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Suso Gato Miau

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Suso Gato Miau 31/01/19 18:47
Ha respondido al tema Duda sobre usufructo viudal y vivienda - Herencia
En esa vivienda de Madrid vivieron durante casi 20 años, posteriormente se mudaron por destino laboral TEMPORAL del fallecido a Cataluña 3 años, donde se casaron, pero ninguno adquirió la vecindad civil catalana. No hicieron ningún pacto economico. Por lo que entiendo que el matrimonio se rige por la vecindad civil de ambos conyuges (la común) y por tanto el régimen seria de gananciales ?? (tengo dudas de si el régimen económico del matrimonio en este caso seria gananciales o separación de bienes ¿eso como se puede saber?).    La vivienda se compro y pagó íntegramente durante los años que fueron pareja de hecho, y esta a nombre del fallecido. por lo que entiendo que es un bien 100% privativo del fallecido.   Cuando se mudaron temporalmente a Cataluña arrendaron la vivienda, Actualmente la vivienda continua arrendada.    muchas gracias
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Suso Gato Miau 31/01/19 11:31
Ha respondido al tema Duda sobre usufructo viudal y vivienda - Herencia
Muchas gracias por su respuesta.    Aunque fue la vivienda habitual de ellos durante casi 20 años, en los últimos 3 años esa vivienda fue arrendada ya que por destinamiento laboral de el se fueron a vivir a otra comunidad autónoma, pero ahora que ha fallecido, mi madre querría volver a la vivienda, o en su caso seguir arrendándola para poder pagar otra vivienda.   Con lo que le ofrece la otra parte, mediante la formula del 89, a mi madre le darían apenas el 15% de la masa hereditaria, por lo que tendría para pagar una casa durante 5 o 6 años y luego que? La otra parte ya ha dicho que si no aceptamos solicitara la división judicial de la herencia, y en algunos sitios hemos leído que el juez lo más probable es que les de la razón, obligando a mi madre a conmutar ese usufructo por ese 15%, pues los herederos tienen potestad de solicitar la conmutación y la forma de hacerlo, y la cantidad que elige el juez suele ser mediante esa formula.   Pero en otros sitios he leído que el usufructo viudal da derecho a que la viuda tenga preferencia a solicitar el uso de la vivienda familiar, ya sea en propiedad o en usufructo, pagando la diferencia de valor a la otra parte. Pero no se si este derecho es solo para los casos de que la vivienda sea un bien ganancial de ambos, o se da en todos los casos, pues en este caso la vivienda es un bien privativo del fallecido (lo compró él mientras eran pareja de hecho, antes de casarse)   Gracias.
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Suso Gato Miau 22/10/18 18:34
Ha respondido al tema Duda herencia viuda sin descendientes y con ascendientes
Muchas gracias por su respuesta. Me ha aclarado mucho. Mi madre y su difunto esposo actualmente no vivian en esa vivienda, puesto que él estaba destinado en otra comunidad autónoma y habían alquilando la vivienda para con sus rentas pagar el alquiler de la vivienda en la otra comunidad autónoma, pero ahora en septiembre de 2018 se le terminaba dicho destino, y con el fallecimiento del esposo, lógicamente mi madre esta interesada en venir a vivir a esa vivienda de la que le corresponde el usufructo del 50%, por lo que ella va a intentar es o bien disfrutar de la vivienda (compensando con alguna renta mensual o cantidad al contado dicho derecho) o bien obtener una renta mensual de la otra parte que le permita al menos ayudar a pagar un alquiler de otra vivienda.   Estamos interesados en esa opción, por que suponiendo una rentas netas de la vivienda alquilada de 600€/al mes (800€ renta mensual - comunidad - ibis - gastos varios), la corresponderían aproximadamente 400€ al mes (suponiendo 5/8 a favor de mi madre). Mientras que capitalizando el usufructo daría una cantidad cercana a 32.000€, Es decir, que con la primera opción  en apenas 6,6 años ya habría recuperado los 32.000€" y por eso creo que ejecutar esa formula es mucho peor para mi madre que la de obtener una renta mensual, (o bien disfrutar del piso pagando una renta a la otra parte)   El problema, es que si, como usted dice los juzgados suelen resolver aplicar esa formula para pagar el dinero al cotnado, a cambio de renunciar al usufructo de los bienes, pues entonces no creo que tenga mucho sentido llegar a juicio.   Una ultima pregunta, seria saber que pasa con los bienes hasta la resolución judicial ¿ mi madre peude seguir utilizando el coche? ¿ las rentas del piso que ahora esta cobrando mi madre va a tener que devolverlas?   Muchas gracias  una vez más.
