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Participaciones del usuario valles23

valles23 24/12/24 23:37
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
ueda sin efecto el formulario de solicitud de devolución para mutualistas habilitado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024También quedan sin efecto las solicitudes de devolución del IRPF presentadas para la aplicación de la DT 2ª de la LIRPF de los ejercicios 2022 y anteriores no prescritos, cuya devolución no se hubiera acordado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024, cualquiera que sea la vía que se haya utilizado para su solicitud.A partir del 22 de diciembre de 2024, queda sin efecto el formulario de solicitud de devolución para mutualistas habilitado con anterioridad a dicha fecha.¿ SE PUEDE INTERPRETAR QUE QUEDA SIN EFECTO EL FORMULARIO QUE HABIA , PARA LOS QUE QUIERAN HACER LA RECLAMACION A PARTIR DEL 22-12-2024?SI FUERA ASI, ENTIENDO QUE LOS QUE TIENEN LOS EXPEDIENTES DEL AÑO 2019 AL 2022 TRAMITADOS, COBRARIAN YA POR EL TOTAL EN ESTAS FECHAS
valles23 23/12/24 20:48
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Yo pienso lo mismo
valles23 06/05/24 19:05
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Gracias 
valles23 06/05/24 18:35
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Pero crees, tal como te expongo, que estaría dentro de los jubilados con derecho a reclamación?Lo digo porque he leído, no se si es verdad, que solo corresponde a los que trabajaban en aquel entonces en según que actividades concretas (Banca, Seguros, etc)
valles23 06/05/24 18:16
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Me puedes contestar?Mi cuñado falleció con 77 años el 2022Empezó a trabajar a partir del año 1965 en un hotel, después en un taller de vehículos, después de representante, etcSu viuda (mi hermana) puede reclamar lo que le pueda corresponder  del año 2019-2020-2021 y 2022 ???Tal como lo expongo, estaría dentro de los jubilados que les corresponde estos atrasos??Siempre cotizó en las empresas que estuvo trabajandoGracias
valles23 03/04/24 09:12
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
 Al consultar mis datos fiscales hay un apartado que pone " Ajuste Por Mutualidades -DT2 LIRPF- ", y me indica una cantidad en negativo -4220Entiendo que esta cantidad me la deducirán de mis Retribuciones dinerarias.Pregunto:¿En este ajuste va incluido todo lo que pueda estar pendiente desde 2019 a 2023?¿Tengo que reclamar lo que pueda corresponder de los años 2019 a 2022?¿Este ajuste  proseguirá en años venideros?Gracias
valles23 03/04/24 02:03
Ha respondido al tema Ajuste por Mutualidades - DT2 LIRPF
Al consultar mis datos fiscales hay un apartado que pone " Ajuste Por Mutualidades -DT2 LIRPF- ", y me indica una cantidad en negativo -4220Entiendo que esta cantidad me la deducirán de mis Retribuciones dinerarias.Pregunto:Esta cantidad corresponde a este año 2023 y debo reclamar años anteriores 2019 a 2022?ó , esta cantidad  es una devolución desde 2019 hasta la fecha?Gracias 
valles23 19/07/22 15:40
Ha respondido al tema Abengoa levanta el vuelo
Pardillo61, en primer lugar presentarte mi respeto,  porque  sin conocerte , comparto la mayor parte de tus inquietudes y desconfianzas. Efectivamente estamos en una selva de la que no puedes confiar en nada ó como digo a mis nietas , cuando veas un vaso míralo por un lado y después por el otro. The Objetive, que te dice y que ó quien hay detrás. Actualmente , ya se decía hace muchos años,  hay un/unos poderes fácticos y que todos  sabemos  ! hay pobres bancos! que nos hacen ver el vaso como ellos quieren. El poder de los medios esta´completamente comprado. Como los políticos , muchas palabras y pocos hechos. Yo siempre digo que el que tiene mejor verbo/palabra no significa que tenga la razón , y de eso se aprovechan estos medios que intelectualmente están mejor preparados,   pero que esta superioridad no la utilizan para, con libertad, decir la verdadReferente a Clemente, no estoy de acuerdo contigo, creo que es de las personas en las que se puede confiar, consiga o no lo que perseguimos
valles23 19/02/22 13:18
Ha respondido al tema RUA abogados caso popular
Pregunto porque no lo se, ahora en otro foro , por mediación de una persona coherente me entero de lo que puede ocurrir (no es una ciencia exacta) pero desde luego no tiene nada que ver con lo que dices. De todos modos gracias por tu esfuerzo para informar de lo que tu crees que es verdad. Gracias de verdad
valles23 11/02/22 15:51
Ha respondido al tema RUA abogados caso popular
Las costas , reglamentariamente, pueden costar hasta un maximo del 30% de la cantidad reclamadaLas costas , pueden no cargase, si el juez interpreta que la reclamación tiene suficiente causa y legitimidad de tal reclamaciónLas costas , si se hace una demanda por "cantidad indeterminada" pueden suponer un cargo de hasta un 30% sobre 18000 eurosLas costas. . . . .  . etc etcSi me contesta alguien , ruego que sea una persona con conocimientos, logica  y coherenciaGracias