Hola! Lo único que se ha publicado para Andalucía es ésto:
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/fomentoyvivienda/areas/vivienda-rehabilitacion/fomento-alquiler/paginas/inforpublica_proyectorden_alquila2018.html
En el enlace "proyecto de Orden" tienes un PDF en el que en la disposición final 5ª y 6ª se detallan los requisitos y cómo calculan la determinación de ingresos. Tal vez eso pueda orientarte respecto a tu pregunta.
Algo a tener muy en cuenta es el cálculo del IPREM, ya que en el BOE se publicó como límite de ingresos el IPREM x 3, pero en Andalucía lo han bajado al IPREM x 2,5. Aunque para familias numerosas sí se ha establecido el IPREM X 3.
http://www.iprem.com.es/2018.html
Saludos!
El plan se aplica al período entre 2018-2021. Para los meses de 2017 no podrás percibir ninguna ayuda, pero sí a partir del 1 de enero de este año, con carácter retroactivo.
Eso significa que, si te la conceden, te ingresarán la suma total de todos los meses desde enero y, a partir de ahí, cada mes el importe correspondiente a lo que te hayan concedido.
Shelins sí, en el enlace sólo aparecen los formularios de ayudas para reforma y mantenimiento de viviendas. Lo puse porque es uno de los 9 puntos contemplados en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021: https://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_CASTELLANO/DIRECCIONES_GENERALES/ARQ_VIVIENDA/APOYO_EMANCIPACION/PROGRAMAS/
Javibd de momento no han publicado nada. Yo miro el BOJA todos los días a primera hora, así que en el momento en que tenga más info la comparto con vosotros.
De lo que estoy seguro es que, a partir de la aprobación de la ley (que ya se hizo), todos los trámites se harán a través de la Junta de Andalucía (en nuestro caso), ya que cada CA es la encargada de distribuir la ayudas que asigne el Gobierno.
Saludos!
Hola! Para solicitarlo en Andalucía aquí tenéis el enlace al BOJA con los formularios para cumplimentar la solicitud.
http://www.juntadeandalucia.es/boja/2018/89/BOJA18-089-00015-7975-01_00135354.pdf
Desde la Gerencia Provincial de Vivienda no supieron darme ninguna información acerca de plazos, requisitos, etc. propios de la solicitud. (no perdáis el tiempo en ir).
Lo único claro hasta el momento es que el contrato debe estar registrado en La Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA): http://www.juntadeandalucia.es/avra/fianzas/
y que, obviamente, se debe estar empadronado en el municipio para el cual se solicita la ayuda.
Saludos!