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La imperiosa necesidad de la aprobación del remate en las subastas judiciales
Bueno, os cuento yo la mía.He participado en una subasta. El inmueble es considerado vivienda habitual del deudor. Vamos, que en teoría debería pujar por el 70% del valor de tasación para adjudicarmelo.Pero...ya me ha pasado otras veces que por una cantidad inferior me lo han adjudicado.En fin, me lo pienso y llego al 50% pero no paso de ahí. Considero que habría poco que ganar. Ya me devolverán el depósito al día siguiente o el ejecutado/ejecutante pedirán su adjudicación!Y...parece que ni ejecutante ni ejecutado lo piden, ni el letrado me devuelve el depósito de una puja que no llega al 70% del valor del bien (vivienda habitual).¿Cuánto debería esperar para preguntar qué pasa?Porque en otras ocasiones me ha pasado de todo. Desde quedarme con un inmueble por menos del 10%... a decirme el letrado que alguien había olvidado de darle al botón de "devolver" el depósito!