Si Ud. tiene una pensión argentina del ANSES y las extracciones con su tarjeta provienen de esa pensión argentina, entonces Ud. debe hacer el trámite de solicitar al ANSES que por residir en el extranjero necesita que le transfieran sus haberes a una cuenta suya en el lugar de residencia. Para eso necesita dar poder para cobrar al Banco Nación Argentina para que le transfiera sus haberes.Mayores indicaciones encontrará en la web del banco Nación filial España. www.bna.com.es
Hola Claudio y Graciela: sobre el uso de tarjetas argentinas en el exterior... No hay forma de evitar el impuesto PAIS, te cargarán el 30%.A menos que seas jubilado argentino? En ese caso tienes que hacer un trámite especial para que te envíen los haberes jubilatorios a tu lugar de residencia y estarían exentos del impuesto.
Gracias Fabián, tengo que cobrar un juicio al.Estado en bonos del tipo TR15 que son en pesos. Yo resido en en el exterior, solo me quedaría la opción de "contado con liqui" no?
Gustavo cómo te fue con tu intención de transferir de cuenta en pesos en Argentina a cuenta en euros en el exterior del mismo titular?
Pretendo hacer lo mismo. Tengo que liquidar unos bonos de consolidación de deuda creo que son el PR15 y sacar el dinero del país. Yo resido en Francia.
El departamento de Argentina se compró en 2004 y puedo justificar la compra ese año.(fruto préstamo bancario) y el de España en el 2013 con HIpoteca. que todavía debo la mitad.
La verdad es que si tengo justificado el origen cometí un error al no declarar en su momento, no?
Hola, buenos días, necesito recibir en España, donde tengo residencia permanente y cuenta de ahorro y cuenta corriente en Caixabank, una cantidad de bonos públicos BOCON PR15. Es posible usar mi cuenta corriente y abrir un expediente de valores en BrokerNow?
Será suficiente con eso o me falta algo más? Muchas Gracias
Fabian: la valuación fiscal en provincia del departamento es de 90000$ y el 50% valor de escritura a la compra más o menos en 2004 era unos 750000$. Y si tomamos el departamento del exterior al 50% valor de mercado (porque creo que se toma ese valor y no la valuación fiscal) serian si más de 1 millón y medio.
En definitiva, si , estoy jodida.
Gracias Fabianeduardo,¿ tengo que entender que no importa si tengo 100 euros en la cuenta y que el 50% del departamento en el exterior no llega a millon y medio de pesos y tiene una hipoteca, lo mismo debo declarar?
Además ¿debo pagar desde qué periodo? ¿desde que declaro o desde que adquirí los bienes? ¿multa?
Tengo dudas sobre mi situación. Soy casada, jubilada pero no llego al mínimo para pagar ganancias. Yo en principio como argentina tengo residencia en Argentina porque permanezco en el territorio más de 180 días. Pero todos los años debo ir por razones de familia al exterior donde permanezco unos 150 días. En el exterior tengo 50% de un departamento con hipoteca y cuenta bancaria de residente porque mantengo la residencia formal permanente allí. En Argentina también tengo un departamento con mi marido.
Hasta la fecha no declaré Bienes Personales porque entendía que no correspondía por no llegar al mínimo exigido del valor de los bienes. Por supuesto no sumaba el departamento del exterior ni la cuenta que no tiene una suma importante. Mi marido tampoco declara.
Me pregunto si debo tomar alguna decisión o debería consultar un especialista.
El sello de salida o entrada que ponen en frontera no implica que no hayan hecho ingresar el movimiento migratorio (tu nombre) en la base de datos de Migraciones.
Tengo un problema con mi trámite de descalificación de mi piso en Valencia. La Consejería de Vivienda me pide entre otros documentos, una "Certificación expedida por la entidad bancaria en la que fue formalizado el préstamo cualificado, de los Primeros Compradores, en la que conste cuantía de la subsidiación percibida por semestres naturales y otros ítems.
