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CNMV (Documentos útiles para entender las reglas del juego)
No es eso sólo. Si lees el folleto de emisión disponible en
http://www.cnmv.es/Portal/Consultas/Folletos/FolletosEmisionOPV.aspx?nif=A-84098946
y, al final del documento, lees las auditorías de Inter Money Valora y AFI, verás que dicen que "el mercado es iliquido" y que existe "alta propabilidad de no amortización a los 5 años"
Lo mismo ocurre en las OBS 10 EM de Bancaja disponible en
http://www.cnmv.es/Portal/Consultas/Folletos/FolletosEmisionOPV.aspx?nif=G-46002804
En este caso las auditorías son de Deloitte e Inter Money Valora
Saludos
siberiandog19/06/13 00:05
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ARBITRAJE preferentes Bankia
Gracias pero.... me acabo de dar cuenta que cabreado 76 ya había hecho mención a la misma. Lo que tiene ser nuevo. Espero ponerme pronto al día. Saludos
siberiandog18/06/13 23:10
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ARBITRAJE preferentes Bankia
Y como lo hiciste? Si tu madre ya había fallecido necesitabas los mismos documentos que te he comentado.
En el arbitraje sólo el hecho de que las mantengas o no en tu poder todavía. En el juzgado, la declaración de nulidad de la compra de preferentes, lleva aparejada la nulidad del canje por acciones.
siberiandog18/06/13 23:06
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ARBITRAJE preferentes Bankia
No me importa en absoluto, es más, te lo agradezco. Soy nuevo por aquí y espero poder ayudar en lo que pueda.
Por cierto, supongo que la conoces, pero la reciente sentencia del Supremo, es bastante clarificadora. La resumo
Un matrimonio valenciano demandó al BBVA por actuación negligente después de adquirir participaciones preferentes de Lehman Brothers Holding Inc en el marco de un contrato de gestión discrecional de carteras de inversión.
Ganaron en primera instancia por “cumplimiento negligente del contrato al comprarse un producto no ajustado al perfil del cliente”. La Audiencia de Valencia estimo el recurso del banco, al entender que se había dado la información adecuada y que la normativa no impedía a clientes conservadores solicitar productos de riesgo.
Puntos importantes de la sentencia:
Necesidad de una información completa y clara por parte de la entidad financiera.
La contradicción entre el perfil de riesgo del cliente, muy bajo, y los valores elegidos, de riesgo elevado implica que el banco no actuó de buena fe.
Las indicaciones sobre el perfil de riesgo del cliente y sobre sus preferencias de inversión desempeñan “una función integradora del contenido del contrato”. Obligatoriedad de los bancos de recabar de sus clientes datos sobre su situación financiera, experiencia inversora y objetivos de inversión e informar de manera clara y transparente sobre los riesgos de las operaciones contratadas. (Test de idoneidad y conveniencia)
Una actuación diligente y de buena fe por parte de BBVA hubiera exigido que se pusiera de manifiesto la incoherencia entre el perfil elegido y los productos de inversión aceptados para asegurarse de que la información era clara y había sido entendida.
Aunque no estuviera en vigor la normativa MIFID los jueces deben tener en cuenta “el sentido” de las Directivas Europeas, aunque no haya finalizado el plazo para su transposición.
Su texto completo está en el blog de la asociación ASUAPEDEFIN http://asuapedefin.com/sentencias-listados/tribunal-supremo/
siberiandog18/06/13 22:09
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ARBITRAJE preferentes Bankia
Y coincido con lo que te dice Goyobelix. Es más, si las preferentes son de Bancaja y se contrataron entre el 01/01/2008 y el 03/04/2009, periodo que inspeccionó la CNMV, ésta detectó "un inclumplimiento generalizado del deber de evaluar la conveniencia del instrumento para el cliente". Además del error en el consentimiento por una mala comercialización, el incumplimiento de una norma legal por parte de la entidad lleva implicito la nulidad del contrato.
¡Suerte!
siberiandog18/06/13 22:00
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ARBITRAJE preferentes Bankia
Hola tomatoal
Te resumo
Tanto si vas al arbitraje como por vía judicial vas a necesitar: certificado de defunción, certificado del registro de últimas voluntades y copia autorizada del último testamento. En el caso de que no existir testamento, tendrás que hacer una declaración de herederos ab-intestato en una notaría o en el juzgado.
