Sergio Barba
29/01/14 12:09
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Hola Inverfutur.
Una quita es la reducción del dinero o de la deuda que una persona debe. El que presta el dinero (acreedor) acepta esta reducción de la deuda para así recibir al menos una cantidad evitando el total impago de la misma. Por tanto es la renuncia del acreedor frente al deudor de una parte de la deuda para de algún modo facilitar el pago al deudor.
Por otra parte una dación de pago se produce cuando el deudor entrega u ofrece una prestación o un bien al acreedor para saldar la deuda. Es la posibilidad de saldar una deuda hipotecaria con el banco entregando a cambio la vivienda. En estos casos el deudor no recupera el dinero que ha invertido hasta ese momento en la vivienda, pero a cambio la entidad bancaria le perdona tanto los intereses como las comisiones en que haya incurrido.
Saludos.