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Sergio85

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Sergio85 05/09/13 21:04
Ha respondido al tema Inversis vs Renta 4 vs Tressis vs Selfbank vs Bankinter
A ver si alguien me sabe resolver una cuestión sobre Renta4. He estado leyendo el contrato marco de su web. Entiendo que para operar online atraves de RENTA4 ONLINE te facilitan uno codigo de acceso alfanumerico más una contraseña. En el apartado 8.1.4 del contrato marco habla que como método adicional de seguridad, la comunicación de las ordenes de contratación y formalización de los distintos documentos necesarios para la utilización del Servicio Renta4 ONLINE se utilizará mediante el empleo de firma electrónica avanzada, para lo cual precisa suscribir un certificado seguro a traves de un prestador de servicios de certificación. Este metodo esta sujeto a su disponibilidad y el proveedor podrá reemplazarlo por otro similar según el criterio de Renta4. La pregunta es, ¿para operar unicamente con fondos de inversión se necesita obtener ese certificado para abrir la cuenta o alguna operativa en concreto? Otra pregunta: ¿Al operar únicamente con fondos de inversión, para que no cobren comisión se puede dejar a cero la cuenta sin problema de comisiones? En principio entiendo que sí, pero...
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Sergio85 03/09/13 17:41
Ha comentado en el artículo Una trampa en las carreteras
Ya hace unos meses que no paso por Espiritu Santo, pero madre mia!!! como ha quedado eso! Por lo menos la rotonda ya no queda en sentido Madrid inclinada como estaba antes, parece que tiene mejor visibilidad, ya veremos. No obstante la velocidad maxima al entrar a la rotonda es de 40km/h respetando la velocidad no deberia haber problemas...Ahora entrando a cuchillo.....castañazos seguros.
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Sergio85 30/08/13 17:46
Ha respondido al tema Nuevo impuesto al aire acondicionado
A mi no me parece del todo mal este impuesto, por un lado las grandes instalaciones de refrigeración, son de amoniaco, cosa que este impuesto no grava. Por otro lado, los gases que se les aplica este nuevo impuesto, son gases contaminantes y perjudiciales para todos, los gases refrigerantes son recuperables y se puede usar infinidad de veces, la única manera de no recuperarlos, es que se emitan a la atmosfera. En definitiva, el porcentaje de emisión de refrigerantes a la atmosfera de una instalacion frigorifica, es bastante reducido, salvo que deliberadamente se emitan. Y será bueno para que, ciertos poco profresionales del sector, no desperdicien a la atmosfera estos gases ya de por si restringidos a técnicos y empresas cualificadas para estas labores.
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Sergio85 29/08/13 16:19
Ha comentado en el artículo ¿Lo sabes todo acerca de la portabilidad móvil?
EStoy en desacuerdo con el punto 13 de su publicación, esas comisiones por cancelación de portabilidad, existen, estan reflejadas en las compañias explicitamente vease un ejemplo sacado de una página de una gran operadora: -Para portabilidades de línea telefónica dispones hasta las 24 horas lectivas anteriores a la fecha del cambio para cancelar tu solicitud de portabilidad, llamando al número ---- desde cualquier teléfono o en cualquier tienda -----. Coste de la cancelación de 100 euros, importe que será exigible desde el momento en que se presente al cobro la correspondiente factura, siendo abonada por el Cliente, o por tercero, a través de la cuenta en la Entidad Bancaria o Caja de Ahorros que hubieras señalado en esta solicitud. Es decir, si es ilegal y como usted dice abusiva, que presenten las denuncias pertinentes ante la SETSI o los juzgados. Pero repito, es una practica habitual por las compañias, y que por supuesto no esconden. En sus paginas web se puede ver.
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Sergio85 25/08/13 18:32
Ha respondido al tema Justifiacion de presentación telemática.
Disculpa, pero o yo estoy muy mal informado o esto que dices no es cierto: "Si no estás obligado a presentarla y es una devolución, la sanción es de 100 euros (se reduce a 75 euros si pagas en primer requerimiento)." Si no estas obligado a presentarla, no lo estás y punto, salga a devolver o a pagar. No obstante no siendo así, muestreme legislación que ratifica su respuesta.Gracias es de ayuda para todos.
