A mi me llegó el viernes por la noche.
Ho, hace un rato, esta notificación
ORDENACIÓN DEL PAGO
Con esta fecha se ha ordenado el pago de.............................
importe líquido de la devolución indicada en
la referencia anterior, mediante transferencia a la entidad y cuenta por Vd. designada, de acuerdo con el
siguiente detalle:
Importe solicitado a devolver .................. y aparece un 1,16 euros más que en la notificación anterior. En concepto de nuevos intereses generados
Me entró un correo electrónico. Fui a mirar un documento de trabajo a mi e-mail y me lo encontré (20:00 horas, hora canaria). Luego al entrar, me hicieron firmar y enviar el comprobante de que la aceptaba y leía (das a un acepto y casilla enviar) y entonces pude ver el documento legal que te señala marco normativo e importe.
OTROS DATOS: INTERESES DE DEMORA 3, 75%
Además, junto los intereses calculados a fecha XX-06-2019, se abonarán los intereses de demora devengados a partir de dicha fecha hasta la fecha de ordenación del pago.
INFORMACIÓN QUE ACLARAN Y ASI NOS ENTERAMOS DE ALGO: Debe tenerse en cuenta que la devolución puede abonarse en una o varias transferencias, dependiendo de cuál haya sido el resultado de la declaración original: a devolver o a ingresar (en uno o en dos plazos). Si la declaración fue a ingresar y se fraccionó en dos plazos, pueden llegar a emitirse tres transferencias. Ello es debido a que se empieza a devolver el principal ingresado en el segundo plazo hasta agotarlo, luego lo ingresado en el primer plazo y por último los pagos a cuenta (retenciones, ingresos a cuenta o pagos fraccionados). Cada una de estas partes se emite, si procede, con intereses de demora y el cálculo de los mismos es distinto en cada parte, como se especifica en el correspondiente apartado de esta resolución.
Agárrense a sus sillas. Acabo de recibir notificación de hacienda informándome de la devolución más los intereses, recibo más de lo que esperaba, los intereses 2 cafés que me tomaré muy a gusto. Soy de Tenerife, MUFACE, educación. Seguiré informando para que les conste cuando me devuelven y contamos además los días hasta el ingreso.
El que nos incluyera no es un favor, es un ahorro de noticias y sentencias, pues con la anterior habríamos corrido a presentar las nuestras y ganar esa otra sentencia también, o sea que.... queda bien y se anticipa, pero no regala nada.
yo entiendo que a diferencia de la seguridad social, que hubo casos que se presentaron por si acaso y no les correspondía, nuestro cuerpo, salario y cotización si responde al perfil, por lo que llevamos razón y el silencio les daría igual dado oque no echarían ninguno para atrás, digo yo, y ya puestos a seguir pensando
Tendrán que dar una respuesta, aunque sea en serie y general para todos. Podría contar dos casos muyyy gordos en los que las personas ganaron por alegar silencio de la administración y estaban en trámites.
Una vez vencido el plazo, hay que interponer recurso dentro del mes, o se agarrarán a nuestro silencio y cerrarán los casos. Somos fincionarias, sabemos como va el tema.
Yo recibí hoy dos informaciones, desde los dos lados: Consejería y Hacienda. Soy de MUFACE, Consejería de educación y Canarias, para que lo tomen de referencia.
El departamento de personal de la Consejería de educación ya mandó los certificados de las personas que debían recibir esas prestaciones irpf de maternidad a hacienda. Para comprobar si mi centro estaba en orden, al consultarles, me pidieron los datos de las tres compañeras afectadas y estaban en la lista. Hablé con la persona que se encargó de todo el trámite, por lo tanto la Consejería de educación de Canarias ya mandó los datos de todas las del 2014-16. Ya había mandado 2017-2018.
Un par de horas después, aprovechando otro trámite en Hacienda les pregunté. Allí me contestaron que tenían los datos a falta de recibir una orden que lo empezaría a mover. Mi apreciación personal fue que por volumen de trabajo asistencial en oficina no será. Me tramitó muy bien el funcionario de la mesa 16, en menos de 10 minutos, solo había 4 personas esperando. 8 mesas de atención al público y 10 mesas de trabajo administrativo, de las cuales seis estaban vacías, no había nadie.
y hasta ahí puedo contar
La AEAT no presta servicio de atención al contribuyente mediante comunicación
telefónica con las oficinas.
Además de la atención presencial mediante cita previa se ponen al alcance del
contribuyente servicios de información y asistencia mediante la página web
www.agenciatributaria.es y los teléfonos 901335533 y 915548770.
Precisamente para la consulta que usted quería hacer se ha colgado un banner
específico (Prestación maternidad y paternidad) en la página web.
El formulario que ahí se ha puesto a disposición del ciudadano es, como se informa,
opcional por lo que las solicitudes de rectificación del IRPF por este motivo que se
hayan presentado con otro formato,
como la suya de fecha presentación 3 de
diciembre de 2018, son válidas y serán resueltas dentro del plazo de 6 meses
establecido en los artículos 67 bis del Reglamento del IRPF, 120.3 de la Ley
58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y 126 a 128 del Reglamento General
de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los
tributos.
hoy aproveché que contacto conmigo un responsable de la consejeria de educacion de Canarias de nóminas (soy cargo directivo) y le pregunté por eso de que no cobrábamos por no tener hacienda datos y me certificó que era cierto que solo habian mandado los datos de 2017 y 2018 y faltabn todos los anteriores. No sé si sirve de mucho, pero hace una idea de cómo está todo y es información para los que estemos de canarias y educación por Muface
En una queja anterior que puse, se me respondió por resolución que no contestan ni cogen el teléfono en delegaciones. No gastes ni tiempo ni dinero. O llamas al número de la sede nacional, o pones queja o pides cita previa para la oficina.
Otra a la que le cambió: Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted.