Mi casa se construyo en el año 2002, yo la adquiri en el 2005. Dicha casa tenia preinstalacion de aire acondicionado (conductos que van ente el techo y el falso techo). En el año 2006 contrato a un empresa que me instale el aparato de aire ( 1 pieza en azotea y otra en cuarto de baño) y asi se hace. Ante la falta de flujo de aire les reclamo y al revisarlo me enseñan que una de las piezas que forma parte de la canalizacion se ha desprendido del techo y al ser una estrutura rigida logicamente su peso ha roto la canalizacion con lo que el aire se pierde y no llega a las rejilas.
He reclamado a la constructora que me dice que el seguro que garantiza los 10 años contempla daños materiales causados en el edificio y puedan comprometer directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del mismo.
Y lo que a mi me ocurre sería un daño material causado en el edificio por vicio o defecto de elementos constructivos o de instalación, para el cual la ley ampara un plazo de responsabilidad de tres años.
Es cierto? puedo reclamar a alguien? a quien ?
gracias a todos
Quiero conocer vuestra opinion.
tengo un deposito que me vence dentro de 4 meses aproximadamente con una penalizacion del 4% por el tiempo que queda a su vencimiento.
me merece la pena cancelarlo asumiendo dicha penalizacion y meterlo en este deposito?
soy consciente que dentro de 4 meses no voy a conseguir este tipo ni tampoco a tan largo plazo por lo que creo que debo hacerlo, para asegurarme un buen interes y plazo pero la penalizacion asusta un poco
Un saludo y gracias