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Participaciones del usuario uranoscopus

uranoscopus 14/01/16 15:43
Ha respondido al tema Impuesto de sucesiones de Andalucia (residente en el extranjero)
Gracias por la respuesta. Pero en la opcion 1º, teoricamente habria un reparto al 25% del capital para cada uno de los cuatro, mientras que en la 2º opcion el 50% corresponde a mi padre, y del otro 50%, el 16,66% corresponderia a cada hijo ¿No habria una donacion encubierta hacia los hijos con la 1º opcion? Un saludo.
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uranoscopus 14/01/16 12:53
Ha respondido al tema Impuesto de sucesiones de Andalucia (residente en el extranjero)
Buenos dias Ya hemos presentado el impuesto de sucesiones y obtenido la documentacion para pagar las plusvalias de las 2 viviendas. Ahora nos surge una duda, espero que ultima, sobre el tema de la cuenta bancaria. Existe una cuenta corriente donde figura mi padre y mi madre (fallecida), y nos han propuestos 2 posibles cambios a realizar para normalizar esta situacion: 1º) Crear una unica cuenta bancaria con mi padre y los 3 hijos, todos como titulares. Propuesto por el banco. 2º) Crear 2 cuentas bancarias, una con mi padre como titular, y alguno de los hijos como autorizado. Y otra cuenta con los 3 hijos como titulares y mi padre como autorizado. ¿Que opcion es la correcta? Gracias
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uranoscopus 15/12/15 11:26
Ha respondido al tema Impuesto de sucesiones de Andalucia (residente en el extranjero)
Buenos dias Una nueva duda, y espero que ultima. Ya tenemos todos los papeles necesarios para liquidar el impuesto de sucesiones los 3 hermanos. Mi padre tenia una cuenta a nombre de los dos, mi madre y él, y otra cuenta bancario solo a nombre de mi padre. ¿El saldo de la cuenta de la que mi padre es unico titular debe tenerse en cuenta en el calculo del impuesto de sucesiones? O unicamente donde figura mi madre (fallecida) como titular/cotitular? Estaban casados con bienes gananciales. Gracias.
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uranoscopus 04/12/15 15:56
Ha respondido al tema Impuesto de sucesiones de Andalucia (residente en el extranjero)
Una duda mas, si no es inconveniente. Una de mis hermanas en partidaria de no hacer la escritura de adjudicacion de la herencia ya que no es obligatorio. Solo se haria cuando se quiera vender alguno de los 2 inmuebles o se hipoteque, si fuese el caso. ¿Que ventajas o inconveniente tendria no hacer dicha escritura de adjudicacion? El impuesto de plusvalias de cada inmueble, si que lo pagaremos en cada ayuntamiento. Aunque no hagamos dicha escritura ya que es obligatorio en un plazo de 6/12 meses. Gracias de nuevo.
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uranoscopus 03/12/15 11:03
Ha respondido al tema Impuesto de sucesiones de Andalucia (residente en el extranjero)
Muchas gracias leopol72. Hablare con otra de mis hermana ya que trabaja en una notaria. Por lo que he leido en rankia la hermana que vive en el extranjero podra aplicacion la normativa de la comunidad autonoma donde vivia el fallecido pero debera liquidar el impuesto a nivel estatal desde la web de la agencia tributaria. --> Herencia con fallecido residente en España, en alguna Comunidad Autónoma: tanto los herederos residentes en España como los herederos residentes en otro Estado de la UE o del EEE podrán aplicar la normativa de la Comunidad Autónoma donde vivía el fallecido.
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