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Suso Gato Miau 16/10/18 10:45
Ha respondido al tema Duda herencia viuda sin descendientes y con ascendientes
Muchas gracias Leopol y los demás.   Respecto al punto 1, veo complicado tener el derecho de uso del 50% de un coche o de una vivienda, ¿ a nombre de quien estarían los bienes? quien disfrutaría los bienes y quien sería el responsable de por ejemplo, alquilar los bienes?    Respecto a los puntos 2 y 3,  no hay ningún bien ni suma de bienes que suponga el 50% del valor (casa 200.000€, vehículo 20.000€, dinero 30.000€) Total 250.000  (el 50% sería 125.000)  y dado que tener el usufructo del dinero no le reporta apenas ningún beneficio a mi madre, ella estaría interesada a tenerlo sobre la vivienda, y en algún sitio he leído que la viuda tiene prioridad sobre la vivienda a la hora de ejercer el usufructo o bien obtener una cantidad de dinero a cambio de renunciar al usufructo   ¿Podría negociar con la heredera legitima, y dado que la vivienda actualmente esta alquilada y genera unas rentas aproximadas de 8.000€/año, repartirse esas rentas a razón de 5/8 para mi madre y 3/8 para la otra heredera? ¿o bien que mi madre obtenga el usufructo del total de la vivienda, y dar a la otra parte una renta mensual vitalicia pongamos de 250€? ¿ o bien pedir a la otra parte una renta vitalicia de pongamos unos 450€? (la fracción de 5/8 la calculo de hacer 125.000/200.000) En caso de negociar con la otra parte una cantidad de dinero (capitalización del usufructo) la ley establece la formula de 89 - edad viuda (63) * el 50% de los bienes a heredar. Esto daría una cifra de apenas 32.500€, lo cual es muy inferior a los más de 100.000€ que resultarían de multiplicar los 5/8 de la renta de la vivienda multiplicados por los años de vida estimada por mi madre según la esperanza de vida actual. ¿A la hora de negociar una cantidad se puede llegar a cualquier cifra, o hay que atenerse a la formula anterior que dan los 32.500€?    Mi duda también es que en caso de no llegar a un acuerdo y que decida la autoridad judicial, que solución suele adoptar el juez, o al menos cual es la doctrina predominante, por que en función de eso podríamos aceptar una u otra cosa en la negociación (Por ejemplo, si resulta que lo más seguro es que el juez establezca que a mi madre le den 32.500€, pues intentaremos llegar a un acuerdo y no pasar por el juez)   Gracias por vuestra ayuda!
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Suso Gato Miau 15/10/18 21:41
Ha respondido al tema Duda herencia viuda sin descendientes y con ascendientes
Solo llevaba 2 años viviendo en Cataluña y no tenia vecindad catalana por lo que se aplica la ley gallega que para este caso es igual que la Nacional a ella le corresponde el 50% de los bienes en usufructo mi duda es cómo llevar a la práctica eso que posibles acuerdos se pueden hacer con la otra heredera se ha negociaciones libre o no si está sujeta algunas normas y en caso de ir a la vía judicial qué solución suele dictaminar el juez
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Suso Gato Miau 12/04/16 14:09
Ha respondido al tema Cancelación cuenta en banco santander de ibanesto por cambio de condiciones
son unos sinverguenzas. a mi me ocurre lo mismo pero peor pues llevo 2 meses varias llamadas emails incluso una visita a la oficina y no la he podido cancelar. pero yo no me quedo de brazos cruzados. reclamacion ante el defensor del cliente bancario, ante banco de españa y a denunciar todo esto por las redes sociales. les va a salir muy caro robarme 10 o 20€
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Suso Gato Miau 12/04/16 14:04
Ha respondido al tema Cancelación cuenta en banco santander de ibanesto por cambio de condiciones
me dicen exactamente lo mismo. despueés de acudir a una sucursal a dejar la cuenta a cero como me dijeron, de llamar por teléfono como me dijeron, de pedir la cancelación de la cuenta como me dijeron y que me dijeron que ya había quedado tramitada la cancelación. ahora me dicen que tengo que volver a una oficina llamar que llamen a un numero y que me digan el saldo de rpecancelación!!! todo ello habiendo recibido el comunicado de cambio de condiciones 15 dias después de que cambiaran!!! He escrito reclamación al defensor del cliente bancario, y al banco de España. no puede ser que sean tan sinverguenzas. hasta 2 veces por teléfono me dijeron que mi cuenta había quedado cancelada y saldo cero y en realidad esta generando comisiones e intereses. llevo 2 meses y es imposible cerrarla. trabajo y no puedo volver a pedir la mañana xa ir a la oficina y que de nuevo se rían de mi. A lo mejor ganaran unos pocos euros con esta manera de actuar tan cutre pero ni yo ni mucha gente q conozco va a tener cuenta nunca en el santander al final perderán miles de euros.
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