Además necesitarás la declaración de incapacidad de tu hermana y la documentación que acredite que eres su tutor.
En la oficina de la que te llaman, solicita que te den una copia de la documentación relacionada con las preferentes y las subordinadas. Aunque te digan que no, como mínimo, en la oficina te pueden facilitar, en el momento, un extracto de la cuenta de valores donde tendrás el producto que contrató, su código ISIN, la fecha de compra, el número de títulos y su importe de adquisición, etc.
Si vas al arbitraje, además de las alegaciones que creas oportunas, solicita que por parte de Bankia se manifieste y, en caso positivo, se aporte toda la documentación acreditativa: contrato de la cuenta de valores, comunicación de calificación minorista, tests de idoneidad y conveniencia, orden de compra de valores, folleto resumen, etc. y te reservas el derecho de presentar nuevas alegaciones (Mira el 4º párrafo de la página 5 del documento de solicitud de arbitraje)
siberiandog18/06/13 00:17
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ARBITRAJE preferentes Bankia
Lo siguiente que iba a subir son las alegaciones que figuran en EL MUNDO pero se ha adelantado Goyobelix. Si todo lo que tiene que alegar Bankia son las alegaciones que figuran en esos laudos, conociendo como conocen las diferentes sentencias que desde el año 2004 se vienen dando en relación con la comercialización de dichos productos, como mínimo, confirman la bajeza moral de esta "gentola".
siberiandog17/06/13 23:39
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ARBITRAJE preferentes Bankia
En el blog http://plataformadeafectados.blogspot.com.es/search/label/Caixa%20Laietana se han publicado las alegaciones de Bankia a una solicitud de arbitraje de preferentes por importe de 3.000 €.
El documento, en pdf, está en este enlace
https://dl.dropboxusercontent.com/u/67204862/Alegaciones%20de%20Bankia%20Arnitraje.pdf
En cuanto al contenido de la contestación por parte de Bankia..... prefiero morderme la lengua.
siberiandog27/05/13 14:56
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10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja
Hola Botoneras
Te copia lo que dice la CNMV (Guía de actuación para el análisis de la conveniencia y la idoneidad) al respecto.
" (página 11) Considerando la gran diversidad de casos que pueden presentarse, cada entidad deberá decidir el modo idóneo de solucionar las diferentes situaciones posibles en función de distintas variables (personas físicas/jurídicas; grupos de entidades; solidaridad/mancomunidad, existencia de diferentes carteras/cuentas asociadas al mismo cliente, etc).
No obstante, con carácter general, en el supuesto de designación por una persona física o jurídica de un apoderado/autorizado, se estima razonable que, a efectos del test de conveniencia, se consideren los conocimientos y experiencia del apoderado/autorizado, cuando sea éste quien opere.
En el supuesto de designación de varios cotitulares o autorizados mancomunados, se estima razonable que la evaluación de la conveniencia se realice considerando al titular/autorizado con mayor conocimiento y experiencia.
Asimismo, en el supuesto de designación de varios cotitulares o autorizados solidarios, se estima razonable que la evaluación se realice considerando los conocimientos y experiencia del titular/autorizado ordenante.
En cualquier caso resulta necesario que las partes intervinientes sean informadas con carácter previo a la prestación del servicio de cual va a ser el régimen que la entidad va a aplicar al respecto.
Y en el caso del test de idoneidad " (página 13) Considerando la gran diversidad de casos que pueden presentarse, cada entidad deberá decidir el modo idóneo de solucionar las diferentes situaciones posibles en función de distintas variables (personas físicas/jurídicas; grupos de entidades; solidaridad/mancomunidad, existencia de diferentes carteras/cuentas asociadas al mismo cliente, etc). No obstante, con carácter general, en el supuesto de designación por una persona física o jurídica de un apoderado/autorizado, se estima razonable que el test de idoneidad se aplique considerando los conocimientos
y experiencia del apoderado/autorizado respecto del producto o servicio concreto y la situación financiera
y objetivos de inversión del poderdante.
En cualquier caso resulta necesario que las partes intervinientes sean informadas con carácter previo a la prestación del servicio de cual va a ser el régimen que la entidad va a aplicar al respecto.