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Participaciones del usuario sirpoch

sirpoch 11/03/14 16:10
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Hola, Consumerista, ya he leido tu respuesta del email, y muchisimas gracias por su contestación, pero mira te voy a realizar otra consulta. Respecto a esta pregunta y su respuesta: -¿Podría anular este Seguro sin que la Entidad Bancaria tome represalias? Depende de si la contratación del seguro está prevista en la escritura del préstamo: si está prevista, tiene la obligación de contratarlo; si no está previsto, puede cancelar el seguro comunicándolo al asegurador de modo fehaciente con al menos dos meses de antelación a la renovación anual del seguro. Respondo: -En la escritura del préstamo no está prevista la obligación de contratar este seguro. -Respecto al plazo de cancelación con al menos 2 meses de antelación a la renovación anual del seguro,le informo que el pago del seguro se realiza mensualmente y creo que no tiene plazo de renovación, ¿esto podría ser?. Entiendo que podría cancelarlo en cualquier momento ¿no?
sirpoch 10/03/14 20:14
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Con la compra de una Vivienda de Protección Oficial en 2010, me obligaron a contratar un Seguro de Amortización del Préstamo Hipotecario, con cargo mensual. Después me enteré que no es obligatorio, y además en caso voluntario de contratarlo, se puede hacer con cualquier Compañía de Seguros, además otros hipotecados y otras Entidades Bancarias me informan que lo normal es que las coberturas contratadas sean Fallecimiento e Invalidez Permanente Absoluta, como mínimo. En este Seguro de Amortización del Préstamo Hipotecario, solo aparece como cobertura contratada Fallecimiento. Mis consultas son: -¿Porque solamente han incluido esta cobertura y no la Invalidez Permanente Absoluta? ¿Es legal? -¿Podría actuar contra ellos por no haber sido informado adecuadamente? -¿Cual es el procedimiento y las Entidades u Organismos encargados para reclamar? -¿Podría anular este Seguro sin que la Entidad Bancaria tome represalias? -¿Los intereses de estos tipos Préstamos Hipotecarios para Viviendas VPO, están regulados por Consejo de Ministros, entonces la Entidad Bancaria podría aplicarme un interés superior al acordado en Consejo de Ministros? Esperando contestación, un cordial saludo.