Su intencion es digna de elogio pero, me remito al primer párrafo de mi contestación:, si no esta incluido el colegio en la relacion de entidades e instituciones previstas en la Ley 49/2002 que se destinen a la realización y desarrollo de actividades y programas prioritarios de mecenazgo, no desgrava.Por otra parte, la mejor información se la dará el Colegio, ya que todas estas entidades a que me refiero mas arriba, tienen una Certificacion del Ministerio que las designan como tales.
La Entidad que recibe el "donativo" debe estar incluida en el Registro de Entidades en el que Hacienda reconocen son de utilidad Pública y por tanto las cantidades donadas podran desgravar en el porcentaje que indique.Por otra parte lo que Vd. hace, entiendo que no es una donación, sino un pago de material adquirido o servicios, lo que...por definición. no desgrava.
Si las cuentas de su madre se han nutrido de una herencia de familiares ascendentes o colaterales (padres, hermanos, otros familiares) ya sea por venta de inmuebles o como dinero líquido recibido, es privativo de ella. Igualmente, si le ha venido el ingreso como rescate de plan de pensiones, que no ha aportado élla de su sueldo, sino que es por aportaciones de empresa, tambien es considerado capital privativo.