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Sergio85 19/08/13 17:59
Ha respondido al tema La CEOE pide al Gobierno que culmine las pensiones de viudedad a personas sin recursos
"los empresarios están planteando al Gobierno que convierta esta pensión en una prestación para aquellas viudas y viudos que no tengan recursos suficientes para su subsistencia ante la falta de rentas" Estes señores andan muy perdidos... El que no tiene recursos para su subsistencia por la falta de rentas tiene derecho a una pensión no contributiva(mayor de 65 años). Y por si no fuera poco, tocar la pensión de viudedad...que instauró el Generalísimo en el año 1955, debería caerles la cara de verguenza. Una pensión que en su día se creo para amparar a las viudas integrado en el sistema de protección social vigente en aquella época. E incluso posteriormente al intregarlo en el Sistema de la seguridad social en 1967 se mantuvo la pensión de viudedad a las viudas separadas legalmente y que hubiesen convivido con el cónyuge. Fue una medida de protección social para la mujer, recordemos que de aquella la incoporacion de la mujer al mundo laboral era escasa.
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Sergio85 15/08/13 17:54
Ha respondido al tema Soria: el Gobierno no intervendrá para frenar posibles subidas de la luz
Pinta muy mal el sector energía en este país. Basicamente te estan diciendo, si no fuera por lo que hacemos "el palo" sería mucho peor, os lo vamos dosificar. Pero el palo igualmente se va a recibir, porque las medidas a adoptar son para frenar el deficit y consecuentemente implica más ingresos= subidas de la luz. Del autoconsumo ni hablemos, gestionar la red cuesta dinero, está claro. Pero es energía que se crea, aprovechable, "en teoría" sin contaminación. Pero como usted genera energía aprovechable, y que vierte a la red para otros consumidores,si la gestionamos gratis no nos benefiaciamos de ello, asi que nos va tener que pagar el peaje de respaldo.(búsqueda de ingresos) El factor medioambiental no cuenta.Solo el económico. Incentivos para el cierre de renovables..... ejem. La energía renovable hay quien la ha entendido como un concepto de inversión y es un error.Su factor primordial es la sostenibilidad medioambiental estando bien gestionada. Pero en ese mercado ha entrado mucho dinero, y ahora hay que incentivar(subvencionar) los cierres, vamos que no aprendemos, o no queremos aprender de los errores, más bien esto segundo. Bueno es mi opinión cada uno tendrá la suya.
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Sergio85 13/08/13 18:00
Ha respondido al tema Un año sin pasar facturas de luz y gas Hc Energia
http://www.cne.es/cne/doc/publicaciones/cne05_12.pdf Échale un ojo, en el caso de gas no se como será pero en el caso de la electricidad, doy fe de que es así... solo te pueden cobrar los últimos 12 meses. Y puedes solicitar un pago fraccionado, si el importe es alto. Se entiende que deriva de un error administrativo de la empresa.
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Sergio85 01/08/13 18:09
Ha respondido al tema Gobierno de estafadores
Esa es la palabra clave, INVERSION, y como tal unas salen bien y otras salen mal, y si no dependen de ti única y exclusivamente si no de terceros (regulaciones sectoriales), mal asunto. Aunque en el sector energético de renovables, ¿cual es realmente la inversión? a) Evitar la contaminacón, ser responsables del uso de la energía etc etc etc b) generar plusvalías o minusvalías económicas de las formas de obtención de energía. Corto y cierro... ya somos mayorcitos para saber lo que hay y lo que no hay.
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Sergio85 02/07/13 16:49
Ha respondido al tema Otro cotitular en una Cuenta corriente y depósito
Amparo disculpa, ¿qué quieres decir con eso de que no se paga un impuesto adicional? Yo entiendo que al añadir otro titular a esa cuenta, el patrimonio de ese titular se ha incrementado, es decir entiendo que hay que pagar algún tipo de impuestos(donación) porque si no, en el caso que comenta el autor de este hilo, si sus padres en regimen de ganaciales tienen 45.000€ y ponen al hijo como titular de esa cuenta, en caso de fallecimiento de los padres y suponiendo que le dejan en herencia el dinero, se evitaria pagar un 33.3% de los impuestos que le deberían corresponder.No sé si me he explicado.
