proximo año. Al NO haberlas vendido las nuevas OS Eroski. Se tiene TRIBUTAR, se tiene que hacer constar algo en la proxima Declaracion Renta. En la operacion de canje se produjo una quita o perdida del 30% y después una devolucion del 15% del nominal ( que en este segundo caso tengo una ganancia pues la compra media en varias operaciones es del 41% ).
Se tiene que hacer constar en la Declaración Renta del proximo año alguna de estas operaciones de perdida o ganancia.
O POR EL CONTRARIO, hasta que no haya una VENTA TOTAL de todas las nuevas OS Eroski que te asignaron tras el canje, NO se tiene que declarar nada.
Podéis ayudarme en este tema.
Gracias.
Venga que la fiesta continua USA continua para arriba y nosotros ya veremos, mas bien para abajo. Bueno a ver como acaba esta noche este festival.
Mañana viernes , a los pequeños, intentaran tomarnos el pelo. Como siempre.
Que poca vergüenza. Mucho cara dura es lo que tenemos en la Gran Europa Social y cogiendo como siempre la delantera la Gran alemania. Cada vez estoy mas desengañado con CEE. Y sinceramente me duele mucho decirlo. Pues siempre he sido un gran defensor de la Comunidad Europea.