Muchas gracias por la consulta vinculante. Lo tenía claro y ahora más, pero de lo que no encuentro nada al respecto es de los mayores de 65 años siendo su vivienda habitual, pero entiendo que para ellos es exactamente igual que para cualquier contribuyente más. Muchas gracias por tu aportación.
En rendimientos del trabajo, en la casilla de retribuciones dinerarias tienes que meter la base de cotización y en gastos deducibles el importe de seguridad social.
La forma de cálculo que han puesto es un 3% del valor catastral, como si lo hubiera tenido alquilado esta persona, pero en realidad lo tenía alquilado su madre. Ella solamente tenía la nuda propiedad y nunca ha declarado nada en renta. Mi pregunta es si tiene que descontarse esas amortizaciones (que se dedujo su madre) en la venta igual que si lo hubiera tenido alquilado ella misma. Gracias.
Buenas tardes.Yo presenté un escrito pero la mejor manera es a través de Renta Web:Sede electrónica. Renta 2020. Todos los trámites. Ejercicios anteriores. Seleccionas el año. Modificación de una declaración ya presentada.
Lo mejor es que algún experto se lo mire pero solamente por eso en principio no parece que tenga obligación de presentarla. Pero puede ser que le salga a devolver y le interese. O puede ser que tenga algo más y esté obligada.
Tienes que meterte en este enlace y pinchar en obtener tu referencia para acceder a tu borrador. Es simplemente seguir los pasos y llegarás a tus datos.https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Renta.shtml
Creo con custodia compartida no puedes poner pensión por alimentos, ya que tienes incluido a tu hijo en el mínimo por Descendiente. Esto es cuando la custodia la tiene la otra persona.
Cuando te metes y ves el resultado de tu declaración te sale "NO OBLIGADO" si te sale a pagar y no estás obligado a hacerla con los datos que ellos tienen. Te paso un pantallazo donde te tendría que salir (Debajo de Vista previa).
Gracias por tu respuesta. Pero no me refiero a que por un año que la presentes al año siguiente estés obligado o no. Hablo de que cuando no te aplicas la deducción por la inversión en vivienda habitual pierdas el derecho. Es lo que no me queda claro. Y en este claro aún pagando hipoteca le sale a pagar, aunque poco. Gracias.