Hola, estoy hecho un lío y a ver si puedo aclararme. No se a que te refieres con lo de si aplique la valoración de hacienda. Yo pague el itp a través del banco cuando compre, a razón del valor de compraventa de 137 mil euros. Cuando me han dicho lo de la complementaria, lo que no entiendo es como hacienda calcula el valor de mi piso porque he leído Que lo hace con el valor catastral x un coeficiente. Si fuese de esta manera el valor real me sale de 104 mil euros. Entonces aquí viene mi duda, si tomo en cuenta este cálculo he pagado de más pero si tomo en cuent la tasación del banco he pagado de menos. Cual de las dos mira hacienda para presentarme una paralela?
Gracias x tu respuesta. Estoy mirando la manera de como calcularía hacienda el valor de mi vivienda, y no me queda muy claro, si sería con l atasacion del banco o con la ofórmula del valor catastral x un coeficiente. El piso pertenece a Andalucía y me he encontrado con esto
https://www.juntadeandalucia.es/agenciatributariadeandalucia/ov/valoracion/coeficientes_urbana/valor_real.htm
es que la terraza esta encima de mi vivienda y en caso de mojar, me mojaria a mi, por eso lo digo. Entiendo que por un mal uso me corresponderia a mi, pero si por ejemplo es x un mal aislamiento o una fuerte tromba de agua corresponde al seguro de la comunidad no?
gracias, el seguro no me lo meten en la hipoteca, se paga año a año. Me han dado 2 opciones, una que la prima se revisaria cada vez que amortizo 25000 euros siendo el seguro mas barato y otra que se revisaria año a año y esta seria mas cara(unos 70 euros mas), no se yo cual de las 2 valdria mas la pena xq no entiendo muy bien esto