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Sergio85 17/06/13 19:51
Ha respondido al tema Creo que tengo un problema con la casilla 620 para la proxima declaración de 2014
Me explico,en el programa PADRE he importado la información fiscal de los dos conyuges, y los datos se incorporaron bien tanto al primer declarante como al conyuge. Despues cuando selecciono la opción de declaración conjunta en el PADRE, en la casilla 620 tengo 0,00 SOMBREADO, ya que son datos que no se pueden modificar. Hasta ahi creo que bien ¿no? Antes de generar el fichero NIF.100 he mirado la vista previa sin validaciones (icono de la impresora) Ahí donde se genera una previsualización no valida para su presentación, en la casilla 620 sigo teniendo 0,00 y todo correcto. En las casillas del programa PADRE en la Pagina 11(VI) tengo: Casilla 445 124,58 casilla 610 124,58 casilla 618 0,00 casilla 620 0,00 Y en la pagina 12(I) del PADRE tengo: casilla 465 5217,72 casilla 621 3275,42 casilla 630 1942,30 TODAS ELLAS SOMBREADAS.Es decir , no puedo modificarlas, y el resultado como ves es correcto. El problema me viene cuando yo pulso la presentación telematica, entonces, se genera el fichero NIF.100 y accedo directamente desde el PADRE a la web de la AET donde me dice que la declaración ha sido presentada con éxito. Con la misma me muestra el pdf de la declaración con su VALIDACION y ahi compruebo que faltan TODOS los ceros de las casillas 620 630 etc. No tengo ni idea de porque pasa esto, el resto de casillas están correctas, y en la declaracion me pone: Casilla 455 124,58 casilla 610 124,58 Y en la 618 y 620 ya no aparece nada, estan en blanco. LA declaración es sencilla, solo hay rendimientos de depósitos, una renta de una segunda residencia, y un rendimiento de un contrato de una operación de capitalización. Y todo eso aparece correcto. Lo unico que veo mal aparte de que no aparecen los 0, en el pdf despues de presentarla, es en la relacion de bienes inmuebles y rentas derivadas de los inmuebles a disposicion de sus titulares que donde tiene que aparecer (inmueble 1) no aparece ese 1, sin embargo si aparecen todos los demás campos. No obstante, en la previsualización si aparece ese 1 haciendo referencia al número de inmuebles. Es más en el PADRE ese 1 yo no lo puedo poner, sale de Inmbueble 1 de 1 y encaso de que tuviera mas inmuebles seria inmueble 2 de 2 etc etc etc. No se donde está el fallo, porque la previsualización es correcta. Pero al generar el fichero NIF.100 y hacer la presentacion telematica desaparecen. ¿Sabes si puedo volver a presentar la declaración? Quiero decir volver a realizar el proceso. O es necesario hacer una complementaria o una sustitutoria, enviar una nota, ¿o como lo soluciono? porque aunque la cuantia a devolver es la correcta, tengo el problema de que el proximo año no puedo acceder a los datos fiscales a traves de la web.
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Sergio85 12/06/13 12:28
Ha respondido al tema ¿Qué pasaría si en un fondo de RF hay una quita?
Una duda berebere, dices que que en los fondos muy antiguos el folleto no dice nada respecto de la aplicación de la garantía.¿No contemplaban ese apartado? ¿Tienes algun folleto para poder mirarlo o hay alguno disponible aun en la cnmv? Mi madre lleva fondos garantizados desde el 2006, y en todos ellos se hace mención a que la efectividad de la garantía se condiciona a que no se modifique el actual marco lesgislativo y fiscal de los fondos de inversión y de los activos que componen los mismos, por lo que la garantía compensatoria no será efectiva, o será efectiva unicamente en la diferencia del valor no afectada por dicha modificación legislativa. Entiendo por tanto, que este tipo de fondos se llevan cubriendo las espaldas desde mi conocimiento y folletos que tengo, desde el año 2006 por lo menos.Es decir los comercializadores ya hace muuuucho que contemplan este tipo de riesgo, para cubrirse las espaldas y no garantizar. En definitiva que si hay quita hay riesgo de perdida de capital, ya que la valoración del fondo va caer.
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Sergio85 06/06/13 18:29
Ha respondido al tema ¿Me puedo dar de baja en Ono cuando todabia no he firmado el contrato?
