En el 2025 queria rescatar mi PP con algunas participaciones anteriores 2007 y otras posteriores pero anteriores 2015 . La reduccion del 40% se puede aplicar aunque el rescate no sea por ninguna contingencia solo por tener el dinero? .La reduccion del 40% la aplica la gestora/banco o te dan el total del capital y en la declaracion hay algun apartado que tenga en cuenta esa reduccion.gracias
El rendimiento negativo que se genera solo se puede descontar en el partado rendimiento de trabajo creo que no se puede descontar con otro apartado de la declaracion.
Mi duda es que al no tener ingresos por trabajo esas cotizaciones no se pueden deducir con nada mas solo con ingresos del trabajo.Parece que quedan pendientes de compensar. Mi duda es si los años que no se han podido deducir se pueden compensar en años posteriores si posteriormente hay rendimientos del trabajo o por ejemplo el año que viene que se puden rescatar los planes de pensiones y tributan como trabajo.¿ Se podria compensar solo el ultimo año o los ultimos cuatro si has tenido bases negativas pendientes de compensar? ¿Si es posible compensar lo haria directamente la AEAT y apareceria compensado el borrador que realizan? Gracias
Si quiero presenta el formulario de reclamacion no deberia importar que durante los años que se reclaman 2019-2022 algunas de la declaraciones fuera conjunta (porque en su dia era lo que mas favorecia). gracias
A mi padre tambien le han desgravado 5.000. Nosotros no sabiamos que habia tributado a mutualidades. Es de suponer que si la Aeat lo ha desgravado es porque tiene derecho a ello.Mi duda es si hacienda podria reclamarlo posteriormente por que dice que se ha equivocado o peor aun le piden justificante de esas aportaciones a mutualidades. Por favor podriais comontar esto ultimo. gracias
En EBN dentro de ajustes en datos personales y en formulario de conocimiento cliente aparece renovar en rojo. Sabéis si hay que realizar alguna confirmación o rellenar algún dato? Gracias
Gracias por tu respuesta. Tendré que contactar con algún asesor porque el importe que tengo para mi es importante o tratar de que en una oficina de Hacienda me respondan (lo dudo).En los ejemplos que me indicas te refieres siempre al año 2026 pero creo que ya en el año 2025 se podría hacer el rescate pendiente siempre de esta dudas que hablamos ya que mi participaciones son compradas antes del 2014 por lo que ya cumplirían la condición de los 10 años. Saludos