Solicité en tres oficinas distintas del banco la certificación y me la negaron en las tres, poniendo de pretexto que yo no era la persona que recibió el préstamo es decir yo no era el PRIMER COMPRADOR.
Cuando vuelvo a Consejería con esa respuesta me dicen que sin el certificado no habrá continuidad en el trámite y perderé el tiempo y dinero en tasas que ya pagué. ¿Es posible esto?
Lorena acabo de vender mi piso y necesito conservar ese dinero (+ de 150000€) de forma segura por un tiempo de seis meses a un año, hasta que logre comprar una propiedad que quiero.
¿Cuál sería la forma de conservar y obtener algún beneficio? No quiero inversiones de riesgo.
Gracias
Pregunto es mucha la diferencia en dinero entre declarar ingresos por alquiler del piso como residente o no residente?
Digo esto porque supuestamente en mi caso creo que podría elegir, ya que ahora figuro como residente fiscal pero en realidad yo no estuve en el territorio español ni 183 días estos últimos años y por lo tanto podría solicitar declarar como no residente. Tengo mis motivos para elegir esta última opción. Aclaro que soy extranjera y no vengo declarando nada los últimos años.
Hola Valertuss: tengo una situación parecida, hace dos años que tenemos un piso de unos 100 mil euros (valor comercial) con mi esposo y no hicimos declaración ni pagamos ese impuesto a que tu haces referencia. Podrias decirme cuanto te cobran por año de lo que no declaraste.
Y si conviene declarar como residente o como no-residente. Gracias
Hola Ciro: por favor si puedes ayudarme. Yo vivo en España solo cuatro meses. Estoy evaluando pasarme de la condición de residente fiscal a noresidente porque interpreto que así podría evitar tener que declarar una pensión que recibo desde Argentina (menos de 11000€) por la cual pretenden cobrarme el IRPF y no puedo descontar en casilla de doble imposición nada porque en ARgentina por ese monto no pagas impuesto.
Para colmo de males no declaré a su debido tiempo esta pensión así que si hago la declaración del IRPF seguro me sancionan por los cuatro años anteriores no declarados. Imagino será un pastón.
Por otro lado, estoy obligado a declarar porque desde el año pasado estoy cobrando un alquiler por un piso que adquirí en el 2015
Creo que declarando como no-residente podría solo declarar el alquiler. No se el monto que saldría a pagar por un alquiler de unos 500€ al mes.
Gracias por tu atención
Amparo recibiré 500 por mes del alquiler y tengo la hipoteca por 500 ¿supero los límites? No tengo otra entrada o renta.
Y a eso habrá que agregar que al ser casado debo declarar sobre el 50 % del piso.
Mi esposa no reside en España.
Soy extranjero comunitario, tengo residencia en ESpaña hace años y cuando tenía actividad hacía la declaración. Ahora no. Recibo en cuenta una pensión del exterior que no llega a 11200 anuales.
Tengo un piso que lo alquilo desde hace unos meses. Solo estoy en España unos 120 días al año.
¿Debo declarar el año que viene? y de hacerlo conviene hacerlo como residente o no residente?
disculpen que moleste, pero estoy enredada con este problema y va a peor. Qué porcentaje aplican en un caso como el mío. No quise usar el simulador de la Agencia porque te piden el nif y desconfío.
Somos pensionistas extranjeros pero solo yo recibo transferida la pensión de 8400€ anuales. Estoy intermitentemente en España. Mi esposo no vive en España a pesar de tener la residencia y cobra su pensión en origen. El piso está alquilado (no declarado) por 5400€ anuales. Temo que si declaro todo resultemos perjudicados seriamente e inclusive pretendan que mi esposo pague su pensión o que yo haga una declaración conjunta donde tenga que declarar los ingresos de él. Hay alguna forma .de evitar eso