Querido Sr/Sra Emmamani
En primer lugar gracias por su aportación.
Tengo que decir que encuentro bastante coincidencia entre sus explicaciones y las de la compañía, lo que me hace preguntarme (espero que no se ofenda) si la respuesta me llega procedente de un empleado o directivo de la misma y no de un simple usuario de seguros. Si no es así le ruego disculpas de forma anticipada.
Lo que se viene a decir es que la compañía tiene derecho a hacer lo que ha hecho en los distintos temas expuestos, en base a los articulados de la póliza y de las leyes sobre seguros.
Pues claro. Faltaría más. Porque si por mi parte se estuviera acusando a Génesis de cometer alguna ilegalidad en vez de, o además de, un escrito de queja al Departamento correspondiente en Génesis y de una exposición en un foro como este estaríamos hablando de una demanda ante los tribunales o, por lo menos, una queja ante Consumo.
Como he reflejado en mis escritos a la compañía, y también creo que en mi exposición inicial en este foro, mi queja no iba en si la actuación era o no legal sino si ha sido justa (o si el termino parece demasiado formal si el tratamiento ha sido el que es merecedor, o cabe esperar, por parte de un usuario de seguros de mis características).
Últimamente he visto en televisión un anuncio de un Banco, lamento no recordar cual, en que una joven que está celebrando su fiesta nupcial hace un aparte con una hermana que parece ha tenido una ruptura con su pareja y, en ese aparte, la invita a que olvide a ese chico y la hermana le dice que piensa olvidarse de todos los hombres porque todos son iguales. La recién casada, con un poco de sorna, le dice que entonces también todos los políticos serán iguales, como todos los empresarios, etc.
El mensaje final del anuncio viene a decir algo parecido a "si consideras que todas las cosas son iguales estás renunciando a encontrar algo mejor"
Los articulados de las pólizas de todas las compañías supongo que, más o menos, deben ser parecidos pero no necesariamente los criterios para aplicarlos deben ser iguales.
Como pienso que no todas las compañías actúan igual he procedido a detallar aquí como, por lo menos en mi caso, actúa Génesis y, al mismo tiempo, invito a otros usuarios que, en condiciones similares a las explicadas por mi, han recibido tratamiento diferente, en sentido positivo desde otras Compañías (y al mismo tiempo invito a que indiquen cuales han sido esas compañías porque pienso que, para nosotros los usuarios, es útil que aseguradoras son las que nos tratan mejor)
Como digo mi queja no iba dirigida sobre la legalidad sino sobre la justicia de la decisión.
Por ejemplo admito (dado que no soy experto en temas legales) que la compañía tenga derecho a rechazarme como cliente y negarme a contratación del nuevo seguro pero ¿está obligada a hacerlo? ¿Puede, o no, optar por otra medida como aplicarme una tarifa superior eliminando bonificaciones?
Desde luego, en este supuesto, no tendría motivo de queja ya que tras casi tres décadas, beneficiandome de dichas mejoras en precio, por no dar siniestros, tengo que entender que en esta nueva contratación pierda esta ventaja porque, ahora sí, he tenido un siniestro.
Lo que me es más difícil de entender es que tras 37 años y más de 300.000 kilómetros con un comportamiento modélico como conductor (sin siniestros por mi culpa y sin multas) ahora se me considere un conductor "peligroso" al que vetar la contratación.
Por cierto que durante cerca de 30 años con vehículo y seguro propio, hasta el siniestro de enero, también he sido un usuario muy rentable para mis distintas compañías de seguros ante la ausencia de siniestros por mi culpa.
Como decía anteriormente invito a otros usuarios a las que, en situación semejante, se les ha dado un mejor tratamiento a que lo hagan público diciendo que aseguradora es la que les ha dado mejor tratamiento.
Por lo que respecta al segundo punto de mi queja he reconocido a la aseguradora, y aquí en mi exposición inicial en este foro, el error existente por mi parte al no comunicarlo en su momento.
No obstante aquí también creo, pese al articulado o lo que estipule la Ley de Seguros, la aseguradora podría tener el derecho a no pagar pero, no necesariamente, la obligación de no pagar la reparación si lo estima de justicia.