El problema de todos estos contratos telefonicos es el siguiente por lo que yo veo. El cliente acepta telefonicamente las condiciones de la operadora mediante grabación telefonica, donde se hace mencion a 4 cosas del contrato simplemente, y con ello da inicio a la gestion del trámite pertinente de la portabilidad, acto seguido se exige el contrato. ERROR! esto trae problemas en caso de desistimiendo del mismo. Lo ideal es pedir en el envio del contrato antes de aceptar nada.... y una vez leído si uno está interesado firmarlo y remitirlo a la operadora telefonica,por el medio que sea. Asi se evitan muchos problemas. Purula por aqui un tema de contratas telefonicas de este tipo, bastante reciente, mirarlo en el buscador.
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Sergio85 05/06/13 11:14
Ha respondido al tema Fondo para renta variable Europa
Sigo el franklin european y el allianz europe equity desde hace unos 6 meses. El Franklin aguanta muy bien las bajadas en comparación con el allianz.
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Sergio85 29/05/13 20:12
Ha respondido al tema Diferencia en el impuesto de sucesiones entre acciones y fondos de inversión
La cuestion es lo que se habla en el punto 2 o eso creo: 2. Los herederos, a los efectos de una posible transmisión ulterior de las participaciones o acciones de instituciones de inversión colectiva de las que hubiesen resultado adjudicatarios, deberán cuantificar la alteración patrimonial por la diferencia entre el valor de transmisión y el de adquisición, siendo este último el que se hubiese determinado de conformidad con las normas del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, añadiendo el Impuesto sobre Sucesiones repercutido y prorrateado, y los gastos de notaría u otros de la herencia. Si no se produce la transmisión no habrá retención, y si hay transmisión la base de ésta será por la diferencia entre el valor de transmisión y el de adquisición. Lo que yo no acabo de entender es ¿en que se diferencia el valor de transmisión y el de adquisición? Puf es una liada que necesito que alguien lo explique para tontos sinceramente. Y por si no fuera poco, tenemos el tema de las donaciones de acciones o participaciones de IIC, pero en este caso sobre el transmitente la plusvalia queda gravada por el IRPF. Y el receptor de la donación tiene que pagar el Impuesto de donaciones y sucesiones que si no estoy mal depende de la Comunidad autonoma y a lo mejor hay alguna exención o minoración en el impuesto. Con lo cual dependiendo de la plusvalia acumulada, y suponiendo que hubiera alguna reduccion en el Impuesto de donaciones pues.. incluso podria compensar. Uf no sé no sé http://www.esgestion.com/nw/manual/8.asp No estoy tan puesto en estos temas,la verdad. Siento liarte más, es algo que no tengo nada claro. A ver si viene alguien y nos lo explica.
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Sergio85 29/05/13 16:05
Ha respondido al tema Primera cartera de fondos
Basicamente cuando suscribes un fondo, pasas a tener participaciones y no dinero, por lo que tanto puedes ganar o perder parte del capital inicial en funcion del Valor liquidativo de los fondos. Respecto a los riesgos de quiebra del comercializador... ejem FOGAIN, miralo... tienen pagina propia.
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Sergio85 28/05/13 22:46
Ha respondido al tema Ahorrar al ir a la gasolinera
Pues yo no se si eso te sirve o no, porque en la pagina del ministerio, donde las estaciones remiten los pprecios de las gasolinas, hay quien cambia los precios cuando le da la gana, ya que en principio es un libre mercado. Es decir el dia antes.. a las 11 de la mañana o cuando les apetece. Con lo cual el precio es variable, eso si todas se mueven en el mismo rango de esos pocos centimos. Me refiero a esta pag http://geoportal.mityc.es/hidrocarburos/eess/
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Sergio85 28/05/13 21:39
Ha respondido al tema Diferencia en el impuesto de sucesiones entre acciones y fondos de inversión
Al fin al cabo pagar toca pagar, no te vas safar. Que me corrijan si me equivoco con el siguiente ejemplo: Suscripción inicial de un fondo por 10.000€, pasados X años a dia de fallecimiento tienes 90.000€. Como el muerto nunca ha reembolsado, hay unas plusvalías de 80.000€ Pero el heredero tiene que pagar por el valor de los 90.000€ en el impuesto de sucesiones. ¿Estoy en lo correcto?
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