muchas gracias por la información, entonces una perdida por la venta de tu vivienda habitual, entiendo que sólo se podría compensar en ejercicios futuros con otra venta de un inmueble o venta de acciones, etc, es asi??
muchas gracias!!
en realidad no existe ganancia por lo que no debería tributar, pero me han informado que es necesario reflejarlo aunque exista esa perdida, gracias de todas formas....
independientemente de eso, sabéis en qué casillas se deben indicar compensaciones para ejercicios futuros, muchas gracias!!
Muchas gracias por la respuesta, sí yo también creía tenerlo claro así, la amortización extraordinaria a la que me refería es la cancelación total de la hipoteca existente, ya que si la vas a vender debe estar libre de cargas y cancelarla.
Mi otra duda, era la parte de la reinversión por vivienda habitual aunque ya no sea posible la deducción, pero entiendo que al menos eso sí te dejarían realizarla aunque no tengas derecho a nuevas deducciones....
Muchas gracias