Hola a todos. Yo soy el que adjudicatario y quería aportar algo más de información. La tasación de las viviendas se acordó entre ejecutante y ejecutado, ya que el ejecutante era un prestamista. Creo que no he descrito lo suficientemente bien la situación de las 3 viviendas porque veo que he dado pie a una diversidad de interpretaciones.
Sin embargo, Xlkltln acierta y creo tonigs que yo también podría tener el mango del sarten ya que la adjudicación fue por un buen precio y ahora tengo en mi poder otros 2 dormitorios de la empresa vecina.
Saludos
Lo que quiere decir la descripción que aportas es que la vivienda tiene una hipoteca con Caja Madrid de 212000 euros (capital inicial) y que entre otras condiciones, en el hipotetico caso de que no se pagase la hipoteca, el valor de subasta de la vivienda sería de 249400 euros, los intereses serían de..., las costas....., etc. Fue una compra-venta normal,autorizada por un notario.
Lo que has oido ocurre generalmente en las subastas de la Agencia Tributaria. En tu caso tienes que hacer un deposito del 20% del valor(si el juzgado se ha actualizado, si no 30%), es decir 3000 euros y el día de la subasta personarte allí y pujar por el coche hasta donde tu puedas. Si resulta que eres el mejor postor y has ofrecido más del 50% del valor de tasación, la adjudicación es FIRME. Si no, te puede pasar lo que se comenta en este post, que el propietario pague, o que presente otra persona que haga una mejor oferta que la tuya.
Hola Tristan, de acuerdo con tu planteamiento de comprar con al menos un 20% mas barato de lo mas barato de la zona. Añado una cosa: en las malas zonas, ni pienses.
Hola Tristan. Ho comprado en cesión de remate un piso por 85000€, pero en el acta de adjudicación consta 52000, que es la mitad del valor del piso, ya que en la subasta no hubo ningún postor. En hacienda tengo intención de declarar toda la cantidad, pero en el registro, ¿que es lo que me conviene? Un saludo
Muy interesante el post. No soy experto, pero coincido con FCalvo(14).
Es indignante la actuación de aquel secretario ya que con su criterio auyenta a los postores y favorece a los bancos, en el detrimento de los ejecutados.
Hola Saenz y Tristan, hoy he ido a hablar con el registrador y me aseguró que en el caso a la Vpo que he comprado, no hay derecho de retracto. El abogado del banco me lo habia dicho, pero despues de vuestras respuesta ya empezé a dudar.
Un saludo
Pues, mira lo que dice el dicho articulo:
"Los entes públicos promotores podrán ejercitar en estos casos los derechos de tanteo y retracto con arreglo a los artículos 1507 y siguientes del Código Civil, a cuyos efectos se hará constar expresamente el ejercicio de dichos derechos en los contratos de compraventa que suscriban con los beneficiarios."
A mi entender, si dichos derechos no constan en el contrato de compraventa (la escritura), y a continuación en la inscripción refistral, es que no se pueden ejercer.
Hola Rosaimar, mientras Tristan te contesta, te rsponderé yo, pero te advierto que me puedo equivocar:
1- Despues de la subasta se te notificará que tras la subasta, el banco se ha quedado con tu viviensa por el 50% del valor, es decir, por 25000€ y que..."vayas preparando las maletas". Te dirán una fecha exacta cuando el piso tiene que estar desocupado.
2- Has hecho el calculo correctamente.
3- Poder - podrán, pero no es muy probable, al menos muy pronto, ya que el banco tendrá que iniciar un nuevo procedimiento para seguir recuperando la deuda.
4- Lo que queda de comunidad lo podrías dejarde pagar (aquí Tristan tiene otra opinión), ya que al adjudicatario se le exijirá pagar retrasos de hasta 2 años.
Espero haberte dado alguna orientación, pero espera la respuesta de Tristan
Pues yo "he comprado" en cesión de remate una VPO que no tiene inscrito en el Registro el derecho de retracto, unicamente que al margen de la primera inscripción consta que tiene "la calificación definitiva de VPO", nada más
Hola Tristan, quería preguntar si ¿una administración que ha construido VPO's tiene el derecho de retracto "de por sí" o lo debe tener registrado para poder ejecerlo?
Hola Tristan, te quería preguntar si sirve depositar cheque bancario en la cunta de Banesto para formalizar el deposito, o tengo que ingresar el dinero en efectivo? En caso afirmativo, ¿a nombre de quien va el talón?
Hola Tristan, muy interesante el post. Te quería preguntar, cuando vas a averiguar quíen vive en un inmueble en que estás interesado a comprar, si son los demandados, ¿que les preguntas?, ya que considero que es un encuentro un poco fuera de lo normal, raro,..no se como decirlo. Si otros subasteros podrían contar algo de su experiencia en cuanto a ello, agradecería.
Tienes que personarte en la AEAT, o a veces basta con solo llamar y te lo dirán. Sí que puedes participar como observador en las subastas, ya que son publicas.
El caso que planteaba era asi como lo habia entendido Jotaerre, con 2 subastas. Gracias a todos por las respuestas.
Lo preguntaba porque en las subastas de la seguridad social salen a menudo partes indivisas de alguna propiedad y en la mayoria de las veces se quedan dsiertas. Por lo visto la gente no se quiere meter en lios y a mi me ubiera gustado saber los peligros que entraña el hecho de meterse en un proindiviso.
Pues la roja ha ganado estupendamente, aunque no ha sido facil. Felicidades!!!
Tristan, tengo algunas dudas: supongamos que yo compro en una subasta el 50% del pleno dominio de una propriedad que está libre de cargas, con la intención de forzar la disolución del proindiviso y subastar la propriedad entera, para sacar algun beneficio. En el caso de que el otro coproprietario, al intuir mi intención y antes de que el juzgado mande al registro que se haga la anotación correspondiente, contrata un credito hipotecario sobre su 1/2 parte, ¿me ha estropeado el negocio, verdad? O ¿como es?
Respecto a las notificaciones, tuve un solar rustico donde quería construir. En Mallorca , el tema de los solares rusticos los lleva el Consell insular, aparte del ayuntamiento. Me pidierón 3 veces documentación. Entre las 3 notificaciones por parte del consell al ayuntamiento y del ayuntamiento al promotor y el camino de vuelta de la documentación aportada, pasó mas de un año y medio.
Es estraño que, con la tecnologia al alcance, las administraciónes se comuniquen entre ellas mismas, por medios tan atrasados.