Yo creo que eso que pretendes no es posible. Una vez realizada la partición de herencia, la titularidad de la parte que era de tu madre se adjudica a cada heredero por partes iguales y a tu padre el usufructo. Cuando tu padre fallezca tendréis que liquidar la herencia de él e incluir los bienes que tenga en el momento del fallecimiento. Si lo tenéis en un banco/caja la oficina gestora os pedirá un certificado por el saldo a fecha de fallecimiento.
Por lo visto el TEAR esta desestimando las reclamaciones. Queda ver que dice el TSJ. De momento la única posibilidad es acudir a la tsascion pericial, de incierto resultado.