Aquí también pienso que puede haber distintos criterios. Sospecho que puede haber esa diferencia incluso DENTRO DE LA MISMA COMPAÑÍA y lo que me hace pensar eso es que, cuando he llamado para consultar si es indemnizable o no, en vez de rechazar directamente (como supongo que la persona que me atendió hubiera hecho si en ningún caso indemnizaran al comunicar con retraso) lo que hacen es pedirme que les facilite copia de la factura y nombre y teléfono de Renault donde puedan confirmar. Entiendo que si no se paga en ningún caso no tiene objeto su interés en disponer de la factura y del nombre de contacto en Renault.
En su comentario Emmamani se dice que es "solo mi palabra y la del taller"
Yo preferiría decir que es "no solo mi palabra SINO TAMBIÉN la del taller". Es decir que se puede corroborar por un tercero no vinculado a mi persona (familiar, amigo, etc.) y que el único conocimiento que tiene sobre mí es el de llevar habitualmente el vehículo para reparaciones o mantenimientos.
SI la aseguradora hubiera contactado con el taller y ver si el operario les daba una explicación coherente, si hubiera consultado SI , al tratarse de una nave con capacidad para bastantes coches y con varios operarios trabajando a la vez unos junto a otros, había algún segundo operario que pudiera haberlo visto, SI hubiera consultado a los responsables de Renault sobre la fiabilidad y honorabilidad del operario, SI hubiera consultado a Renault sobre si en la ficha de la reparación había alguna constancia sobre la existencia de esos restos de animal o SI hubiera consultado por la existencia de fotos (aunque supongo que esto no se debe hacer y es más díficial que exista) podría pensar, que independientemente de la resolución final, la aseguradora había hecho intentos por tratarme con justicia.
Pero no me consta nada de eso.
Por contra esa idea de que "es solo mi palabra y la del taller" lo que me transmite es que la aseguradora piensa que por 1.282 euros (los 1.582 de la reparación menos los 300 de franquicia) no solamente he sido capaz de mentir en la declaración sino también de confabular con un tercero (el operario del taller) para engañar a la compañía.
Si ya de por si me puedo considerar ofendido por ser considerado como conductor peligroso, pese a mi historial durante los 37 años anteriores, esto hace aumentar hasta el máximo mi sentimiento de ofensa.
Como en el caso de la contratación también en este supuesto invito a usuarios que hayan sido indemnizados, a pesar del retraso en la comunicación, que den conocimiento de ello y del nombre de la compañía.
Haciendo de nuevo mención a los articulados de la póliza, etc. mencionados en su respuesta quiero hacer otra consideración.
¿Deben ser un mínimo a reclamar o, por el contrario, un máximo al que puede aspirar el usuario de seguros? Tal como se plantea aquí parece ser que es el máximo a lo que aspirar y que el deseo a ser tratado con justicia ya rebasa ese máximo.
Aquí tengo que decir algo parecido a lo que ha declarado Placido Domingo en su reciente acusación por abusos sexuales de que "lo que se considera socialmente aceptable actualmente es distinto de lo que se consideraba aceptable hace 30 años".
Los articulados o las leyes no siempre garantizan que la respuesta sea "socialmente aceptable" sino que también hay otras consideraciones.
Voy a poner dos ejemplos que últimamente han sido muy seguidos por la prensa.
El primero es el de las clausulas-suelo en las hipotecas. También en este caso estaban en el clausulado de las pólizas y, además, con la firma de un fedatario público (el notario). ¿Cual es la situación actual de las clausulas suelo?
El segundo es el del pago del Impuesto de Transmisiones y Actos Juridicos Documentados en las hipotecas. En la prensa leí la información de que se estipulaba el pago del impuesto por el solicitante de la hipoteca en el Reglamento del Impuesto. ¿Cual es la situación actual de la obligación de pago del impuesto?
Si bien las aseguradoras no tienen, todavía, el rechazo social que alcanzaron las entidades financieros recomiendo a los señores de Génesis que se anden con ojo porque, a lo mejor, no están todavía tan lejos.
Siento haber sido tan prolijo pero es que me siento muy, muy ofendido por el tratamiento de la compañia.
Independientemente del acuerdo o discrepancia que podamos tener en este tema no quiero despedirme sin agradecer, de nuevo, la aportación realizada
Un saludo