En el caso de las emisiones de AEGON hay que tener en cuenta que el tipo de interés (bono 10 años NL +0,85) se fija en cada fecha de amortización, es decir cada 10 años, y ya no se toca hasta dentro de 10 años. En las emisiones que comentas:
NL0000121416 se acaba de fijar el tipo en 1,425% y no se cambiará hasta octubre de 2028
NL0000120889 se fijó el tipo en 2011 en 4,26% y no se cambiará hasta marzo de 2021
NL0000120004 se fijó el tipo en 2015 en 1,506% y no se cambiará hasta junio de 2025
Ni idea, después de la venta en Canarias parece que va a haber desinersiones sí o sí. Pero también parece que los bancos no se contentan con vender un par de hipermercados y que quieren poner menos pasta. Si la noticia de la venta de la deuda fuera cierta, significaría que prefieren perder pasta antes que volver a prestar dinero a Eroski, así que espero que sea un farol
Los jugadores van subiendo sus apuestas
https://www.eleconomista.es/empresas-finanzas/noticias/9560872/12/18/La-banca-estudia-vender-parte-de-la-deuda-de-1553-millones-de-Eroski.html
Sí, sin problema. Con el documento privado y el justificante de la presentación del ISD es suficiente. Bueno, además del testamento o la declaración de herederos
No lo entiendo. Dice que Eroski ha pedido a la banca que le condone 500 millones entre ellos las AFS. ¿Eroski le pide a la banca permiso para cargarse las AFS?
Leopol72, refloto este hilo para hacerte una consulta de un caso similar pero más sencillo (creo). Viuda con 4 hijos fallece dejando como herencia unas cuentas corrientes, la vivienda habitual y un 20% de unos terrenos rústicos y urbanos, no hay testamento. En este caso, entiendo que el primer paso es la declaración de herederos en un notario. Con la declaración de herederos se paga el Impuesto de Sucesiones por todo (bienes inmuebles valorados según criterio de la CA) y ya se podría acceder a las cuentas. Por último, en el notario se hace el reparto de los bienes inmuebles sin incluir las cuentas. También se registrarían los inmuebles y se pagaría la plusvalía. Mi pregunta es ¿puede el notario negarse a hacer la partición de los bienes inmuebles si no se incluyen las cuentas?
Gracias
Sin tener ni idea, yo diría que hace 3 meses sí querían amortizar pero lo comunicaron tarde y desde algún organismo europeo les llamaron la atención. En estos 3 meses con lo que ha pasado en Italia (y España) se lo han pensado mejor y por ahora no amortizan no sea que el mercado empiece a pedirles más interés por las nuevas emisiones. Pero vamos, todo esto no deja de ser una especulación (no en el sentido de ME)
En mi caso, en el 4T de 2017 no me cobraron los intereses negativos por la liquidez en la cashkonto por que estaba a 0. En cambio, en el 1T de 2018 sí que mo han cobrado ya que hice algunas operaciones durante ese trimestre y tuve liquidez unos cuantos días.
Yo sigo operando con Flatex pero al igual que en España están amortizando muchas emisiones y si no encuentro nada interesante me traigo el dinero de vuelta.
La devolución de la prima de emisión no tributa en el año en el que te la reparten si no que reduce el precio de compra de las acciones y ya harás cuentas con Hacienda cuando las vendas. Esto siempre que el precio de compra siga siendo positivo tras restarle la prima. Al menos era así hasta ahora.
Sí, es una sentencia por vicio en el consentimiento basado en que desde el Banco Popular le recomendaron la compra de las OS sin informarle adecuadamente del producto que estaba comprando. Para los que compramos sin que nadie no los recomendara y además tenemos o hemos tenido otras OS, preferentes, etc no nos sirve esa sentencia. A mí, en R4 antes de comprar ya me salía una ventanita diciéndome que estaba comprando un producto complejo (o algo así).
Lo adjetivos de buenas,malas y mejores viene de este artículo de fernan2
https://www.rankia.com/blog/fernan2/3269425-duros-tres-pesetas-subordinadas-eroski
Creo que ahí no se decía lo de pagar en "papelitos" de las malas pero tengo entendido que es así
Los de R4 ya han corregido los datos fiscales y en la Agencia Tributaria ya no aparecen como amortizados al 100%. En su lugar aparece este texto:
"La Administración Tributaria tiene conocimiento de que está afectado por la operación de amortización de acciones / obligaciones / otros activos financieros del Banco Popular.
Le recordamos que la amortización de dichos activos financieros debe declararse como pérdida por la diferencia entre el importe obtenido por dicha amortización (0 euros) y el valor de adquisición de los mismos.
En caso de que hubiera aceptado los bonos de fidelización del Banco de Santander, el importe de los mismos se debe declarar como ganancia por el importe que consta en el campo "Importe de la operación" del apartado "Bonos de fidelización del Banco Santander"
Muy interesante. Aunque no sea el mismo caso, ¿se podría decir que la compra de obligaciones subordinadas en el año 2017 estaría también viciada por la falsedad de las cuentas del Banco Popular año anterior?
Me confirman de R4 que en el SEND cobran tantas veces esa nueva comisión como veces en que se ejecute la orden aunque sea el mismo día y al mismo precio.