Tireless
19/03/15 23:24
Ha respondido al tema
Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
De las FAQ de la CNMV:
¿Qué son las cuentas ómnibus? ¿Están cubiertas por los sistemas de indemnización
a los inversores?
Los valores propiedad de los clientes deben estar identificados en cuentas individualizadas a
su nombre. No obstante, en los mercados internacionales suele ser práctica habitual que la
compra o venta de valores e instrumentos financieros por cuenta de clientes se registre en
cuentas ómnibus o globales para clientes de una misma entidad, sin que conste como titular
el inversor final.
Si concurre esta circunstancia, la entidad debe informarle previamente, así como del riesgo
que asume en caso de insolvencia de la entidad, situación concursal que se regiría por el
ordenamiento jurídico del país que corresponda.
En principio, las inversiones anotadas en cuentas globales de entidades financieras quedan
amparadas por los sistemas de garantía de inversores, dado que la determinación a estos
efectos de la posición acreedora global del inversor frente a la empresa de servicios de
inversión se realiza contabilizando todas las cuentas o posiciones abiertas a su nombre en
dicha empresa. Por su parte la entidad debe establecer un procedimiento interno que
permita individualizar contablemente la posición de cada cliente.
Yo entiendo que las cuentas omnibus no están a nuestro nombre sino al de Interdin, con independencia de que se lleve una cuenta individual de las posiciones de cada inversor, por lo cual el FGD no nos cubriría sino que tendrñia que ser el FOGAIN.
También de la CNMV
http://www.cnmv.es/DocPortal/Publicaciones/Fichas/Ficha_FG.pdf
y llamo la atención sobre el segundo caso del punto 1. ¿quiere eso decir que tenemos que solicitar a Interdin la restitución de los fondos y transcurridos 21 días hábiles la CNMV lo autorizaría? ¿Sería necesaria una solicitud por cada inversor o valdría una certificación por la CNMV para atender todas las devoluciones?